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NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 28 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319706 Que, el artículo 12º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Regidoresdesempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derechoa dietas fijadas por acuerdo del Concejo Municipal dentrodel primer trimestre del primer año de gestión. El Acuerdoque las fija será publicado obligatoriamente bajoresponsabilidad. Que, asimismo el precitado artículo, señala que el monto de las dietas es fijado discrecionalmente deacuerdo a la real y tangible capacidad económica delgobierno local, previas las constatacionespresupuestales del caso. No pueden otorgarse más decuatro dietas mensuales a cada Regidor. Las Dietas sepagan por asistencia efectiva a las sesiones. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 036 de fecha 30.03.05 se aprobó la Dieta a percibir por cada uno delos señores Regidores en 1.1207 Unidades Impositivastributarias vigente, por asistencia efectiva a cada Sesiónde Concejo hasta un máximo de dos (02) Sesiones deConcejo al mes. Que, en tal sentido la determinación de la Dieta de los Regidores es una potestad del pleno del ConcejoMunicipal, por lo que debe ser sometido a conocimientoy puedan aprobarse el monto por dicho concepto, lo quedebe ser en montos fijos y no en función a porcentajesde la UIT para no tener observaciones por parte delOrgano de Control Institucional o de la ContraloríaGeneral de la República. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos recomienda que para el presente año podría ratificarse la Dietade los Regidores establecido para el año 2006, perotendrá que ser necesariamente establecidos enmontos fijos. ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972 Y CONTANDO CON EL VOTO POR MAYORÍA DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN ORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA Y CON LA DISPENSA DE LA LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS; SE ACUERDA: Artículo 1º .- ESTABLECER, para el ejercicio 2006, la Dieta de los señores Regidores en S/. 3,698.31 (Tres MilSeiscientos Noventa y Ocho con 31/100 Nuevos Soles),por su asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo;abonándose hasta un máximo de dos (02) Sesiones deConcejo al mes. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia dePlanificación, Gerencia de Administración y Subgerenciade Tesorería. Artículo 3º.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Alcalde 09473 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G44/G69/G63/G74/G61/G6D/G65/G6E/G20 /G71/G75/G65/G20 /G61/G63/G65/G70/G74/G61 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61/G20/G61/G6C/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20 /G43/G6F/G6D/GFA/G6E/G22/G42/G6F/G75/G6C/G65/G76/G61/G72/G64/G20 /G52/G65/G63/G6F/G72/G72/G69/G64/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G53/G61/G6C/G75/G64/G22/G20 /G64/G65/G6C /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G55/G52/G42/G2D/G41/G4C ACUERDO DE CONCEJO Nº 049 Ate, 19 de mayo de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de mayo de 2006; el Dictamen Nº 12-06-CA/MDA de laComisión de Administración; el Informe Nº 087-2006-SG/MDA de Secretaría General que deriva el InformeNº 041-2006-SCR/MDA de la Secretaría de Cooperacióny Relaciones Internacionales; el Informe Nº 953-2006-GAJ/MDA del Gerente de Asuntos Jurídicos; el InformeNº 162-2006-SGT-GA/MDA del Subgerente de Tesoreríade la Gerencia de Administración; la Nota de Operacióndel Banco Wiese Sudameris de fecha 3 de marzo de2006; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo IV de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 señala que los GobiernosLocales representan al vecindario, promueven laadecuada prestación de los servicios públicos locales yel desarrollo integral, sostenible y armónico de sucircunscripción; Que, el numeral 20) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 señala que es atribucióndel Concejo Municipal aceptar donaciones, legados,subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, el Secretario de Cooperación y Relaciones Internacionales mediante Informe Nº 041-2006-SCRI/MDA hace de conocimiento que la Municipalidad Distritalde Ate, viene participando en el Proyecto Común de Tipo“B” “Boulevard, Recorridos de Salud” del ProgramaURB-AL de la Unión Europea, por lo que en el marco dedicho Proyecto Común la Comuna de Torino hatransferido a la Municipalidad Distrital de Ate, la suma de46,917.16 Euros que han sido abonados en la Cta. Cte.Nº 000-2224148 del Banco Wiese Sudameris (Operación846100), habiéndose deducido 76.36 Euros por conceptode gastos bancarios, lo que hace un total neto de46,894.80 Euros proveniente de la Donación efectuadapor parte de COMUNE DI TORINO, debiéndose asignardicho monto al Centro de Costos 1004 y 1011 para elcumplimiento de las actividades del proyecto Común, deacuerdo al Informe Nº 162-SGT -GA de la Subgerenciade Tesorería de la Gerencia de Administración; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos con Informe Nº 953-2006-GAJ/MDA se pronuncia que para aceptarla donación de 46,894.16 Euros deberá aprobarsemediante Acuerdo de Concejo tal como lo establece elnumeral 20) del artículo 9º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en laLey Orgánica de Municipalidades N° 27972 y contandocon el voto por mayoría de los señores Regidoresasistentes a la Sesión de Concejo de la fecha y con ladispensa de la lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA:Artículo 1º.- APROBAR, el Dictamen Nº 12-06-CA/ MDA de la Comisión de Administración, sobre aceptar, ladonación de 46,971.16 (Cuarenta y seis mil novecientossetenta y uno con 16/100 Euros) abonado en la Cta. Cte.000-2224148 del Banco Wiese Sudameris provenientede la Donación efectuada por parte de COMUNE DITORINO, para el cumplimiento de las actividades delProyecto Común; en merito a los considerandos antesexpuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Administración,Subgerencia de Tesorería, Secretaria de Cooperación yRelaciones Internacionales y demás áreas pertinentesde esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Alcalde 09479