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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de noviembre de 2006 Pág.332021 GHO5HJLVWUR1DFLRQDOGH,GHQWL¿FDFLyQ\(VWDGR&LYLOSDUD ORV¿QHVDTXHVHFRQWUDHODSUHVHQWH5HVROXFLyQ Regístrase, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 3613-11 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 963-2006-JEF/RENIEC Lima, 24 de octubre de 2006 VISTOS:(O 2¿FLR 1 6*'$5*35(1,(& \ el Informe Nº 949-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica el 9 de agosto de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro 1DFLRQDOGH,GHQWL¿FDFLyQ\(VWDGR&LYLOFRPRLQVWLWXFLyQ constitucionalmente autónoma, con personería jurídica de derecho público interno y con goce de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y ¿QDQFLHUDVHHQFXHQWUDDFDUJRGHRUJDQL]DU\PDQWHQHUHO 5HJLVWUR ÒQLFR GH ,GHQWL¿FDFLyQ GH ODV 3HUVRQDVNaturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtención del Documento Nacional de Identidad, así como, el Registro de Estado Civil; Que, de acuerdo a la información recabada por la antes denominada Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central, y ahora, Subgerencia de Depuración y $UFKLYR5HJLVWUDOGHO5HJLVWUR1DFLRQDOGH,GHQWL¿FDFLyQ\(VWDGR&LYLOHQVXODERU¿VFDOL]DGRUDDVtFRPRGHOproceso de depuración inherente al procedimiento DGPLQLVWUDWLYRKDGHWHFWDGRTXHODSHUVRQDLGHQWL¿FDGDFRPR-2$48,1+8$0$15,1=$GDGDODVLPSOL¿FDFLyQadministrativa y en atención al principio de veracidad de las declaraciones en los documentos, se presentó y obtuvo una inscripción irregular en el Registro Único de ,GHQWL¿FDFLyQGHODV3HUVRQDV1DWXUDOHV 4XHVHKDGHWHFWDGRTXH ODSHUVRQDTXHVHLGHQWL¿Fy como JOAQUIN HUAMAN RINZA, obtuvo indebidamente GRVLQVFULSFLRQHVHQHO5HJLVWURÒQLFRGH,GHQWL¿FDFLyQde Personas Naturales, la primera con Nº 17438074, sustentando su propuesta registral con la Boleta Militar Nº 0076, declarando datos falsos, como la fecha de nacimiento; y, la segunda con Nº 17438154, mediante FRSLD FHUWL¿FDGD GH 3DUWLGD GH 1DFLPLHQWR XVXUSDQGRla identidad del titular de la misma, tal y como se ha podido determinar mediante el Informe de Homologación Monodactilar Nº 464/2004/BPBG/RENIEC e Informe de Homologación Monodactilar Ampliatorio Nº 054/2006/GP/BG/RENIEC; 4XH UHDOL]DGD OD YHUL¿FDFLyQ GRFXPHQWDO correspondiente, la misma que se encuentra anexa a los documentos del Visto, se tiene que los datos proporcionados por la persona antes citada son inexactos y/o inexistentes, determinándose la falsedad de los mismos; Que, si bien la antes llamada Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central, y ahora, la Subgerencia de Depuración y Archivo Registral, mediante la Resolución Nº 204-2005-GP/SGDAC-RENIEC; dispuso la exclusión de la Inscripción Nº 17438154, por Usurpación de Identidad y de la Nº 17438074 por Declaración de Datos Falsos y como consecuencia los Documentos Nacionales de Identidad emitidos se encuentran cancelados; de los hechos antes descritos, se desprende que el comportamiento realizado por el ciudadano detallado en el Informe del Visto, al haber declarado datos falsos en instrumento público, así como el hecho de haber alterado la verdad intencionalmente en perjuicio de terceros, perjudicando de esta forma la seguridad jurídica registral, constituyen indicios razonables de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica y Falsedad Genérica, previsto y sancionado en el artículo 428º y 438º del Código Penal vigente respectivamente;Que en atención a los considerandos que anteceden y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta pertinente autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional GH ,GHQWL¿FDFLyQ \ (VWDGR &LYLO SDUD TXH LQWHUSRQJDlas acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional GH,GHQWL¿FDFLyQ\(VWDGR&LYLOSDUDTXHHQUHSUHVHQWDFLyQde los intereses del Estado interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra los que resulten responsables por la comisión del presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica y Falsedad Genérica, en agravio del Estado y del Registro Nacional GH,GHQWL¿FDFLyQ\(VWDGR&LYLO Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro 1DFLRQDOGH,GHQWL¿FDFLyQ\(VWDGR&LYLOSDUDORV¿QHVDque se contrae la presente Resolución. Regístrase, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 3613-12 MINISTERIO PUBLICO Designan y nombran fiscales en los Distritos Judiciales de Lima, Lima Norte, Ayacucho, Ica y Huaura RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1330-2006-MP-FN Lima, 31 de octubre de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por Resolución Nº 290-2006-CNM, de fecha 5 de octubre del 2006, el Consejo Nacional de la Magistratura nombra a los Fiscales Provinciales Titulares Mixtos de Lima, Distrito Judicial de Lima, lo que hace necesario designarles el despacho correspondiente. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Alfonso Federico Barrenechea Cabrera, Fiscal Adjunto Provincial Titular de Familia de Lima del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Décima Primera Fiscalía Provincial de Familia de Lima, materia de la Resolución Nº 1075-2002-MP-FN, de fecha 24 de junio del 2002. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor Pedro Víctor Ramos Villón, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Décima Fiscalía Provincial Penal de Lima, materia de la Resolución Nº 1106-2002-MP-FN, de fecha 26 de junio del 2002. Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación de la doctora Rosa Berenice Romero Ohama, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Santa Anita del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Santa Anita, materia de la Resolución Nº 438-2006-MP-FN, de fecha 21 de abril del 2006. Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora María Elena Hinostroza Centa, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho Primera Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, materia