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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 19 de octubre de 2006 330799REPUBLICADELPERU REPUBLICADELPERU MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 006-2006-EF/75.01 A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO La Dirección Nacional del Endeudamiento Público recuerda a las entidades y organismos del Sector Público que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos40º, 42º, 43º, 52º y 53º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional del Endeudamiento, deben informar a esta dependencia, para fines de registro estadístico, las concertaciones, los desembolsos y el servicio de deuda de lasoperaciones de endeudamiento que acuerden con o sin garantía del Gobierno Nacional. Para el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, conforme a la Quinta Disposición Transitoria de la acotada Ley General, en tanto no opere el módulo de deuda del Sistema Integrado de la Administración Financiera previstoen el artículo 52º de dicha norma, la información antes indicada debe ser remitida trimestralmente a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público. En cuanto a las empresas financieras del Estado, el artículo 53º de la mencionada Ley, estipula que éstas están obligadas a informar sobre las citadas operaciones a ésta Dirección Nacional. Se exhorta a los responsables de la presentación de la información antes mencionada, concerniente al tercer trimestre de 2006, dar cumplimiento a los citadosdispositivos remitiendo la misma, según el formato que se adjunta 1, a la siguiente dirección: Dirección Nacional del Endeudamiento Público (DNEP) Ministerio de Economía y Finanzas Jr. Junín 319 – Lima 1Fax 426 8500 En el caso de no tener préstamos vigentes, informar de ello a esta dependencia.Para cualquier información adicional, comunicarse a los teléfonos Nº 4271248 , 4277872. Lima, 12 de octubre de 2006. BETTY SOTELO BAZÁN Directora General Dirección Nacional del Endeudamiento Público 1 / El formato puede ser descargado de la página web del MEF (parte central) www.mef.gob en la sección “COMUNICADOS”.