Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (19/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 19 de octubre de 2006 330803REPUBLICADELPERU Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 03279-3 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65 /G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65 /G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 313-2006-PCM Lima, 18 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, se ausentará del país el 24 y 25 de octubre de 2006, a fin de efectuar una Visita Oficial a la ciudad deSantiago, República de Chile, así como participar en lareunión del Comité Permanente de Consulta yCoordinación Política de ambos Estados; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al Ministro de Estado en elDespacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento,Licenciado Hernán Jesús Garrido-Lecca, el 24 y 25 de octubre de 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03280-3 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G41/G6C/G70/G61/G63/G61/G20/G2D/G20/G43/G4F/G4E/G41/G4C/G50/G41/G43/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 368-2006-PCM Lima, 16 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004 -2004-AG se declaró de interés nacional la producción de fibra dealpaca, llama y vicuña; Que, a fin de posicionar a la alpaca como Producto Bandera del Perú a nivel nacional e internacional, es necesario crear un espacio de diálogo y concertaciónmultisectorial que garantice el desarrollo productivo ycompetitivo del sector alpaquero, bajo un enfoque decadena productiva y orientado al incremento del valor agregado; Que, asimismo, es necesario propiciar una acción coordinada entre los sectores públicos y privados,desde la conservación del recurso, su producción,industrialización, normalización, comercialización y posicionamiento en los mercados internos y externos; Que, por tanto, es conveniente apoyar las referidas acciones de coordinación, mediante la constitución de laComisión Nacional de la Alpaca; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 21292 y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constitución Constituir la Comisión Nacional de la Alpaca - CONALPACA, como espacio de concertación encargado de apoyar el desarrollo de todas las etapas de la cadenaproductiva alpaquera, mediante la formulación participativade propuestas técnicas y/o normativas, acciones depromoción y difusión; con la finalidad de potenciar lacompetitividad, así como respaldar la promoción nacional e internacional de la Alpaca como producto bandera del Perú. Artículo 2º.- Conformación La Comisión Nacional de la Alpaca - CONALPACA está conformada de la siguiente manera: - El Viceministro de Industria del Ministerio de la Producción, quien la presidirá; - Un representante del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS del Ministeriode Agricultura; - Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; - Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores; - Un representante de la Comisión para la Promoción de las Exportaciones - PROMPEX; - Un representante de la Comisión de la Promoción de la Micro y Pequeña Empresa - PROMPYME; - Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología - CONCYTEC; - Un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; - Un representante del Instituto Peruano de la Alpaca y los Camélidos - IPAC; - Un representante de la Asociación Internacional de la Alpaca - AIA; - Un representante de la Sociedad Peruana de Alpacas Registradas - SPAR; - Un representante de Rural Alianza E.P.S. (Empresa de Propiedad Social); - Un representante de la Central de Cooperativas Alpaqueras de Puno - CECOALP; - Un representante de la Corporación Financiera de Desarrollo - COFIDE; - Un representante de la Sociedad Nacional de Industrias - SNI; - Un representante del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN; y, - Un representante del Consorcio para el Desarrollo Andino - CONDESAN. Artículo 3º.- Grupo coordinador La Comisión Nacional de la Alpaca - CONALPACA contará con un grupo coordinador integrado por lassiguientes instituciones: - El Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS, quien lo dirige. - El Ministerio de la Producción - PRODUCE.- El Instituto Peruano de la Alpaca y los Camélidos - IPAC. - La Sociedad Peruana de Alpacas Registradas - SPAR.