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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331742El Peruano domingo 29 de octubre de 2006 lineamientos generales aprobados por la Junta de Administración; g) Coordinar esfuerzos entre los CETICOS existentes en el país, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, ZOFRATACNA, y demás Instituciones Públicas yPrivadas en asuntos vinculados directa o indirectamente en el desarrollo de los planes y programas de la institución; h) Poner en conocimiento de la Junta de Administración, los asuntos de su competencia, cuidando que las propuestas sean acompañadas de los informescorrespondientes; i) Aprobar el Manual de Organización y Funciones – MOF del CETICOS ILO; j) Contratar al personal del CETICOS ILO; k) Formular el proyecto de presupuesto para someterlo a la aprobación de la Junta de Administracióny controlar la ejecución del mismo; l) Presentar a la Junta de Administración estudios y proyectos relacionados con la entidad; m) Ejercer la representación legal de la entidad, pudiendo delegar la misma; n) Celebrar, dentro del ámbito de su competencia, los contratos, documentos comerciales, escrituras públicas y demás documentos necesarios, para la buena marcha del CETICOS ILO, dando cuenta de ellos a la Junta deAdministración; o) Otorgar mediante cesión en uso o venta, a inversionistas nacionales y extranjeros los lotes omódulos, velando por el cumplimiento de la inversión comprometida , del inicio de operaciones de las actividades permitidas, asegurando la transparencia delos actos públicos; p) Celebrar los contratos de cesión en uso a título oneroso o venta de los lotes; q) Aplicar las sanciones en caso de incumplimiento por parte de los usuarios de las leyes, reglamentos, resoluciones y directivas; r) Promover y ejecutar las inversiones y reinversión en la entidad; s) Participar en las sesiones de la Junta de Administración en calidad de secretario; con voz pero sin voto; t) Conducir la formulación y presentar a la Junta de Administración para su aprobación, los Estados Financieros y la Memoria Anual; u) Promover y/o ejecutar programas de capacitación y entrenamiento en los aspectos vinculados con CETICOS ILO y el comercio exterior; v) Planear, programar, ejecutar y supervisar las acciones de seguridad y defensa nacional y mantener relación técnica con la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa; w) Las demás que le otorgue la Junta de Administración y las que establezca la Ley General de Sociedades. CAPÍTULO II Del Órgano de Control Institucional Artículo 9º.- Órgano de Control Institucional El Órgano de Control Institucional - OCI, conformante del Sistema Nacional de Control, está encargado de ejecutar el control gubernamental interno posterior de las actividades y operaciones de carácter técnico-administrativo, demanera selectiva y sistemática, de conformidad con las Normas del Sistema Nacional de Control. El funcionario responsable es designado por la Contraloría General de la República de acuerdo con la normatividad vigente. El Órgano de Control Institucional tiene las siguientes funciones: a) Efectuar el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control. b) Programar, coordinar, dirigir, ejecutar y supervisar las acciones de control respecto a la gestión y actividades realizadas por las unidades orgánicas de la entidad. c) Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, así como a la gestión de la misma, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General de la República.d) Efectuar el seguimiento de la implementación de las recomendaciones y aplicación de las medidascorrectivas que se dicten, como resultado de las acciones de control realizadas. e) Informar a la Junta de Administración de las desviaciones encontradas durante las acciones de seguimiento de implementación de recomendaciones, para la aplicación de las medidas correctivas pertinentes. f) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad, que disponga la Contraloría General de la República, así como, lasque sean requeridas por la Junta de Administración. Cuando estas últimas tengan carácter de no programadas, su realización será comunicada a laContraloría General de la República por el jefe del órgano de Control Institucional. Se consideran actividades de control, entre otras, las evaluaciones,diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y verificaciones. g) Efectuar el control preventivo sin carácter vinculante al órgano del más alto nivel de la entidad, con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control interno,con las limitaciones que el marco legal establece. h) Otras que le corresponde de acuerdo a la Normatividad del Sistema Nacional de Control. CAPÍTULO III ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Artículo 10º.- Oficina de Asesoría Legal La Oficina de Asesoría Legal es la encargada de brindar asesoría en aspectos legales y jurídicos a la Junta de Administración, Gerencia General y demásórganos de la entidad; depende de la Gerencia General. La Oficina de Asesoría Legal tiene las siguientes funciones: a) Asesorar a la Junta de Administración, Gerencia General y demás órganos de la entidad, en asuntos decarácter legal, técnico, normativo; b) Absolver las consultas formuladas por los órganos de la entidad, relativas al campo de su competencia yemitir los correspondientes informes; c) Formular y proponer, proyectos de disposiciones legales y directivas orientadas a optimizar elfuncionamiento operativo y administrativo; d) Elaborar, visar y/u otorgar conformidad a los contratos, resoluciones, convenios u otros documentosque tengan incidencia legal para la entidad; e) Intervenir, dirigir y ejecutar las acciones administrativas, en las que la entidad sea parte deprocesos administrativos; f) Mantener permanentemente actualizada y concordada la legislación relativa o que afecte a lasactividades del CETICOS ILO; g) Preparar previamente los expedientes para la cobranza a favor de la entidad, materia de ejecucióncoactiva; h) Coordinar con la Procuraduría Pública del MINCETUR, los asuntos judiciales de la entidad; i) Las demás funciones que le asigne la Gerencia General, dentro del ámbito de su competencia CAPÍTULO IV DEL ÓRGANO DE APOYO Artículo 11º.- Oficina General de Administración La Oficina General de Administración es la encargada de programar y controlar los procesos técnicos yadministrativos de recursos humanos, logística, contabilidad, finanzas, tesorería y ejecución coactiva, de acuerdo a las normas establecidas. Así mismo, esresponsable de formular, conducir y evaluar los sistemas de planificación, presupuesto y racionalización. Es la máxima instancia técnica en materia presupuestal de laentidad y depende de la Gerencia General. La Oficina General de Administración tiene las siguientes funciones: a) Elaborar el Plan de Desarrollo Institucional y proponerlo a la Gerencia General.