NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (18/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 15
NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 18 de setiembre de 2006 328381REPUBLICADELPERUR.M Nº 324-2002-TR.; Art. 15º inciso c) y Art. 16º del de acreedores laborales en donde se advierta la fecha de publicación 22/11/2002 ), modificado por Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Nº 008-2004-TR; del 25/01/2004. - Copia simple de la publicación que establece que la empresa se somete al procedimiento concursal. - Original del acta en la que conste su elección. - Copia autenticada de la relación de trabajadores y ex trabajadores con crédito laboral expedida por la Comisión de Procedimientos Concursales del Indecopi, que la empresa haya entregado al momento de someterse al procedimiento concursal, debidamente actualizada. - En caso que participen acreedores laborales que no se encuentren en la relación, se deberá adjuntar el documento idóneo expedido por autoridad competente que acredite el crédito laboral. En caso que la empresa no haya entregado dicha información a la Comisión, se deberá adjuntar copia de la solicitud presentada al efecto, con la respuesta de la Comisión o en defecto de ésta, declaración jurada de dicho hecho. - Original de las cartas poder, de ser el caso.- Relación actualizada elaborada por INDECOPI, de los acreedores laborales con créditos reconocidos. a.2) De no haber transcurrido un año del inicio del Solicitud según Formato, adjuntando: Gratuito 5 días Oficina de Administración Subdirección de Registros Dirección de Prevención procedimiento concursal - Original o copia de la publicación de la convocatoria a la asamblea de acreedores hábiles Documentaria, Arch.y Bibliot. Generales y Solución de Conflictos Resolución Ministerial Nº 324-2002-TR.; Art. 15º inciso c) laborales. y Art. 16º del 22/11/2002 ), modificado por Resolución - Copia simple de la publicación que establece que la empresa se somete al Ministerial Nº 008-2004-TR; del 25/01/2004. procedimiento concursal. - Original del Acta en la que conste su elección - Original de las cartas poder de ser el caso - Copia auntenticada de la relación de trabajadores y ex trabajadores con crédito laboral expedida por la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI, que la empresa haya entregado al momento de someterse al procedimiento concursal debidamente actualizada. En caso que participen acreedores que no se encuentren en la relación, se deberá adjuntar el documento expedido por la autoridad competente que acredite el crédito laboral. En caso que la empresa no haya entregado dicha información a la Comisión, se deberá adjuntar copia de la solicitud presentadaal efecto, con la respuesta de la Comisión o en defecto de ésta, declaración jurada de dicho hecho. b) Por renuncia o muerte. Los mismos requisitos del literal a. 2), adjuntando adicionalmente: Gratuito 5 días Oficina de Administración Subdirección de Registros Dirección de Prevención R.M Nº 324-2002-TR.; Art. 15º incisos a) y b) y Art. 16º - Documento que acredite la existencia de la causal invocada. hábiles Documentaria, Arch.y Bibliot. Generales y Solución de Conflictos del 22/11/2002 ), modificado por Resolución Ministerial Nº 008-2004-TR; del 25/1/2004. Reemplazo del representante de créditos laborales ante Solicitud adjuntando: Gratuito 5 días Oficina de Administración Subdirección de Registros Dirección de Prevención la Junta de Acreedores deudores, sometidos a Los mismos requisitos que en el caso de reemplazo por renuncia hábiles Documentaria, Arch.y Bibliot. Generales y Solución de Conflictos procedimiento concursal, en caso de reconocerse o muerte del representante. acreedores laborales con posterioridad a la formalización del acreedor único. Resolución Ministerial Nº 324-2002-TR. Arts. 3º, 5º, 7º, 8º,10º, 12º y 16º segundo párrafo; del 22/11/2002, modificado por Resolución Ministerial Nº 008-2004-TR, del 25/1/2004.) Designación de representante de créditos laborales ante la Junta - Copia autenticada de la relación de trabajadores y ex trabaj adores con Gratuito 5 días Oficina de Administración Subdirección de Registros Dirección de Prevención de Acreedores de deudores sometidos al procedimiento concursal, crédito laboral, expedida por la Comisión de Procedimientos hábiles Documentaria, Arch.y Bibliot. Generales y Solución de Conflictos en caso que la empresa cuente con un solo acreedor laboral. Concursales del INDECOPI, que la empresa haya entregado al moment o Resolución Ministerial Nº 324-2002-TR. Art. 3º del 22/11/2002 ) de someterse al procedimiento concursal debidamente actualiz ada. modificado por Resolución Ministerial Nº 008-2004-TR, En caso que la empresa no haya entregado dicha información a la del 25/01/2004. Com isión, se deberá adjuntar copia de la solicitud presentada al efecto, con la respuesta de la Comisión o en defecto de ésta, declaración jurada de dicho hecho. - Declaración Jurada en que se haga constar que es acreedor laboral único - Adjuntar documento expedido por autoridad competente que acredite el crédito laboral. En caso de ratificación del representante titular y suplente Solicitud según Formato, adjuntando: Gratuito 5 días Oficina de Administración Subdirección de Registros Dirección de Prevención Resolución Ministerial Nº 008-2004-TR; artículo 2º y la - Original o copia de la publicación de la convocatoria a la asamblea hábiles Documentaria, Arch.y Bibliot. Generales y Solución de Conflictos Sexta Disposición Transitoria y Final del 25/01/2004. de acreedores laborales, en donde se advierta la fecha de publicaciónNº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS (1) DERECHO FORMA DE COSTO UIT CALIFICACIÓN (*) DEPENDENCIA DONDE AUTORIDAD COMPETENTE AUTORIDAD QUE RESUELVE AUTORIDAD NACIONAL DE DE PAGO % (2) SE INICIA EL TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA EL RE CURSO ADMINISTRATIVO QUE RESUELVE ORD. PAGO Auto- Evaluación previa( VIA DOCUMENTARIA ) ( 3 ) DE APELACIÓN EN EL RECURSO mático Silencio Silencio (**) SEGUNDA INSTANCIA (4) ADMINISTRATIVO Positivo Negativo DE REVISIÓN (5)