NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (18/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 32
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328398El Peruano lunes 18 de setiembre de 2006- Carta de renuncia o certificado de trabajo o carta de despido o acta de inspección especial ( por despido,cierre de centro de trabajo) yo constatación policial( donde se advierta fecha de ingreso, jornada y horario de trabajo remuneración percibida y fecha de cese.- Tratándose de Empresas declaradas en insolvencia empresarial, presentarán la publicación de insolvencia empresarial, publicada en el diario o la Resolución de Insolvencia Empresarial, emitido por INDECOPI.- Boletas de Pago (originales) desde la fecha de ingreso hasta la fecha de cese.- Movimiento histórico de la CTS ( se solicita en la oficina principal de la entidad depositaria) (opcional).- Documento de reclamo del recurrente a su empleador, en el que se indique los derechos que no han sido pagados en su oportunidad. - En los casos de Liquidación por Despido Arbitrario, solicitarán previamente atención en el servicio de consultas al trabajador, a fin de que el abogado consultor evalúe el caso y otorgue el pase a liquidaciones. b) Solicitud de Conciliación para el pago de Beneficios Sociales - El Liquidador adscrito al servicio, otorgará y autorizará al usuario la solicitud para Gratuito Audiencia de Conciliación con la indicación de la documentación que debe acompañarse a la referida solicitud. 9 Servicio de Consultas al Trabajador y Empleador El servicio que brinda el área de consultas al trabajador y empleador es de asesoría Gratuito Oficina de Administración Subdirección de Defensa Decreto Leg. Nº 910, Título III: Capítulo II, Art.24º; Decreto Supremo y orientación a los trabajadores y empleadores en el con ocimiento, Documentaria, Arch.y Bibliot. Legal Gratuita y Asesoría del Nº 020-2001-TR, Título III, Capítulo IV, Arts. 61º y 62º cumplimiento y aplicación de la normatividad laboral vigente. Trabajador o dependencia que a) Consultas al Trabajador - El administrado debidamente acreditado recabará ticket de atención y llenará ficha haga sus veces de orientación legal en materia laboral.- Recabar ticket de atención y llenar ficha de orientación legal en materia laboral - Registro del usuario según número de ticket, la atención esta a cargo de abogados consultores- Presentar documentos que permitan acreditar el vínculo laboral ( memorando, carta de sanciones, contrato de trabajo, boletas de pago, certificados de trabajo, recibos de pago, otros documentos materia del conflicto).- La solicitud de Inspección de Trabajo de carácter especial o no programada, estarásujeta a la calificación y evaluación del caso por el abogado consultor adscrito al servicio. - Del Pase al Servicio de Patrocinio Judicial Gratuito - El pase para el servicio de Patrocinio Judicial Gratuito, estará sujeto a la calificación y evaluación del caso por el abogado consultor adscrito al servicio. Teniéndose en cuenta además la conclusión del procedimiento de conciliación, acreditación del vínculo laboral, que el monto de la última remuneración del usuario no debe superar el equivalente a dos (2) remuneraciones mínimas vitales y que el total de la pretensión, sin incluir intereses, no exceda de setenta (70) Gratuito unidades de referencia procesal o monto que disponga el Poder Judicial para exonerar a los trabajadores o ex trabajadores del pago de tasas judiciales.- En los casos de Ejecución de Acta de Conciliación, el Pase es otorgado, previa evaluación del caso por el abogado conciliador adscrito al servicio. b) Consultas al Empleador - Apersonarse a las Oficinas de Consultas al Empleador de la Subdirección de Defensa Gratuita y Asesoría al Trabajador, premunido de su acreditación como tal, vale decir copia simple de poder o Registro Único del Contribuyente (RUC). - Al empleador acreditado se entregará modelos de solicitudes y contratos de trabajo. Gratuito - La materia de las consultas a ser absueltas versará sobre la materia laboral y otras otras relacionadas con la naturaleza jurídica de la consulta principal. - Solicitud de Conciliación - El Abogado consultor adscrito al servicio otorgará al usuario la solicitud para para Audiencia de conciliación,con la indicación de la documentación que debe acompañarse a la referida solicitud. 1 0 Servicio de Patrocinio Judicial Gratuito El Servicio de Patrocinio Judicial Gratuito que se otorga a trabajadores Gratuito Oficina de Administración Subdirección de Defensa Decreto Legislativo Nº 910, Título III, Capitulo II, Art, 26º; Decreto Supremo y ex trabajadores comprende el asesoramiento y patrocinio ante el Poder Documentaria, Arch.y Bibliot. Legal Gratuita y Asesoría del Nº 020-2001-TR, Título III, Capítulo IV, Arts. 64º, 65º, 66º, 67º y 68º. Judicial en todas las instancias, desde la interposición de la demanda Trabajador o dependencia que hasta la ejecución de la sentencia haga sus veces Deberá Presentarse:- Documento de identidad legible y con constancia de haber sufragado.- Contar con el Pase otorgado por el Abogado Consultor o ConciliadorNº de DENOMINACIÓN DEL SERVICIO REQUISITOS DERECHO DE FORMA DE DEPENDENCIA DE AUTORIDAD QUE BRINDA EL Orden P A GO P A GO PRESENTACIÓN SERVICIO % UIT (VÍA DOCUMENTARIA)