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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (18/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328396El Peruano lunes 18 de setiembre de 2006Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS (1) DERECHO FORMA DE COSTO UIT CALIFICACIÓN (*) DEPENDENCIA DONDE AUTORIDAD COMPETENTE AUTORIDAD QUE RESUELVE AUTORIDAD NACIONAL DE DE PAGO % (2) SE INICIA EL TRÁMITE EN PRI MERA INSTANCIA EL RECURSO ADMINISTRATIVO QUE RESUELVE ORD. PAGO Auto- Evaluación previa( VIA DOCUMENTARIA ) ( 3 ) DE APELACIÓN EN EL RECURSO mático Silencio Silencio (**) SEGUNDA INSTANCIA (4) ADMINISTRATIVO Positivo Negativo DE REVISIÓN (5) MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA 117 Inscripción de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas Solicitud en forma de Declaración Jurada, según Formato, adjuntando copia fedateada Gratuito X Oficina de Administración En Lima: Dirección Regional de en el Registro Nacional de Micro y Pequeñas Empresas de los siguientes documentos: 10 días hábiles Documentaria, Arch.y Bibliot. La Dirección Nacional de la Trabajo y Promoción del (RENAMYPES). - Escritura Pública de constitución, con las modificaciones de estatutos de la para calificar y Micro y Pequeña Empresa. Empleo Ley Nº 27711, Arts.4 y 5º, del 30/04/2002. asociación, debidamente inscrito en Registros Públicos. 15 días hábiles En el resto del País: Ley Nº 28015, Arts 5º inc. i) y 6º, del 03/07/2003 - Designación del Consejo Directivo u órgano que haga sus veces y del repre sentante para subsanar, Las Direcciones de Promoción R.M. N 1730-2002-TR Art. 60º- m), del 01/07/2002 legal, debidamente inscrito en Registros Públicos. R.M. N 020-2003-TR, del 12/02/2003 y su modificatoria - Acuerdo de Consejo Directivo u órgano que haga sus veces, de la asoci ación prorrogable a del Empleo, Formación Profe- R. M. Nº 257-2005-TR, del 17/12/2005, Art. 4º, 5º y 6º. empresarial por el que se decide registrarse en el RENAMYPE. 15 días hábiles sional y Micro y Pequeña Em- - Comprobante de Información Registrada, emitida por la SUNAT-RUC (copia simple) más presa, de las Direcciones - Documento de identidad del representante legal de la asociación. (copia simple). Regionales de Trabajo y - Padrón de asociados, indicando el Registro Único de Contribuyentes-RUC de Promoción del Empleo cada asociado activo y/o Declaración Jurada del Consejo Directivo que contenga el nombre del asociado activo, RUC y actividad económica. 118 Incoporación en el Régimen Laboral Especial de la Solicitud en forma de Declaración Jurada, según Formato, presentando los Gratuito X Oficina de Administración Dirección de Promoción Microempresa siguientes documentos: Documentaria, Arch.y Bibliot. del Empleo, Formación Ley Nº 28015, artículo 52º, del 03/07/2003 Profesional y MYPE Decreto Supremo Nº 009-2003-TR, Tercera Disposición - Copia simple de la Ficha RUC o dependencia que Complementaria del 12/09/2003. - Copia simple del Documento de Identidad del representante legal. haga sus veces. - Copia simple de las Declaraciones Juradas de Impuesto a la Renta del ejercicio anterior de ser el caso. - Croquis de ubicación del negocio o establecimiento 1) Salvo que se indique lo contrario, o por norma expresa; las copias exigibles en los procedimientos administrativos, son cop ias simples. Los formularios y modelos de solicitud que sean empleados durante la tramitación de los procedimientos, están a di sposición en el área respectiva. 2) Adicionalmente, el Empleador abonará 1.00% de la UIT por los medios impugnatorios que interponga contra las resoluciones que ponen fin a la instancia. En caso de impugnación del Acta de Inspección debe abonar 2.00% de la UIT al interponer dicho recurso . En caso de depósitos efectuados en forma incorrecta por los usuarios, la devolución de los mismos deberá ser requerida mediante solicitud dirigida a la Oficina de Administración, adjuntando la papeleta de depósito original del Banco de la Nación; sujetán dose a la deducción de los gastos administrativos correspondientes. 3) El plazo para la interposición del recurso de apelación es de 15 días y se resolvera en 30 días (Ley 27444, Art. 207º). La Au toridad equivalente al Director de Prevención y Solución de Conflictos es el Director Sub Regional y la Autoridad equivalente a l Subdirector es el Jefe de la Zona de Trabajo y Promoción del Empleo, según corresponda (D.S. Nº 001-93-TR). 4) El plazo para la interposición del recurso de apelación es de 15 días y se resolvera en 30 días (Ley 27444, Art. 207º). En el caso de la DRTPE Lima - Callao, debe tenerse presente lo dispuesto en la Tercera Disposición Transitoria del Decreto Supremo N º 020-2001-TR, Reglamento de la Ley de Inspección y Defensa del Trabajador respecto de la autoridad que resuelve el recurso impugnatorio. 5) Se puede interponer Recursos de Revisión, contra lo resuelto por los Directores Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo , dentro del término de cinco (05) días hábiles de notificados. De conformidad con lo previsto en el D.S. Nº 017-2003-TR (14/12 /2003). En estos casos la tasa que debe abonarse al Banco de la Nación por la interposición del Recurso equivale al 3% de la UIT. 6) Instancia única solo procede Recurso de Reconsideración 7) En caso no se cuente con trabajadores a la fecha de presentación de la solicitud, ello será precisado en la solicitud de regi stro, se acompañará copia de la autorización de la planilla de pago que debe tramitar para su funcionamiento. 8) De conformidad con la Resolución Directoral 381-72-DRTESS, los empleadores tanto de obras públicas como privadas quedan facul tados opcionalmente para depositar mensualmente en el Banco de la Nación el monto correspondiente a los Beneficios Sociales de sus trabajadores 9) Los usuarios deberán acercarse a la Oficina de Consultas al Trabajador de la Subdirección de Defensa Gratuita y Asesoría al T rabajador, a fin de que el abogado consultor adscrito al servicio evalúe el caso y otorgue la solicitud según modelo de formato . 10) "De conformidad con el inciso a) del artículo 4º de la Ley Nº 27711, el MTPE tiene como parte de sus funciones establecer y fomentar mecanismos o regular normativamente aspectos tendentes a beneficiar y/o promover a las empresas que tiene la categoría de MYPE, por lo que las empresas que tienen esta categoría están obligadas al pago del 30% de los derechos de pago sobre los procedimientos comtenplados en el presente TUP A del MTPE, donde éstas interve ngan." 11) Una vez notificada la aprobación de la solicitud, la entidad contará con siete (7) días hábiles para entregar la informació n. 12) Se puede interponer Recursos de Revisión, ante CONSUCODE, D.S. Nº 084-2004-PCM.13) D. S. Nº 003-97-TR, Art. 48º inc f) contra la resolución expresa o ficta, cabe recurso de apelación que debe interponerse en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles. El recurso deberá ser resuelto en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles, v encidos los cuales sin que se haya expedido resolución, se tendrá confirmada la resolución recurrida. 14)) La Re solución de primera instancia es apelable dentro del término de tres días hábiles de recibida la notificación; y el plazo para resolver en segunda instancia también es de cinco (05) días hábiles. 15)) La Resolución es apelable dentro del tercer día de notificada a la parte. La resolución de segunda instancia deberá ser pronunciad a dentro de los dos (02) días siguientes, bajo responsabilidad. 16) Si dentro de este plazo la AA T, constata la falta de documentación, requerirá al solicitante para que la presente en un plaz o no mayor de tres (03) días hábiles, en este caso el plazo de aprobación corre a partir de la subsanación. (*) Los plazos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, se entienden como plazos máximos.(**) En el caso de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, los trámites se iniciaran en sus respectivas Mesas de Par tes y en caso de tener quer efectuarse tasa o pagos correspondientes, éstos seran abonadas en las Oficinas de Tesoreria de cada Dirección Regional.