Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2006 (20/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano miercoles 20 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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designacion del Ing. MORDAZA Werenshon MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA; y, se designa al Dr. MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA del Ministerio de Agricultura; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, con efectividad al 8 de octubre del presente ano, la designacion del Ing. MORDAZA Werenshon MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA del Ministerio de Agricultura, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar con efectividad al 9 de octubre del presente ano al Dr. MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA del Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 1160-2006-AG, de fecha 12 de setiembre de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 02272-1

Inician procedimiento administrativo unico al concesionario Maderas Eximport R y C S.R.L., por presunta comision de causales de caducidad de derecho de concesion forestal
RESOLUCION GERENCIAL Nº 044-2006-INRENA-OSINFOR MORDAZA, 5 de setiembre de 2006 VISTO: El Informe Tecnico Legal Nº 041-2006-INRENAOSINFOR-URAN-USEC, elaborado en forma conjunta por la Unidad de Regulacion y Asuntos Normativos, y la Unidad de Supervision, Evaluacion y Control de la OSINFOR, que da cuenta de las posibles causales de caducidad e infracciones a la legislacion forestal en que habria incurrido el concesionario Maderas Eximport R y C S.R.L., titular del Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-058-02; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 31 de MORDAZA de 2002, el Instituto Nacional de Recursos Naturales y la empresa Maderas Eximport R y C S.R.L., suscriben el Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-058-02 para el aprovechamiento de los recursos forestales de las Unidades de Aprovechamiento Nºs. 63 y 65, cuyas superficies son de 6107 y 6301 ha respectivamente, haciendo un total de 12408 ha otorgadas en concesion, ubicadas en el Bosque de Produccion Permanente de Ucayali; Que, el 18 de setiembre de 2003, las mismas partes suscriben una Adenda al contrato anteriormente senalado, mediante la cual acuerdan modificar diversas clausulas del referido contrato; Que, el 27 de octubre de 2003, la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Pucallpa (ATFFS-Pucallpa) emite la Resolucion Administrativa Nº 476-2003-INRENA-ATFFS, que resuelve aprobarle al referido concesionario el "Plan de Manejo Forestal Complementario";

Que, asimismo, mediante Resolucion de Intendencia Nº 269-2004-INRENA-IFFS, de fecha 25 de Agosto del 2004 se le aprueba el Plan General de Manejo Forestal; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 3132004-INRENA-IFFS, de fecha 8 de noviembre de 2004, se aprueba a la empresa Maderas Eximport R y C S.R.L. el Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra (2004-2005), en una superficie de 585 ha. cuya area se ubica en el distrito de Masisea, provincia de MORDAZA Por tillo, departamento de Ucayali; aprobandose, entre otras especies, un total de 10 arboles de caoba y 21 arboles de cedro, con un volumen total de 92.01 m3 y 75.31 m3, respectivamente; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 0162005-INRENA-IFFS, del 1 de febrero de 2005, se aprueba el Manual de MORDAZA denominado "Metodologia para la Inspeccion de las Parcelas de Corta Anual - PCA (situacion de la caoba)". Este Manual contempla la verificacion fisica de una muestra estadisticamente representativa de los arboles de caoba ( Swietenia macrophylla) y cedro (Cedrela odorata) declarados por los concesionarios para la aprobacion de los planes operativos anuales; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 4912005-INRENA-ATFFS-PUCALLPA, de fecha 23 de setiembre de 2005, la ATFFS-Pucallpa resuelve aprobar al concesionario Maderas Eximport R y C S.R.L. el Plan Operativo Anual de la Tercera Zafra; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 067-2006INRENA, de fecha 22 de marzo de 2006, se autoriza la conformacion de siete (7) brigadas de trabajo para el departamento de Ucayali y una (1) Comision de Asesoramiento que permitan a la Autoridad Administrativa CITES ­ Peru, Autoridad Cientifica CITES ­ Peru y a la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables ­ OSINFOR, la implementacion de los articulos IV y V de la CITES en lo relativo a las especies caoba y cedro; Que, del 30 de marzo al 1 de MORDAZA del 2006, la Brigada de Verificacion Nº 2, en compania del representante del titular de la concesion, senor MORDAZA Tenazoa MORDAZA, ingresan a la Parcela de Corta Anual, correspondiente a la zafra 2004-2005, del Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-058-02, con el objetivo principal de verificar la existencia de los arboles de las especies de caoba y cedro; Que, como resultado de dicha inspeccion, se emite el Informe Nº 013-2006-INRENA-IFFS/DCB-JHBMVerificaciones, de fecha 4 de MORDAZA de 2006, que con relacion a los arboles aprovechables y arboles semilleros declarados por el concesionario para la aprobacion de su Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra, senala entre otros, lo siguiente: a) De los 10 arboles aprovechables de la especie caoba, declarados en el POA de la MORDAZA zafra se verificaron los 10 ejemplares (100%), comprobandose la inexistencia de dichos arboles. Asimismo, se verificaron los 2 arboles de caoba declarados en dicho POA como semilleros (100%), comprobandose su inexistencia; b) De los 21 arboles aprovechables de la especie cedro, declarados en el POA de la MORDAZA zafra, se verificaron 10 ejemplares (47.62%), comprobandose la existencia de 1 tocon y ningun arbol en pie. Asimismo de los 08 arboles semilleros de la especie cedro declarados por el concesionario para la aprobacion de dicho POA, se verificaron 2 (25%), comprobandose su inexistencia; Que, tal como lo establece el numeral 15.2 del articulo 15º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, para cualquier modalidad de aprovechamiento de los recursos forestales, con fines comerciales o industriales, se requiere de un Plan de Manejo Forestal aprobado por el INRENA; Que, en ese sentido los titulares de los contratos de concesion forestal deben enmarcar su actividad de aprovechamiento sostenible de los recursos forestales maderables, bajo los lineamientos aprobados en su Plan de Manejo Forestal el mismo que comprende dos niveles: i) El Plan General de Manejo Forestal-PGMF, que proporciona el MORDAZA general de planificacion estrategica y proyeccion empresarial a largo plazo, formulado como minimo para todo el periodo de vigencia de la concesion; y, ii) El Plan Operativo Anual-POA, que es el instrumento para la planificacion operativa a corto plazo, por un periodo de un ano, es decir el ano operativo, el cual puede o no coincidir con el ano calendario;

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