NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (20/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 20 de setiembre de 2006 328463REPUBLICADELPERU designación del Ing. Heriberto Werenshon Ramos Gonzáles en el cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA; y, se designa al Dr. Miguel de los Reyes Rosas Silva en el cargo deGerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA del Ministerio de Agricultura; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, con efectividad al 8 de octubre del presente año, la designación del Ing. Heriberto Werenshon Ramos Gonzáles, en el cargo de Gerente General del Instituto Nacional de RecursosNaturales – INRENA del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar con efectividad al 9 de octubre del presente año al Dr. Miguel de los Reyes Rosas Silva en el cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA del Ministerio deAgricultura. Artículo 3º.- Déjese sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1160-2006-AG, de fecha 12 de setiembrede 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 02272-1 /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /GFA/G6E/G69/G63/G6F/G20 /G61/G6C/G20 /G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20 /G4D/G61/G64/G65/G72/G61/G73/G45/G78/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G20/G52/G20/G79/G20/G43/G20/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G2E/G2C/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G75/G73/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G64/G75/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G66/G6F/G72/G65/G73/G74/G61/G6C RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 044-2006-INRENA-OSINFOR Lima, 5 de setiembre de 2006 VISTO: El Informe Técnico Legal Nº 041-2006-INRENA- OSINFOR-URAN-USEC, elaborado en forma conjunta por la Unidad de Regulación y Asuntos Normativos, y la Unidad de Supervisión, Evaluación y Control de laOSINFOR, que da cuenta de las posibles causales de caducidad e infracciones a la legislación forestal en que habría incurrido el concesionario Maderas Eximport R yC S.R.L., titular del Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-058-02; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 31 de julio de 2002, el Instituto Nacional de Recursos Naturales y la empresa Maderas Eximport R y C S.R.L., suscriben el Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-058-02para el aprovechamiento de los recursos forestales de las Unidades de Aprovechamiento Nºs. 63 y 65, cuyas superficies son de 6107 y 6301 ha respectivamente,haciendo un total de 12408 ha otorgadas en concesión, ubicadas en el Bosque de Producción Permanente de Ucayali; Que, el 18 de setiembre de 2003, las mismas partes suscriben una Adenda al contrato anteriormente señalado, mediante la cual acuerdan modificar diversascláusulas del referido contrato; Que, el 27 de octubre de 2003, la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa(ATFFS-Pucallpa) emite la Resolución Administrativa Nº 476-2003-INRENA-ATFFS, que resuelve aprobarle al referido concesionario el “Plan de Manejo ForestalComplementario”;Que, asimismo, mediante Resolución de Intendencia Nº 269-2004-INRENA-IFFS, de fecha 25 de Agosto del 2004 se le aprueba el Plan General de Manejo Forestal; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 313- 2004-INRENA-IFFS, de fecha 8 de noviembre de 2004, se aprueba a la empresa Maderas Eximport R y C S.R.L. el Plan Operativo Anual de la segunda zafra (2004-2005),en una superficie de 585 ha. cuya área se ubica en el distrito de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; aprobándose, entre otrasespecies, un total de 10 árboles de caoba y 21 árboles de cedro, con un volumen total de 92.01 m 3 y 75.31 m3, respectivamente; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 016- 2005-INRENA-IFFS, del 1 de febrero de 2005, se aprueba el Manual de Campo denominado “Metodología para laInspección de las Parcelas de Corta Anual - PCA (situación de la caoba)”. Este Manual contempla la verificación física de una muestra estadísticamenterepresentativa de los árboles de caoba ( Swietenia macrophylla ) y cedro ( Cedrela odorata ) declarados por los concesionarios para la aprobación de los planesoperativos anuales; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 491- 2005-INRENA-ATFFS-PUCALLPA, de fecha 23 desetiembre de 2005, la ATFFS-Pucallpa resuelve aprobar al concesionario Maderas Eximport R y C S.R.L. el Plan Operativo Anual de la Tercera Zafra; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 067-2006- INRENA, de fecha 22 de marzo de 2006, se autoriza la conformación de siete (7) brigadas de trabajo para eldepartamento de Ucayali y una (1) Comisión de Asesoramiento que permitan a la Autoridad Administrativa CITES – Perú, Autoridad Científica CITES – Perú y a laOficina de Supervisión de las Concesiones Forestales Maderables – OSINFOR, la implementación de los artículos IV y V de la CITES en lo relativo a las especiescaoba y cedro; Que, del 30 de marzo al 1 de abril del 2006, la Brigada de Verificación Nº 2, en compañía del representante deltitular de la concesión, señor Roger Tenazoa Vásquez, ingresan a la Parcela de Corta Anual, correspondiente a la zafra 2004-2005, del Contrato de Concesión Forestalcon Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-058-02, con el objetivo principal de verificar la existencia de los árboles de las especies de caoba y cedro; Que, como resultado de dicha inspección, se emite el Informe Nº 013-2006-INRENA-IFFS/DCB-JHBM- Verificaciones, de fecha 4 de mayo de 2006, que conrelación a los árboles aprovechables y árboles semilleros declarados por el concesionario para la aprobación de su Plan Operativo Anual de la segunda zafra, señalaentre otros, lo siguiente: a) De los 10 árboles aprovechables de la especie caoba, declarados en el POA de la segunda zafra se verificaron los 10 ejemplares(100%), comprobándose la inexistencia de dichos árboles. Asimismo, se verificaron los 2 árboles de caoba declarados en dicho POA como semilleros (100%),comprobándose su inexistencia; b) De los 21 árboles aprovechables de la especie cedro, declarados en el POA de la segunda zafra, se verificaron 10 ejemplares(47.62%), comprobándose la existencia de 1 tocón y ningún árbol en pie. Asimismo de los 08 árboles semilleros de la especie cedro declarados por el concesionariopara la aprobación de dicho POA, se verificaron 2 (25%), comprobándose su inexistencia; Que, tal como lo establece el numeral 15.2 del artículo 15º de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, para cualquier modalidad de aprovechamiento de los recursos forestales, con fines comerciales o industriales, serequiere de un Plan de Manejo Forestal aprobado por el INRENA; Que, en ese sentido los titulares de los contratos de concesión forestal deben enmarcar su actividad de aprovechamiento sostenible de los recursos forestales maderables, bajo los lineamientos aprobados en su Plande Manejo Forestal el mismo que comprende dos niveles: i) El Plan General de Manejo Forestal-PGMF , que proporciona el marco general de planificación estratégicay proyección empresarial a largo plazo, formulado como mínimo para todo el período de vigencia de la concesión; y, ii) El Plan Operativo Anual-POA, que es el instrumentopara la planificación operativa a corto plazo, por un período de un año, es decir el año operativo, el cual puede o no coincidir con el año calendario;