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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (20/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328478El Peruano miércoles 20 de setiembre de 2006 /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G6C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G65/G78/G74/G69/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G54/G61/G73/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G2D/G20/G43/G4F/G4E/G41/G54/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2006-VIVIENDA Lima, 19 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento se estableció que el Consejo Nacional deTasaciones - CONATA es un Organismo PúblicoDescentralizado de dicho Sector; Que, por el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se aprueba la fusión por absorción del Consejo Nacionalde Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, correspondiéndole al citadoMinisterio la calidad de entidad incorporante; Que, el artículo 2º del citado Decreto Supremo establece que dicho proceso de fusión concluirá el 31 de diciembre de 2006, plazo en el cual CONATA transferirálos recursos, personal y acervo documentario alMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Asímismo, se establece que dicho Ministerio será elresponsable de llevar a cabo el proceso de liquidación correspondiente; Que, en tal sentido, es necesario efectuar las acciones administrativas tendientes a la liquidación yextinción de CONATA, así como dictar las medidas quefaciliten la ejecución de los marcos y calendariospresupuestales con la finalidad de que la liquidación de dicha entidad se realice al 31 de diciembre del 2006; Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 025-2006- VIVIENDA, establece que el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento queda facultado a dictarlas normas necesarias para viabilizar la liquidación ydesactivación de CONATA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y el DecretoSupremo Nº 025-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Liquidación y extinción del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA 1.1. De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, el Consejo Nacionalde Tasaciones - CONATA quedará extinguido para todos sus efectos el 31 de diciembre de 2006. 1.2. Para tal efecto, se faculta a la Comisión Liquidadora de CONATA a efectuar todas las accionesy gestiones legales, patrimoniales, financieras,presupuestales, administrativas, contractuales ydemás necesarias con la finalidad de perfeccionar la extinción de CONATA y conducir el proceso liquidatorio. En tal sentido, el Presidente de la ComisiónLiquidadora podrá emitir los actos administrativos yde administración pertinentes con la finalidad decumplir su mandato, así como delegar en Comisionesfunciones, tareas o las acciones necesarias para dicha finalidad. El Presidente de la Comisión Liquidadora de CONATA cuenta, exclusivamente para este efecto, con todas lasfacultades, atribuciones y obligaciones de Titular del Pliegode CONATA, en Liquidación. 1.3. La liquidación que se dispone por el presente artículo se ejecuta respecto del patrimonio, activos, pasivos, acciones, derechos, obligaciones, títulos y otrosque la Comisión Liquidadora determine. 1.4. La Comisión Liquidadora de CONATA cumplirá sus funciones a más tardar el 28 de diciembre de 2006,debiendo presentar un informe de lo actuado al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en tal fecha. Artículo 2º.- Comisión Liquidadora La Comisión Liquidadora de CONATA estará conformada por las siguientes personas:- SRA. JULIA SILVANA VELASQUEZ PEREZ, quien la presidirá - SR. VICTOR FELIX LOPEZ ORIHUELA- SRA. MARIA MERCEDES FERRUZO VALLEJOS Artículo 3º.- Absorción de CONATA 3.1. Dispóngase la absorción por parte de la Dirección Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda yUrbanismo de los órganos y dependencias a cargo de lafunción normativa, la misma que comprende todos losrecursos,bienes muebles, activos, pasivos, intangibles, contratos, posición contractual,presupuestos, patrimonio, acciones, títulos, obligaciones y derechos reales. 3.2 El Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con la Comisión Liquidadora determinarálos saldos a transferir de CONATA al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, relacionados con la función normativa,la que se realizará al 31 de octubre próximo, en el marco de lo establecido en el artículo 3ºdel Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA. 3.3. La absorción dispuesta por esta norma se efectúa con la exclusiva finalidad que se ejecuten todas lasacciones administrativas, contractuales y presupues- tales para liquidar CONATA. Artículo 4º.- Régimen de los contratos vigentes Los contratos existentes con proveedores mantendrán su vigencia, salvo ocurrencia de causal deresolución. Para tal efecto, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección Nacional de Urbanismo se subrogará en la posicióncontractual de CONATA, en los temas referentes a lafunción normativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 02271-1 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G43/G4F/G4E/G41/G54/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2006-VIVIENDA Lima, 19 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 220-2004- VIVIENDA, se designó al Ing. Luis Pompilio Ramírez Pinedo, en el cargo de confianza de Gerente General del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, nivelremunerativo F-6; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo, la misma que es necesario aceptar; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27779 y 27792; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el Ing. Luis Pompilio RamírezPinedo, en el cargo de confianza de Gerente General delConsejo Nacional de Tasaciones - CONATA, nivelremunerativo F-6, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 02271-2