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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (20/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328474El Peruano miércoles 20 de setiembre de 2006 Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por el Ejército de Salvación de Chile, a favor de la asociación EJÉRCITO DE SALVACIÓN - FILIAL DELPERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por el Ejército de Salvación de Chile a favor de la asociación EJÉRCITO DESALVACIÓN - FILIAL DEL PERÚ, consistente en 41 carpas chicas (c/u con capacidad para 6 personas), 11 carpas grandes (c/u con capacidad para 12 personas) y 2 carpasmedianas (c/u con capacidad para 8 personas), con un peso bruto de 800.00 kilos y un valor FOB de US $ 3,000.00 (Tres mil y 00/100 Dólares americanos), amparados con ManifiestoInternacional de Carga por Carretera / Declaración de Tránsito Aduanero Nº 14078 de fecha 03-Oct-05 y Declaración Única de Aduanas Nº 172-2005-10-025456-01-8-00 de fecha 20-Oct-05. El propósito de la donación es para apoyar a las familias que requieran de un techo temporal después del reciente terremoto que afectó la zona Nor oriental del Perú; Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02264-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1118/RE Lima, 8 de setiembre de 2006 Visto, los Expedientes Nº 342-2006, Nº 2385-2006 y Nº 3590-2006, presentados por LA MERE DU PAUVRE mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo alConsumo (ISC) respecto a la donación recibida de Association d´Education Populaire St. Jean, AMITIE LIMA, con sede en Bidart, Francia. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivoal Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, LA MERE DU PAUVRE, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la AgenciaPeruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donacionesde carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93- PCM; Que, mediante Certificado de Donación sin fecha, legalizada por el Consulado del Perú en París se observa que, Association d´Education Populaire St. Jean, AMITIE LIMA ha efectuado una donación a favor de LA MEREDU PAUVRE; Que, los bienes donados consisten en un (1) bulto conteniendo medicamentos, con excepción de losproductos señalados en el cuarto considerando de la Resolución Directoral Nº 0415-2005-SA/OGCI de fecha 30-Dic-05, expedida por la Oficina General de CooperaciónInternacional de Ministerio de Salud, con un peso bruto manifestado de 175.00 kilos y un peso recibido de 161.00 kilos según Volante de Despacho Nº 01299863 de fecha15-Set-05 y valorizado en 9,545.98 (Nueve mil quinientos cuarentaicinco y 98/100 Euros), Los productos farmacéuticos se utilizarán en el Policlínico de NuestraSeñora del Perpetuo Socorro, ubicado en la calle Legión Peruana 170, asentamiento humano Dos de Mayo, Cercado de Lima, administrado por las HermanasMisioneras de Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, cuya superiora es la Hermana Ana Victoria Soprani Barnechea, y se encuentra bajo el control médico y en forma gratuita.Estos productos se solicitan en aproximadamente cuatro meses, cuya población que se sirve es de 20,000 habitantes. Enfermedades principales: de la piel,estomacales, pulmonares, sida, TBC; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere elprimer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor Association d´Education Populaire St. Jean AMITIE LIMA a favor de LA MERE DU PAUVRE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a ladonación efectuada por Association d´Education Populaire St. Jean AMITIE LIMA a favor de LA MERE DU PAUVRE, consistente en un (1) bulto conteniendomedicamentos, con excepción de los productos señalados en el cuarto considerando de la Resolución Directoral Nº 0415-2005-SA/OGCI de fecha 30-Dic-05,expedida por la Oficina General de Cooperación Internacional de Ministerio de Salud, con un peso bruto manifestado de 175.00 kilos y un peso recibido de 161.00kilos según Volante de Despacho Nº 01299863 de fecha 15-Set-05 y valorizado en 9,545.98 (Nueve mil quinientos cuarentaicinco y 98/100 Euros), Los productosfarmacéuticos se utilizarán en el Policlínico de Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, ubicado en la calle Legión Peruana 170, asentamiento humano Dos de Mayo,Cercado de Lima, administrado por las Hermanas Misioneras de Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, cuya superiora es la Hermana Ana Victoria SopraniBarnechea, y se encuentra bajo el control médico y en forma gratuita. Estos productos se solicitan en aproximadamente cuatro meses, cuya población que sesirve es de 20,000 habitantes. Enfermedades principales: de la piel, estomacales, pulmonares, sida, TBC. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contraeel Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02264-3