NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (30/09/2006)
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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329076El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 estableciéndose en su Primera Disposición Final y Transitoria que la adecuación del Reglamento deberáefectuarse en un plazo máximo de ciento cincuenta (150)días, a partir de la vigencia de la Ley; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM se modificó la citada Disposición Final y Transitoria, estableciéndose que la adecuación al Reglamento deberá efectuarse como máximo hasta el 30 de setiembre del 2006; Que, debido al alto número de solicitudes de expedición de certificados de usuarios de insumos químicos yproductos fiscalizados que se vienen tramitando en lasUnidades Especializadas Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, las que al vencimiento del plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM, no lograríanprocesar y expedir los referidos certificados de usuariosa todas las empresas solicitantes, resulta necesarioampliar el plazo de adecuación del reglamento hasta el 28de febrero del 2007; y, De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA:Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: "La adecuación al Reglamento deberá efectuarse como máximo hasta el 28 de febrero del 2007". Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros ypor los Ministros del Interior y de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 02634-1 Autorizan viaje del Ministro de Defensa a Nicaragua y encargan su Despacho al Ministro de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 282-2006-PCM Lima, 25 de setiembre de 2006 Vista la Hoja de Recomendación Nº 059-DIGEPE/B/ 01, del 23 de agosto del 2006; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses del Sector Defensa, autorizar el viaje al exterior en Comisión deServicio, del Ministro de Defensa, con la finalidad queasista a la VII Conferencia de Ministros de Defensa delas Américas, convocada por la Secretaría Pro Témporede dicha Conferencia a cargo del Ministerio de Defensa de la República de Nicaragua, que se realizará entre los días 1 y 5 de octubre del 2006 en la ciudad de Managua,República de Nicaragua, siendo la asistencia del Ministrode Defensa, del 1 de octubre al 4 de octubre 2006; Que, la participación del Perú en la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, hará conocer de forma individual la visión sobre la problemática de seguridad y defensa hemisférica que tiene cada país dela comunidad americana;Que, la asistencia del Perú a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, permitirádesarrollar las tres líneas temáticas de la agendapropuesta por la Secretaría Pro-Témpore, acorde conlos intereses nacionales en materias de seguridad ydefensa, participando y opinando en el proyecto de declaración conjunta que realizarán los Ministros de Defensa de las Américas, como resultado de las sesionesplenarias y de los comités de Trabajo; Que, teniendo en cuenta que el Ministro de Defensa se ausentará del país del 1 al 4 de octubre del 2006, a finde concurrir a la VII Conferencia antes mencionada, es necesario encargar el Despacho del Ministro de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior deservidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Leydel Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha26 de enero de 2004, modificado con Decreto SupremoNº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; asícomo el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del señor Ministro de Defensa, EmbajadorAllan WAGNER TIZÓN, a la ciudad de Managua - República de Nicaragua del 1 al 4 de octubre del 2006. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos medianterecursos transferidos por la Unidad Ejecutora 001 OGA/MINDEF , de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes Lima - Managua - LimaUS$ 980.001 x 1 persona Viáticos US$ 200 x 5 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Ministro de Defensa al Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador José Antonio GARCÍA BELAÚNDE, a partir del 1 de octubre del 2006 y mientrasdure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos oderechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros yel Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 02508-11 Autorizan viaje del Ministro de Economía y Finanzas a España y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 290-2006-PCM Lima, 28 de setiembre de 2006