Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2006 (30/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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329076

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 30 de setiembre de 2006

estableciendose en su Primera Disposicion Final y Transitoria que la adecuacion del Reglamento debera efectuarse en un plazo MORDAZA de ciento cincuenta (150) dias, a partir de la vigencia de la Ley; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM se modifico la citada Disposicion Final y Transitoria, estableciendose que la adecuacion al Reglamento debera efectuarse como MORDAZA hasta el 30 de setiembre del 2006; Que, debido al alto numero de solicitudes de expedicion de certificados de usuarios de insumos quimicos y productos fiscalizados que se vienen tramitando en las Unidades Especializadas Antidrogas de la Policia Nacional del Peru, las que al vencimiento del plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM, no lograrian procesar y expedir los referidos certificados de usuarios a todas las empresas solicitantes, resulta necesario ampliar el plazo de adecuacion del reglamento hasta el 28 de febrero del 2007; y, De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: "La adecuacion al Reglamento debera efectuarse como MORDAZA hasta el 28 de febrero del 2007". Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros del Interior y de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de setiembre del dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 02634-1

Que, la asistencia del Peru a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Americas, permitira desarrollar las tres lineas tematicas de la agenda propuesta por la Secretaria Pro-Tempore, acorde con los intereses nacionales en materias de seguridad y defensa, participando y opinando en el proyecto de declaracion conjunta que realizaran los Ministros de Defensa de las Americas, como resultado de las sesiones plenarias y de los comites de Trabajo; Que, teniendo en cuenta que el Ministro de Defensa se ausentara del MORDAZA del 1 al 4 de octubre del 2006, a fin de concurrir a la VII Conferencia MORDAZA mencionada, es necesario encargar el Despacho del Ministro de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; asi como el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, del senor Ministro de Defensa, Embajador MORDAZA MORDAZA TIZON, a la MORDAZA de Managua Republica de Nicaragua del 1 al 4 de octubre del 2006. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos mediante recursos transferidos por la Unidad Ejecutora 001 OGA/ MINDEF, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes MORDAZA - Managua - MORDAZA US$ 980.001 x 1 persona Viaticos US$ 200 x 5 dias x 1 persona Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 1 persona Articulo 3º.- Encargar el Despacho del Ministro de Defensa al Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE, a partir del 1 de octubre del 2006 y mientras dure la ausencia del Titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 02508-11

A ut zan vi e delM i st de D ef ori aj ni ro ensa a Ni caragua y encargan su D espacho al M i st de R el ones E xt ores ni ro aci eri
RESOLUCION SUPREMA Nº 282-2006-PCM MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 Vista la Hoja de Recomendacion Nº 059-DIGEPE/B/ 01, del 23 de agosto del 2006; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses del Sector Defensa, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, del Ministro de Defensa, con la finalidad que asista a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Americas, convocada por la Secretaria Pro Tempore de dicha Conferencia a cargo del Ministerio de Defensa de la Republica de Nicaragua, que se realizara entre los dias 1 y 5 de octubre del 2006 en la MORDAZA de Managua, Republica de Nicaragua, siendo la asistencia del Ministro de Defensa, del 1 de octubre al 4 de octubre 2006; Que, la participacion del Peru en la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Americas, MORDAZA conocer de forma individual la vision sobre la problematica de seguridad y defensa hemisferica que tiene cada MORDAZA de la comunidad americana;

A u torizan viaje d el M in istro d e E con om ia y F in an zas a E sp an a y encargan su D espacho alPresi dent del e o ni ros C onsej de M i st
RESOLUCION SUPREMA Nº 290-2006-PCM MORDAZA, 28 de setiembre de 2006

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