NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (30/09/2006)
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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329079REPUBLICADELPERU Artículo 2º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 02633-15 Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a fin de efectuar una Visita Oficial a la ciudad de La Paz, Bolivia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 292-2006-PCM Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO:Que el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaúnde, realizará una Visita Oficial a la ciudad de LaPaz, República de Bolivia, el 6 de octubre de 2006,atendiendo a una gentil invitación del Ministro deRelaciones Exteriores y Culto de Bolivia, DavidChoquehuanca; Que, en la citada Visita Oficial se abordarán temas vinculados a la entrada en vigencia del Tratado Generalde Integración y Cooperación para la Conformación deun Mercado Común entre la República del Perú y laRepública de Bolivia - TGI, a los trabajos que serealizarán en los próximos años en el marco de la Autoridad Binacional Autónoma del Lago Titicaca, Río Desaguadero, Lago Poopó y Salar de Coipasa - ALT,entre otros importantes asuntos de la agenda bilateral; Que es prioridad de la política exterior del Perú reforzar a nivel regional las relaciones de orden políticoy económico con los países vecinos con los cuales compartimos intereses y objetivos comunes; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; los artículos 185º inciso g)y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE,Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de RelacionesExteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizaciónde viajes al exterior de servidores y funcionariospúblicos, su modificatoria la Ley Nº 28807; y suReglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, el Decreto de Urgencia Nº 025-2005, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; y el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652,Ley del Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2006; y su modificatoria, el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señorJosé Antonio García Belaúnde, a fin de efectuar unaVisita Oficial a la ciudad de La Paz, República de Bolivia,el 6 de octubre de 2006. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro de Estado en el Despacho deRelaciones Exteriores por concepto de pasajes US$755.05, viáticos US$ 400.00 y tarifa por uso deaeropuerto US$ 30.25, serán cubiertos por el PliegoPresupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo nomayor de quince (15) días al término de la referidacomisión. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02633-16 AGRICULTURA Autorizan viaje de funcionaria del INRENA a Suiza para participar en la 54º Reunión del Comité Permanente de la CITES RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2006-AG Lima, 29 de setiembre de 2006 VISTA: La Notificación a las Partes Nº 2006/038 de la Secretaría de la Convención sobre el ComercioInternacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES), comunicando la realización de la 54º Reunión del Comité Permanente de la Conferencia delas Partes que se celebrará en Ginebra, Suiza, del 2 al 6de octubre de 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21080 del 21 de enero de 1975, se aprobó la Convención para el ComercioInternacional de las Especies Amenazadas de Fauna yFlora Silvestre - CITES, la cual tiene como objetivoprincipal la conservación de las especies de fauna yflora silvestre incluidas en los Apéndices de dicha Convención contra su explotación excesiva a través del comercio internacional; Que, el numeral 3.27 del artículo 3º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado porDecreto Supremo Nº 014-2001-AG modificado porDecreto Supremo Nº 010-2005-AG, define a CITES - Perú como la autoridad administrativa de la CITES en el Perú representada por el Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA; Que, según el artículo 31º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA aprobado porDecreto Supremo Nº 02-2003-AG, la Dirección de Conservación de la Biodiversidad Forestal y de Fauna Silvestre del INRENA, tiene entre sus funcionesadministrar y operar la Convención Sobre el ComercioInternacional de Especies Amenazadas de Flora y FaunaSilvestre - CITES y en su calidad de AutoridadAdministrativa Científica de la CITES - Perú, emite los permisos de exportación, reexportación e importación de flora y fauna silvestre; Que, en Ginebra, Suiza, del 2 al 6 de octubre de 2006 se llevará a cabo la 54º Reunión del Comité Permanentede la Conferencia de las Partes, en la que se negociarántemas importantes vinculados a la gestión del INRENA, tales como el "Plan Estratégico de la CITES: 2008 - 2013", el examen de las Resoluciones y Decisiones de laCITES, la gestión de los cupos de exportación, elcomercio internacional de la caoba, directrices para el