Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2007 (23/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2007

interno que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al Art. 76º del MORDAZA Reglamento Interno el Consejo Regional aprobado mediante O.R. Nº 009-2006-CR/GRM, establece que para el cumplimiento de sus funciones normativas y fiscalizadoras los Consejeros Regionales se integran en Comisiones. La conformacion de las Comisiones se establece mediante Acuerdo de Consejo. Las Comisiones son: a) Ordinarias, b) Investigadoras, y c) Especiales. Que conforme los Arts. 102º Inc. a) del mismo Reglamento acotado se establece que las Comisiones Investigadoras se constituyen por Acuerdo de Consejo Regional para asuntos especificos que no correspondan a ninguna de las Comisiones Ordinarias. El Acuerdo determinara con claridad el MORDAZA y el plazo en que deberan presentar su informe o dictamen, segun corresponda; que el Art. 103º de la MORDAZA referida senala que el numero de integrantes de las Comisiones Investigadoras y Especiales se determinara en funcion al MORDAZA a investigar o del tema a tratar y sera aprobado por el Consejo Regional, que a la vez designara al Presidente y Vicepresidente; En uso de las facultades concedidas por el articulo 13º y 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, inciso a) articulo 14º, del MORDAZA Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 009-2006-CR/ GRM; el Consejo Regional de MORDAZA por votacion unanime de sus miembros y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.Conformar la Comision Investigadora, para que especificamente se investigue las irregularidades incurridas en la(s) gestion(es) anterior(es) en la adquisicion de maquinaria pesada, maquinaria liviana, vehiculos livianos, vehiculo MORDAZA camioneta, vehiculo MORDAZA auto, equipo medico, computadoras, combustible y ambulancias, quedando conformada la Comision como sigue: Presidente: C.R. MORDAZA MORDAZA Ascuna Chavera. Vicepresidente: C.R. MORDAZA Hitler MORDAZA Mamani. Miembro: C.R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuadros. Articulo Segundo.- Determinar que la Comision Investigadora prioritariamente se oriente a la Investigacion que concierna a la adquisicion de maquinaria pesada y ambulancias, debiendo progresivamente investigar las adquisiciones materia de investigacion pendiente. Articulo Tercero.- Se establece como plazo MORDAZA para emitir Dictamen correspondiente el termino de treinta dias habiles, computable a partir de la publicacion del presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- Remitase MORDAZA del presente Acuerdo Regional a la Presidencia Regional, Vicepresidencia Regional, Consejeros Regionales, Gerencia General Regional y Organo Regional de Control Institucional, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 51684-5

EL CONSEJO REGIONAL DE MOQUEGUA: VISTOS: El Informe Nº 137-2007-DRAJ/GR.MOQ, el Informe Nº 072-2007-PROC.PUB./GOB.REG.MOQ., en Sesion Ordinaria del Consejo Regional del 19 de marzo del 2007; y, CONSIDERANDO: Que conforme al articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado y el articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 los gobiernos regionales son personas juridicas de derecho publico interno que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Art. 87º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, que establece que la afectacion en uso de propiedad estatal se otorga a favor de las entidades del Sector Publico Nacional y excepcionalmente a favor de personas naturales o juridicas privadas que realicen actividades afines con el interes publico. Que teniendo en cuenta que el articulo primero del Acuerdo Regional Nº 110-2003-CR/GRM de 13.10.2003, establece que autoriza la cesion en uso de una de las oficinas ubicado en la Av. Balta s/n a favor del Sindicato de Trabajadores de la Region (SITRA), para realizar actividad economica empresarial, por el lapso de 1 ano o hasta que empiece la construccion del local institucional de la Region, en dicho Inmueble. Que el referido Acuerdo Regional Nº 110-2003. CR/GRM, contraviene lo preceptuado en el D.S. Nº 154-2001-EF modificado por el D.S. Nº 1072003-EF, por cuanto el inmueble de propiedad del Gobierno Regional de MORDAZA ha sido cedida en uso a una entidad privada que no realiza actividades afines con el interes publico, lo que desnaturaliza de cualquier forma el interes social compatible con las funciones del Estado, de modo tal que la cesion en uso referida resulta ilegal. En uso de las facultades concedidas por el articulo 13º y 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, inciso a) articulo 14º del MORDAZA Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 009-2006-CR/ GRM; el Consejo Regional de MORDAZA por votacion unanime de sus miembros y la con dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Dejar sin efecto en todos sus extremos el Acuerdo de Consejo Regional Nº 1102003-CR/GRM de trece de octubre del dos mil tres, debiendo retornar el inmueble ubicado en la avenida Balta s/n a los dominios del Gobierno Regional de Moquegua. Articulo Segundo.- Remitase MORDAZA del presente Acuerdo Regional a la Presidencia Regional, Vicepresidencia Regional, Consejeros Regionales, Gerencia General Regional y Organo Regional de Control Institucional, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 51684-6

Dejan sin efecto Acuerdo Nº 110-2003CR/GRM y disponen que inmueble retorne al dominio del Gobierno Regional
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 010-2007-CR/GRM 19 de marzo de 2007

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