Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2007 (23/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

344045

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en caserio, comunidad campesina y centros poblados de los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 021-2007-CE-PJ MORDAZA, 31 de enero del 2007

Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen en el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

VISTO: MORDAZA MORDAZA MORDAZA El Oficio Nº 273-2004-SPJ-CSJAN/PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 206-2006-LAMN-CE/PJ, remitido por el senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, y; CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Caserio de Buenos Aires, distrito de Tarica, provincia de MORDAZA, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, presentada por las autoridades de la referida circunscripcion; Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de mas de 1,300 habitantes, conjuntamente con los Caserios de Irwa y Uchuyaco, y los Anexos de Shipraco, Huanja, Huancapo y Tara; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado a 12 kilometros de distancia, lo que representa que los pobladores tengan que trasladarse a pie durante cuatro horas por territorios geograficos accidentados en los que solo existen vias de herradura; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Que, el Informe Nº 206-2006-LAMN-CE/PJ remitido por el senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz del en el Caserio de Buenos Aires, distrito de Tarica, provincia de MORDAZA, departamento y Distrito Judicial de Ancash; asimismo, en dicho informe aparecen los limites geograficos del citado Juzgado de Paz; Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, laboral, familiar y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserio de Buenos Aires, distrito de Tarica, provincia de MORDAZA, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, con competencia ademas en los Caserios de Irwa y Uchuyaco, y los Anexos de Shipraco, Huanja, Huancapo y Tara. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 51987-10 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 022-2007-CE-PJ MORDAZA, 31 de enero del 2007 VISTO: El Oficio N° 2597-2005-P-CSJCU/PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, y el Informe N° 052-2006-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Huinchiri, distrito de Quehue, provincia de Canas, departamento y Distrito Judicial del MORDAZA, presentada por las autoridades de la referida circunscripcion; Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de mas de 800 habitantes, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado a 25 kilometros de distancia, lo que representa para los pobladores un viaje de mas de dos horas en vehiculo de transporte publico, ademas de un gasto excesivamente oneroso considerando las dificultades economicas de dicha poblacion; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Que, el Informe N° 052-2006-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Huinchiri, distrito de Quehue, provincia de Canas, departamento y Distrito Judicial del Cusco; asimismo, en dicho informe aparecen los limites geograficos del citado Juzgado de Paz; Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, laboral, familiar y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial,

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