Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2007 (06/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, lunes 6 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

350903

"No obstante si por cualquier medio o indicio la autoridad competente tomare conocimiento de alguna modificacion producida que no hubiere sido comunicada, podra requerir al transportista a efectos que, dentro del termino perentorio de quince (15) dias calendario, actualice la informacion inscrita en el registro y, de ser el caso, adjunte la correspondiente documentacion. En caso que el transportista incumpliera con la actualizacion de la informacion inscrita en el registro dentro del plazo perentorio establecido se procedera con la aplicacion de la medida preventiva de suspension de la habilitacion vehicular regulada en el literal f) del articulo 220º del presente Reglamento". "Articulo 226º.- Suspension de la habilitacion vehicular (...) La suspension sera levantada cuando se demuestre que las causas que la motivaron han sido superadas, lo que se acredita mediante la MORDAZA de MORDAZA fotostatica del Certificado de Revision Tecnica, del Certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA, de la Ficha de Mantenimiento Preventivo, y de la tarjeta de identificacion vehicular o de propiedad vehicular que incorpore la modificacion, asi como instalando el limitador de velocidad y el dispositivo electrico o electronico del vehiculo destinado a dicho servicio que registre la velocidad, la detencion, tiempo de viaje y la distancia recorrida; o que se presente MORDAZA fotostatica de documento que acredite las regularizaciones de las modificaciones hechas". Articulo 10º.- Incorporacion al Reglamento Nacional de Administracion de Transportes Incorporese el literal f) al articulo 226º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, en los terminos siguientes: "Articulo 226.- Suspension de la habilitacion vehicular (...) f) Se ha modificado las caracteristicas registrables que permitieron su habilitacion y el transportista incumple con la actualizacion de la informacion inscrita en el registro, en el termino perentorio de quince (15) dias calendario contados a partir del requerimiento otorgado para tales efectos por la autoridad competente. (...)" Articulo 11º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de agosto del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 92597-13

Que, se ha recibido invitacion del Bank for International Settlements (BIS) para participar en el MORDAZA Advanced Risk Management for Reserve Managers, a realizase del 13 al 17 de agosto en la MORDAZA de Lucerna, Suiza; Que, el Banco Central de Reserva del Peru tiene la finalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre sus funciones esta la de administrar las reservas internacionales; Que, para el cumplimiento de la referida funcion la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos propender a la optima administracion de las reservas internacionales del MORDAZA, velar por la oportuna y correcta ejecucion de las inversiones en el contexto del MORDAZA internacional y fortalecer los vinculos con organismos e instituciones del exterior; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002 PCM y estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de 19 de MORDAZA de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la mision en el exterior del senor MORDAZA Tambini MORDAZA, Especialista en Investigacion de Portafolios de Inversion del Departamento de Politicas de Inversion de la Gerencia de Operaciones Internacionales, en la MORDAZA de Lucerna, Suiza, del 12 al 18 de agosto y al pago de los gastos, a fin de que participe en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasaje: US$ 2257,93 Viaticos: US$ 1820,00 Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 30,25 --------------------TOTAL US$ 4108,18 Articulo 3°.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA Presidente 91329-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Cancahuani
RESOLUCION JEFATURAL Nº 648 -2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 VISTOS: el Informe Nº 000667-2007/SGREC/GOR/ RENIEC, de la Subgerencia de Registros del Estado Civil y el Informe Nº 000516-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a Suiza para participar en el MORDAZA Advanced Risk Management for Reserve Managers
RESOLUCION DE DIRECTORIO N°034-2007-BCRP MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2007

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