Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2007 (30/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

352396

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2007

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al presupuesto del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE-, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos : US$ 1 635,98 Viaticos : US$ 660,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario, cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario representante, cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

102709-20

Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de MORDAZA de 2007
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 507-2007-EF/15

102709-19 RESOLUCION SUPREMA Nº 072-2007-EF
MORDAZA, 29 de agosto de 2007 Visto el Oficio Nº 144 -2007-DE-OAJ-PROINVERSION de fecha 20 de agosto de 2007, de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 4 al 7 de setiembre de 2007, se desarrollara en la MORDAZA de Ottawa, Canada, la MORDAZA Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Canada; Que, mediante Facsimil Circular Nº 030-2007MINCETUR/VMCE, el Viceministro de Comercio Exterior, solicita la participacion de funcionarios de PROINVERSION, cuya presencia sea requerida por los distintos grupos de negociacion; Que, en tal sentido, PROINVERSION ha designado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Perret, Negociador del Capitulo de Inversiones, para que participe en la mencionada ronda; Que, en consecuencia y siendo de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar el viaje del referido funcionario, debiendo PROINVERSION asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa unica por uso de aeropuerto; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 28927 y el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Perret, funcionario de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, a la MORDAZA de Ottawa, Canada, del 3 al 6 de setiembre de 2007, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al presupuesto del Pliego 055 - Agencia de Promocion de la Inversion Privada, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos : US $ 988,24 Viaticos : US $ 440,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 30,25

MORDAZA, 28 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por la Ley N° 28323, se establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el Articulo 2º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, establece que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los titulares de las concesiones mineras MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, los Articulos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, los Articulos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, sus normas modificatorias y complementarias, establecen la base de referencia y la determinacion de la Regalia Minera; Que, con base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio Nº 017-2007-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el Oficio Nº 427-2007-SUNAT/200000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 146-2007-SE-DGPU/DEEI, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales - DGAES del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el numeral 8.2 del Articulo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendarios despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, establece que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del Articulo 15º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES de dicho ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.