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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2007 352412 Autorizan al Ministerio a reemplazar las circunscripciones distritales que por causas no atribuibles al Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, no inicien o interrumpan las acciones de implementación del referido Plan Piloto DECRETO SUPREMO Nº 022-2007-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo Nº 078-2006-PCM, publicado el 31 de octubre de 2006, autorizó al Ministerio de Educación llevar a cabo, a partir del 1 de enero de 2007, con la participación de las Municipalidades, un Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa de niveles educativos de Inicial y Primaria, y estableció las circunscripciones materia del referido Plan Piloto de Municipalización; Que, es necesario autorizar al Ministerio de Educación para que reemplace las circunscripciones establecidas en el referido Decreto Supremo, que por causas no atribuibles al Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, no inicien o interrumpan las acciones de implementación del referido Plan Piloto de Municipalización; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0031- 2007-ED, el Ministerio de Educación aprobó el “Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007”, de los niveles educativos de Inicial y Primaria; De conformidad con el numeral 2 del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA:Artículo 1º.- Delegación de facultades Autorícese al Ministerio de Educación a reemplazar las circunscripciones distritales que por causas no atribuibles al Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, no inicien o interrumpan las acciones de implementación del referido Plan Piloto de Municipalización. Artículo 2º.- Regulación Las circunscripciones distritales que sean incorporadas al Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, se sujetarán al “Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007”, de los niveles educativos de Inicial y Primaria, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 0031-2007-ED y sus normas complementarias. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 102709-3 Modifican ámbitos jurisdiccionales de las Unidades de Gestión Educativa Local de Camaná y Condesuyos, a que se refiere el Anexo 02-A de la R.S. Nº 204-2002-ED RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2007-ED Lima, 29 de agosto de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 204-2002- ED, se aprueba el ámbito jurisdiccional, la organización interna y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), entre otras, de la Dirección Regional de Educación de Arequipa y de sus Unidades de Gestión Educativa Local; Que, el rubro 7 del Anexo 02-A de la citada Resolución Suprema, determina el ámbito jurisdiccional de la Unidad de Gestión Educativa Local - Camaná, incluyendo al distrito de Río Grande de la provincia de Condesuyos, en concordancia con la propuesta técnica formulada por la Comisión Regional de Reestructuración de la Dirección Regional de Educación de Arequipa; Que, el Presidente del Gobierno Regional de Arequipa, ha solicitado al Ministerio de Educación, la modi fi cación de la Resolución Suprema Nº 204-2002-ED, en la parte que corresponde a los ámbitos jurisdiccionales de las Unidades de Gestión Educativa de Camaná y Condesuyos, precisando que el distrito de Río Grande debe pertenecer a la Unidad de Gestión Educativa Local de Condesuyos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el Anexo 02-A de la Resolución Suprema Nº 204-2002-ED, en lo referente a los ámbitos jurisdiccionales de las Unidades de Gestión Educativa Local de Camaná y Condesuyos, quedando modi fi cado el cuadro del mencionado Anexo de la siguiente manera: NºÓrganos Intermedios de Gestión EducativaUbicación de la sede institucionalÁmbito jurisdiccional 07 UGEL Camaná Camaná Comprende la provincia de Camaná, excepto el Centro Poblado Minas Eugenia del distrito Mariano N. Valcárcel. 11 UGEL Condesuyos Chuquibamba Comprende: la provincia de Condesuyos, excepto el distrito de Cayarani. Artículo 2º.- Encargar al Gobierno Regional de Arequipa y a la Dirección Regional de Educación de Arequipa la ejecución de acciones que aseguren un proceso adecuado y ordenado de transferencia de recursos humanos, materiales, financieros y acervo documental de la UGEL Camaná a la UGEL Condesuyos. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 102709-14 Autorizan salida temporal de bienes integrantes del patrimonio cultural de la nación para su exposición en Italia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2007-ED Lima, 29 de agosto de 2007 Visto, el Oficio Nº 869-2007-INC/DN cursado por la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Expediente Nº 12265-2007/INC, el Director Ejecutivo del Museo Arqueológico Rafael