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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de diciembre de 2007 358719 AGRICULTURA Crean la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 710-2007-AG Lima, 30 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Agricultura tiene por fi nalidad promover el desarrollo sostenido del Sector Agrario, encontrándose dentro del ámbito de su competencia la agroindustria, la agroexportación así como la comercialización de productos e insumos; Que, es objetivo institucional del Ministerio de Agricultura facilitar a los productores agrarios el acceso a servicios de asesoría jurídica, administrativa, de gestión, fi nanciamiento, asistencia técnica, sanidad y otros que les permitan mejorar su capacidad de gestión; Que, la globalización y desarrollo de mercados internacionales para los productos agrarios, así como la celebración de acuerdos y convenios comerciales internacionales y el proceso de descentralización que se viene impulsando en el frente interno, ofrecen nuevas oportunidades para el crecimiento del Sector Agrario y para el desarrollo de la competitividad agrícola del país; Que, en ese sentido, resulta conveniente que el Ministerio de Agricultura refuerce las actividades relacionadas a la propuesta, articulación y coordinación de las políticas y mecanismos vinculados a la promoción de la comercialización interna y externa de los productos agrarios con la fi nalidad de aprovechar las ventajas comparativas y competitivas del país en materia agraria y apoyar el acceso, fundamentalmente de los pequeños y medianos productores, a los mercados de productos agropecuarios; De conformidad con el Decreto Ley N° 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y el Decreto Supremo N° 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- CreaciónCréase la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado como un órgano no estructurado que funcionalmente reportará al Despacho Viceministerial y tendrá a su cargo la elaboración de propuestas, la articulación y coordinación de las políticas del Sector Agrario para promover el acceso de los productos agrarios peruanos a los mercados externos e internos, así como impulsar y coadyuvar a la adecuada implementación de los acuerdos y convenios comerciales que con tal propósito celebre el Perú. Artículo 2°.- Funciones La Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado tendrá las siguientes funciones: 2.1. Proponer las políticas del Sector Agrario para la promoción del acceso de los productos agrarios a los mercados nacionales e internacionales, coordinando internamente con los órganos correspondientes del Ministerio y las demás entidades del Sector, las acciones necesarias para ello. 2.2. Articular y coordinar las políticas del Sector Agrario para promover la oferta agraria exportable así como los aspectos relacionados al acceso a los mercados de los productos agrarios, con los sectores y entidades nacionales públicas y privadas que corresponda, dentro del ámbito de competencia de dichos sectores y entidades. 2.3. Apoyar el desarrollo del comercio externo e interno de productos agrarios y promover el desarrollo de la competitividad agrícola del país. 2.4. Analizar y realizar el seguimiento permanente del comportamiento de los productos agrarios en los mercados, para el mejor aprovechamiento de las oportunidades de dichos mercados. 2.5. Participar, en los temas de su competencia, en las negociaciones comerciales internacionales que realice el Perú con otros países o instituciones. 2.6. Apoyar e impulsar, en los temas de su competencia, la adecuada implementación y seguimiento de los acuerdos y convenios comerciales que suscriba el Perú, coordinando con las demás entidades del Sector las acciones necesarias para ello. 2.7. Participar en la elaboración de normas técnicas y en la implementación de sistemas de aseguramiento de calidad para los productores agrarios, así como prestarles asesoría frente a contingencias que se presenten en el exterior vinculadas con la comercialización de sus productos. 2.8. Difundir el marco normativo así como los resultados de los acuerdos comerciales celebrados por el Perú en materia agraria, a fi n de que los productores agrarios puedan alcanzar un óptimo aprovechamiento de tales acuerdos. 2.9. Organizar la participación de los agentes del Sector Agrario en ferias nacionales e internacionales y eventos de carácter similar destinados a la promoción e incentivo del comercio externo e interno de productos agrarios, coordinando con los sectores y entidades públicas y privadas que corresponda, dentro del ámbito de competencia de dichos sectores y entidades. 2.10. Desarrollar y participar en las actividades de capacitación para los agentes del Sector Agrario, en los temas de su competencia. Artículo 3°.- Plan de Trabajo La Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado presentará al Despacho Viceministerial su propuesta de plan de trabajo anual para su aprobación. Artículo 4.- Organización El Despacho Viceministerial dispondrá las acciones administrativas correspondientes. Artículo 5.- RecursosLos recursos para el funcionamiento de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado provendrán del presupuesto asignado al Ministerio de Agricultura, así como de la cooperación técnica y fi nanciera internacional, convenios y donaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 139066-1 Disponen que el Coordinador Nacional de PROAMAZONIA ejerza la representación del Ministerio ante el Consejo Nacional del Café y lo presida RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 711-2007-AG Lima, 30 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 005-2002-AG se constituyó el Consejo Nacional del Café el cual está conformado, entre otros, por el Ministro de Agricultura o su representante, quien lo preside. Que, mediante Resolución Ministerial N° 1283-2006- AG se dispuso que el Director General de Promoción Agraria ejerza la representación del Ministro de Agricultura ante el Consejo Nacional del Café y en esa condición presida el Consejo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2002- AG se creó el Programa de Desarrollo de la Amazonía