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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de diciembre de 2007 358735 por CARITAS DIOCESANA di ALBENGA - IMPERIA, a favor de la FUNDACION ANNA D’AMBROSIO DE PISCOPO, consisten en 206 bultos conteniendo, treinta (30) bultos con indumentaria (ropa) usada, trece (13) bultos con géneros (ropa) de punto usados, seis (6) bultos con toallas usadas, un (1) bulto con bolsas (carteras) usadas, doce (12) bultos con indumentaria íntima (medias y pantys) usadas, dos (2) bultos con cacharros (utensilios de cocina) usados, veintinueve (29) bultos con indumentaria (ropa) usada para niños, tres (3) bultos con máquinas de coser usadas, dos (2) bultos con utensilios para uso doméstico “vapuretto” (planchas eléctricas), cuatro (4) bultos con camas usadas para niños, cuatro (4) bultos con calzados usados para niños, cincuenta y cuatro (54) bultos con pasta (fi deos), dos (2) bultos con alimentos enlatados, nueve (9) bultos con algodón hidrófi lo, curitas y medicamentos con excepción de los señalados en el Ofi cio Nº 2246-2005-OGCI/MINSA, indicado en la Resolución Ministerial Nº 083-2006-MIMDES, un (1) bulto con cubiertas y sábanas usadas, un (1) bulto con bicicleta para niño, dos (2) bultos con una computadora usada Olivetti CDU1554/L002 – 1998, seis (6) bultos con juegos y juguetes usados, cinco (5) rollos de tela (en retazos), diecisiete (17) bultos con géneros (ropa) usados para niños y tres (3) bultos con artículos de escribir (cuadernos, plumones y libros), con un valor de € 3,000 (Tres mil y 00/100 Euros), con un peso bruto manifestado de 3,811 kilos, según Conocimiento de Embarque Nº VWA011527 y un peso bruto recibido de 3,870 kilos según Volante de Despacho Nº 00000000000000038336. Los bienes fueron entregados, para brindar apoyo a los trabajos asistenciales, que se realizaron a través del comedor del Centro Educativo Especial “La Sonrisa de Marielle”; el Botiquín “Anna D’Ambrosio de Piscopo”; Comedor “Casa Hogar de Nazareth”, entre otros. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 137948-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1366-RE Lima, 27 de noviembre de 2007 Visto, los expedientes Nºs. 10976-2006/6504- 2007/7937-2007, presentados por la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, mediante los cuales solicitan la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de la FUNDACIÓN DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS, con sede en Madrid, España; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente;Que, la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 8 de setiembre de 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en Madrid - España, se observa que la FUNDACIÓN DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS, ha efectuado una donación a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; Que, los bienes donados consisten en 403 láminas climatizadas Cinduteja y 66 láminas climatizadas Cindulit 180, con un valor de US$ 5,200.00 (Cinco mil doscientos y 00/100 Dólares Americanos), con un peso bruto manifestado de 13,838.78 kilos, según Conocimiento de Embarque QGA015419 y con un peso bruto recibido de 10,990 kilos, según Volante de Despacho Nº 00000000000000048892. Los bienes servirán para la construcción e implementación de centros, casas de retiro, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la FUNDACIÓN DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por la FUNDACIÓN DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, los bienes donados consisten en 403 láminas climatizadas Cinduteja y 66 láminas climatizadas Cindulit 180, con un valor de US$ 5,200.00 (Cinco mil doscientos y 00/100 Dólares Americanos), con un peso bruto manifestado de 13,838.78 kilos, según Conocimiento de Embarque QGA015419 y con un peso bruto recibido de 10,990 kilos, según Volante de Despacho Nº 00000000000000048892. Los bienes servirán para la construcción e implementación de centros, casas de retiro, entre otros. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 137948-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1367/RE Lima, 27 de noviembre de 2007 Vistos, los expedientes Nº 11381-2005/14156-2006 presentados por la ASOCIACION FUNDACION CONTRA EL HAMBRE mediante los cuales solicitan la inafectación