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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (01/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de diciembre de 2007 358734 que participará, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 10 al 14 de diciembre de 2007, en la Segunda Ronda de Negociaciones Comunidad Andina - Unión Europea (CAN-UE) para un acuerdo de Asociación, y del 08 al 09 de diciembre de 2007, en Reuniones de Coordinación Andina:  Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Adolfo Meza-Cuadra Velásquez, Director de Organización Mundial de Comercio de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, quien la presidirá;  Ministra en el Servicio Diplomático de la República Silvia Elena Alfaro Espinosa, Directora General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad Andina de la Subsecretaría de Asuntos Económicos; y,  Consejero en el Servicio Diplomático de la República Eduardo Miguel Pérez del Solar Marcenaro, Director de la Comunidad Andina de la Subsecretaría de Asuntos Económicos. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 – Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Gustavo Adolfo Meza-Cuadra Velásquez1,828.80 260.00 7+2 2,340.00 30.25 Silvia ElenaAlfaro Espinosa1,979.67 260.00 7+2 2,340.00 30.25 Eduardo MiguelPérez del Solar Marcenaro1,828.80 260.00 7+2 2,340.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del señalado viaje, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante su participación en las referidas reuniones. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 135322-1 Aprueban inafectación del IGV e ISC correspondientes a donaciones efectuadas a favor de instituciones privadas sin fines de lucro RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1364/RE Lima, 27 de noviembre de 2007 Visto el expediente Nº 9548-2006, presentado por la FUNDACION ANNA D’AMBROSIO DE PISCOPO, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de CARITAS DIOCESANA di ALBENGA - IMPERIA, con sede en Albenga – Italia; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la FUNDACION ANNA D’AMBROSIO DE PISCOPO, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 14 de setiembre del 2005, legalizada por el Consulado General del Perú en Genova – Italia, se observa que CARITAS DIOCESANA di ALBENGA - IMPERIA, ha efectuado una donación a favor de la FUNDACION ANNA D’AMBROSIO DE PISCOPO; Que, los bienes donados consisten en 206 bultos conteniendo, treinta (30) bultos con indumentaria (ropa) usada, trece (13) bultos con géneros (ropa) de punto usados, seis (6) bultos con toallas usadas, un (1) bulto con bolsas (carteras) usadas, doce (12) bultos con indumentaria íntima (medias y pantys) usadas, dos (2) bultos con cacharros (utensilios de cocina) usados, veintinueve (29) bultos con indumentaria (ropa) usada para niños, tres (3) bultos con máquinas de coser usadas, dos (2) bultos con utensilios para uso doméstico “vapuretto” (planchas eléctricas), cuatro (4) bultos con camas usadas para niños, cuatro (4) bultos con calzados usados para niños, cincuenta y cuatro (54) bultos con pasta (fi deos), dos (2) bultos con alimentos enlatados, nueve (9) bultos con algodón hidrófi lo, curitas y medicamentos con excepción de los señalados en el Ofi cio Nº 2246-2005-OGCI/MINSA, indicado en la Resolución Ministerial Nº 083-2006-MIMDES, un (1) bulto con cubiertas y sábanas usadas, un (1) bulto con bicicleta para niño, dos (2) bultos con una computadora usada Olivetti CDU1554/L002 – 1998, seis (6) bultos con juegos y juguetes usados, cinco (5) rollos de tela (en retazos), diecisiete (17) bultos con géneros (ropa) usados para niños y tres (3) bultos con artículos de escribir (cuadernos, plumones y libros), con un valor de € 3,000 (Tres mil y 00/100 Euros), con un peso bruto manifestado de 3,811 kilos, según Conocimiento de Embarque Nº VWA011527 y un peso bruto recibido de 3,870 kilos según Volante de Despacho Nº 00000000000000038336. Los bienes fueron entregados, para brindar apoyo a los trabajos asistenciales, que se realizaron a través del comedor del Centro Educativo Especial “La Sonrisa de Marielle”; el Botiquín “Anna D’Ambrosio de Piscopo”; Comedor “Casa Hogar de Nazareth”, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por CARITAS DIOCESANA di ALBENGA - IMPERIA, a favor de la FUNDACION ANNA D’AMBROSIO DE PISCOPO; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada