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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (17/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de diciembre de 2007 360251 Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Técnico de fecha 6 de diciembre del 2007, que sustenta la solicitud de exoneración, la adquisición de un terreno para el Proyecto “Nuevo Hospital Pisco” de la Red Asistencial Ica, es de vital importancia, dado que el Hospital I Antonio Skrabonja Antoncish de Pisco, como consecuencia del sismo del 15 de agosto del año en curso, sufrió daños irreparables en su estructura, lo que ha determinado el colapso estructural y funcional de todas las áreas del Hospital; Que, en ese aspecto, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) en su fi cha de evaluación de estructuras Nº 15023 de fecha 19.09.2007, ha concluido por la demolición del mismo, debido a las fallas existentes en vigas, columnas y muros; Que, el Hospital I Antonio Skrabonja Antoncish de Pisco de la Red Asistencial Ica, cuenta con una población adscrita de 38,445 asegurados, que representa el 13.43% de la población asegurada de la referida Red, recibiendo además 1865 asegurados referidos de establecimientos de menor nivel de atención Postas Médicas Villa Tupac y San Clemente; y, a su vez refi ere al Hospital II Rene Toche Groppo y al Hosp. III Félix Torrealva Gutierrez un promedio de 4,398 pacientes/año; Que, la Red Asistencial Ica, está conformada por 15 Centros Asistenciales distribuidos según complejidad; siete Postas Médicas, tres Centros Médicos, un Policlínico, dos Hospitales I, un Hospital II y un Hospital III; Que, la población de los distritos bajo el área jurisdiccional del Hospital I Antonio Skrabonja Antoncish es la siguiente: DISTRITO POBLACIÓN TOTAL PISCO 34224HUANCANO 352HUMAY 747PARACAS 1039SAN ANDRÉS 2083 TOTAL 38,445 Que, el inmueble donde funcionaba el Hospital I Antonio Skrabonja Antoncish de Pisco, se ubica en la calle San Francisco 322, constaba de dos bloques, uno que data del 1944, con más de 63 años de antigüedad, reestructurado y remodelado en el año 1987, donde funcionaban las atenciones ambulatorias, de ayuda al diagnóstico y áreas administrativas. El segundo bloque de 04 pisos estaba destinado a las atenciones de emergencia, hospitalización con 50 camas, cuidados críticos y centro quirúrgico con dos salas de operaciones y centro obstétrico; Que, la actual organización de oferta de servicios en el Hospital I Antonio Skrabonja Antoncish de Pisco, está orientada a la prevención y recuperación. El Centro Asistencial, siniestrado, está ubicado en el área urbana, cuenta con 50 camas, 13 consultorios físicos y 15 funcionales; se han acondicionado ambientes para consultorios externos para atención de Programas (TBC, VIH SIDA). Se cuenta con servicio de Emergencia y camas de observación, Centro Quirúrgico y Sala de Partos; Que, adicionalmente, el Informe Técnico señala que el mapa de zonas de riesgo de INDECI de la ciudad de Pisco ha tipifi cado la zona donde se ubica el Hospital I Antonio Skrabonja Antoncish de Pisco, como zona de peligro, por presentar un suelo arenoso, parcialmente licuable y con capacidad portante inferior a los 2 Kg/cm2, por este motivo y siendo la necesidad de contar con un área mayor y mejor accesibilidad se propone la adquisición de un terreno que cumpla con los requisitos técnicos; Que, visto el Estudio de Preinversión a nivel de Perfi l “Nuevo Hospital Pisco” aprobado con Resolución de Ofi cina Central de Planifi cación y Desarrollo Nº 061-OCPD-ESSALUD-2007, se propone la compra de los lotes Nº 2 y 3 colindantes entre sí, ubicados en la zona denominada La Esperanza, con frente a la Av. Las Américas, en el distrito y provincia de Pisco del departamento de Ica. Este Terreno se encuentra en una zona catalogada de bajo riesgo según INDECI y es el único que cumple con lo requerido por la Entidad para la construcción del Centro Asistencial; Que, este terreno tiene como frente la Av. Las Américas, que tiene una sección de 34.00 ml correspondiente a dos vías y un jardín central, al Este conduce a la Panamericana Sur y hacia el Oeste al distrito de San Andrés, convirtiéndose en una de las principales vías de la provincia de Pisco; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico, el inmueble en mención sólo puede ser adquirido por la Institución al propietario del mismo (Sra. Zenaida Huarcaya Pachas), lo cual consta en las partidas registrales del terreno, cumpliéndose así con el requerimiento de proveedor único; Que, de otro lado, el inmueble registra gravamen, tal como consta en la copia literal de la Ficha Registral; no obstante, el mismo será levantado al momento de realizarse la suscripción del contrato; asimismo, ante la Municipalidad Distrital de San Andrés se constató que en el predio no consta deuda por importe alguno, según se verifica de la Constancia de No Adeudos; Que, la Gerencia de la Red Asistencial Ica propone la exoneración del proceso de selección para la adquisición de terreno para el Proyecto “Nuevo Hospital Pisco”, por la causal de bien que no admite sustituto; Que, según el referido Informe Técnico, el monto estimado para la adquisición del terreno conformado por los lotes 02 y 03 que suman un área total de 10,554.97 m2, ubicado en la Av. Las Américas, del distrito y provincia de Pisco, según tasación realizada es de: $ 30.00 / m2 o su equivalente al tipo de cambio, haciendo un total de $ 316,649.10, lo que ameritaría que la adquisición del referido terreno para el Proyecto “Nuevo Hospital Pisco” de la Red Asistencial Ica, se lleve a cabo a través de una Licitación Pública; sin embargo, llevar a cabo dicho proceso de selección carecería de objeto toda vez que el terreno ubicado en la Av. Las Américas, del distrito y provincia de Pisco, de propiedad de la Sra. Zenaida Huarcaya Pachas, es el único terreno, que reúne las características requeridas para construcción del Nuevo Hospital Pisco de la Red Asistencial Ica; Que, de acuerdo al inciso e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, están exonerados de los procesos de selección, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, asimismo, el artículo 144° del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente. Se considerará proveedor único en los casos en que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, la realización de una Licitación Pública para la adquisición del terreno para el Proyecto “Nuevo Hospital Pisco” de la Red Asistencial Ica, no cumpliría función alguna, toda vez que dicha adquisición no admite sustitutos, esto es, se trata de una adquisición que sólo puede realizarse a un único proveedor -Sra. Zenaida Huarcaya Pachas- propietaria del inmueble, siendo importante la adquisición del mismo ya que, conforme se desprende del Informe Técnico que sustenta la exoneración, permitirá prestar que los servicios asistenciales de manera oportuna y adecuada en Pisco; Que, mediante Informe Legal N° 470-OCAJ-ESSALUD- 2007, la Ofi cina Central de Asesoría Jurídica emitió opinión legal sobre la procedencia de la exoneración solicitada por la Gerencia de la Red Asistencial Ica; Que, por consiguiente, al haberse confi gurado la causal prevista en el inciso e) del artículo 19° del