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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (26/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de diciembre de 2007 361093 RELACIONES EXTERIORES Aprueban inafectación del IGV e ISC a donaciones efectuadas a favor de instituciones sin fines de lucro RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1480-RE Lima, 21 de diciembre de 2007 Visto, el expediente Nº 14659-2006, presentado por la asociación COMUNIDAD TRAPEROS ÁGUILAS EMAUS, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida por Emmaüs International, con sede en Alfortville, Francia. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación COMUNIDAD TRAPEROS ÁGUILAS EMAUS, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema N° 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación del 17 de agosto 2006, legalizada por el Consulado General del Perú en París, se observa que, Emmaüs International, ha efectuado una donación a favor de la asociación COMUNIDAD TRAPEROS ÁGUILAS EMAUS; Que, los bienes donados consisten en 304 bultos conteniendo 14 cartones de toallas más cuadernos; 10 muebles, 16 bolsas de juguetes, 2 cartones de peluches, 23 camas, 1 cama de bebe, 8 maquinas de coser, 6 cajas de vajilla, 20 bolsas de ropa usada, 20 rollos de empapelada, 4 sofá, 35 sillas, 1 reposera, 1 maxi cosi, 7 cartones de lamparas, 105 cartones de ropa usada, 1 caja de libros, 2 cartones de casetes más CD, 2 bañeras de bebe, 2 juegos de living, 5 mesas, 4 bicicletas, 14 colchones y 1 sommier; valorizados en € 3,000.00 (Tres Mil y 00/100 Euros); con un peso bruto manifestado de 10,000 kgs y un peso bruto recibido de 6,010 kgs, enviados en un contenedor de 40´ N° TTNU4931273; amparados con Declaración Unica de Aduana N° 118- 2006-10-162706-01-3 de fecha 11-set-06, Volante de Despacho N° 00034553 de fecha 09-set-06, y Certificado de Conformidad de Ingreso al País de Donaciones de Ropa y Cazado Usados N° 194-2006 de fecha 06- set-06. Los bienes donados serán destinados para apoyar gratuitamente a las familias de menos recursos económicos del Departamento de Piura, a través de sus Programas Sociales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Emmaüs International a favor de la asociación COMUNIDAD TRAPEROS ÁGUILAS EMAUS;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Emmaüs International a favor de la asociación COMUNIDAD TRAPEROS ÁGUILAS EMAUS, consistente en 304 bultos conteniendo 14 cartones de toallas más cuadernos; 10 muebles, 16 bolsas de juguetes, 2 cartones de peluches, 23 camas, 1 cama de bebe, 8 máquinas de coser, 6 cajas de vajilla, 20 bolsas de ropa usada, 20 rollos de empapelada, 4 sofá, 35 sillas, 1 reposera, 1 maxi cosi, 7 cartones de lamparas, 105 cartones de ropa usada, 1 caja de libros, 2 cartones de casetes más CD, 2 bañeras de bebe, 2 juegos de living, 5 mesas, 4 bicicletas, 14 colchones y 1 sommier; valorizados en € 3,000.00 (Tres Mil y 00/100 Euros); con un peso bruto manifestado de 10,000 kgs y un peso bruto recibido de 6,010 kgs, enviados en un contenedor de 40´ N° TTNU4931273; amparados con Declaración Unica de Aduana N° 118-2006-10-162706-01-3 de fecha 11-set- 06, Volante de Despacho N° 00034553 de fecha 09-set- 06, y Certifi cado de Conformidad de Ingreso al País de Donaciones de Ropa y Cazado Usados N° 00194-2006 de fecha 06-set-06. Los bienes donados serán destinados para apoyar gratuitamente a las familias de menos recursos económicos del Departamento de Piura, a través de sus Programas Sociales. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 146179-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1481-RE Vistos, los expedientes Nº 7118/9967-2006 presentados por la asociación MISIÓN CRISTIANA CAMINO DE VIDA mediante los cuales solicitan la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de FREE WHEELCHAIR MISSION, con sede en California - Estados Unidos de América; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación MISIÓN CRISTIANA CAMINO DE VIDA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema N° 508-93- PCM;