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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de diciembre de 2007 361095 para reemplazar los accesorios dañados en los equipos, respectivamente. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 146179-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1483-RE Lima, 21 de diciembre de 2007 Visto, los expedientes Nº 13658-2006, Nº 14220- 2006, Nº 14775-2006 y Nº 4543-2007, presentados por SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, mediante los cuales solicita, en vía de regularización, la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Partners In Health, con sede en Boston, Massachusetts, Estados Unidos de América; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 17 de octubre de 2002, legalizado por el Consulado General del Perú en Boston se observa que, Partners In Health ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU; Que, los bienes donados consisten en 10 bultos, conteniendo medicinas, valorizadas en US$ 27,276.16, con un peso bruto manifestado de 273 kilos y un peso b ruto recibido de 280 kilos, y con un valor FOB de US$ 5 3,820.00 (Cincuenta y tres mil ochocientos veinte y 00/100 Dólares americanos) amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2002-10-083261-01-7-00 de fecha 31-Oct-02. Donación destinada para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogoresistente, dentro del marco del: “Memorándum de Entendimiento para la Ejecución del Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-PLUS en el Perú, años 2001–2005”, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, Socios en Salud Sucursal Perú y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Escuela de Medicina de la Universidad de Harvard, Boston, USA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aprobar, en vía de regularización, la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU consistente en 10 bultos, conteniendo medicinas, valorizadas en US$ 27,276.16, con un peso bruto manifestado de 273 kilos y un peso bruto recibido de 280 kilos, y con un valor FOB de US$ 53,820.00 (Cincuenta y tres mil ochocientos veinte y 00/100 Dólares americanos) amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2002- 10-083261-01-7-00 de fecha 31-Oct-02. Donación destinada para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogoresistente, dentro del marco del: “Memorándum de Entendimiento para la Ejecución del Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-PLUS en el Perú, años 2001–2005”, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, Socios en Salud Sucursal Perú y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Escuela de Medicina de la Universidad de Harvard, Boston, USA. Artículo Segundo .- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 146179-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1484-RE Lima, 21 de diciembre de 2007 Visto, el expediente Nº 10621-2006, presentado por SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Partners In Health, con sede en Boston, Massachusetts, Estados Unidos de América; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo