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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de enero de 2007 336926 Modifican la R.S. Nº 355-2006-PCM, que aprobó procedimiento para la convocatoria, evaluación y selección de candidatos a Presidentes de los Consejos Directivos y Tribunales de los Organismos Reguladores RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2007-PCM Lima, 3 de enero de 2007CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Consejo Directivo es el órgano de dirección máximo de cada Organismo Regulador y está integrado por 5 miembros, de los cuales 2 son propuestos por la Presidencia del Consejo de Ministros, uno de los cuales ejerce la Presidencia del Consejo Directivo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 355-2006- PCM se aprobó el procedimiento para la convocatoria, evaluación y selección de candidatos a Presidentes de los Consejos Directivos y Tribunales de los Organismos Reguladores; Que, a fi n de poder brindar mayor difusión y facilitar el procedimiento de selección señalado, es necesario ampliar el plazo de convocatoria, así como precisar algunos aspectos de dicho procedimiento; Que, conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27332, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM y el Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modifícase la Resolución Suprema Nº 355-2006-PCM en los siguientes términos: PROCESO DE CONVOCATORIA, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN (...)La Comisión Especial estará conformada por un número no menor de tres (3) miembros, uno de los cuales la presidirá, sus decisiones se tomarán por mayoría, en caso de empate el Presidente tendrá voto dirimente. (...) “PRIMERA FASE: CONVOCATORIA La convocatoria se realizará a través de la publicación de un aviso en el Diario O fi cial El Peruano y en otro diario de mayor circulación a nivel nacional, así como en el portal electrónico de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Organismo Regulador correspondiente. La publicación en los respectivos portales electrónicos se mantendrá durante 12 (doce) días hábiles. El plazo para presentar las postulaciones vence el décimo segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación del aviso en los respectivos diarios, debiendo considerarse esta fecha como la fecha de cierre de las postulaciones. (...)SEGUNDA FASE: EVALUACIÓN(...)b) Evaluación curricular. La Comisión Especial evaluará la documentación correspondiente, teniendo en consideración los factores a que se re fi ere los puntos 1 al 3 del punto VI del presente procedimiento. Esta evaluación culminará en un plazo máximo de 20 (veinte) días calendario contados desde la fecha de cierre de postulaciones. (...)REQUISITOS PARA POSTULAR Para ser miembro del Consejo Directivo se requiere: (...)c) Acreditar por lo menos estudios completos a nivel de maestría en materias relacionadas a la actividad objeto de competencia del organismo regulador. Este requisito se cumplirá acreditando estudios completos de maestría en materias de índole legal, regulatoria, económica, de administración o técnica, relacionadas a las actividades y funciones que corresponden al respectivo Organismo Regulador. (...)3. Trayectoria Profesional Este factor está orientado a cali fi car el tiempo que el candidato tiene trabajando como profesional y especialmente su experiencia en gestión ejecutiva. El puntaje máximo a asignar es de treinta y cinco (35) puntos. Experiencia en Gestión Ejecutiva - De 3 a 6 años máximo 5 puntos - De 6 a 10 años máximo 10 puntos - Más de 10 años máximo 20 puntos Experiencia en materia de Competencia del Regulador - De 5 a 10 años máximo 8 puntos- Más de 10 años máximo 15 puntos” Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 11931-2 AGRICULTURA Aprueban Addenda a Convenio suscrito entre el Ministerio y el PNUD para el Proyecto “Apoyo a la Gestión del Ministerio de Agricultura” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 047-2006-AG Lima, 31 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de enero del 2001 se suscribió un Convenio entre el Ministerio de Agricultura y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2005- AG, se aprobó la Addenda que, entre otros, amplió la vigencia del Convenio antes mencionado para el Ejercicio Presupuestal 2005; Que, mediante Resolución Suprema Nº 007-2006- AG, se aprobó la Addenda que, entre otros, amplió la vigencia del Convenio antes mencionado para el Ejercicio Presupuestal 2006; Que, a fi n de continuar con la Asistencia Técnica del PNUD al Ministerio de Agricultura, en cuanto al Asesoramiento y Consultoría, así como en lo referente a las adquisiciones de bienes y/o servicios para el Ejercicio Presupuestal 2007, es necesario modi fi car los alcances de dicho Convenio en lo referente a la ampliación de su