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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de enero de 2007 336939 dependiente (artículos 128 y 129), trá fi co de niños (artículos 153 y 153- A), violación de la libertad de trabajo (artículo 168), trá fi co de órganos y tejidos humanos (artículo 318- A), y secuestro agravado para obtener tejidos somáticos de la víctima (artículo 152); Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-IN de fecha 19 de febrero de 2004 se constituyó el Grupo de trabajo multisectorial permanente contra la trata de personas, presidido por la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, que tiene entre sus funciones “coordinar y promover el establecimiento de un sistema estadístico para el levantamiento y sistematización de información acerca de la trata de personas en el país”; Que, la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú es el órgano rector especializado del Sistema de Investigación Criminal y tiene por misión investigar, denunciar y combatir la delincuencia organizada y otros hechos trascendentes en los campos de los delitos que se encuentran tipi fi cados en el Código Penal, entre ellos la trata de personas; Que, en ejecución del convenio marco de cooperación interinstitucional suscrito con fecha 29 de marzo de 2006, el Ministerio del Interior y la organización no gubernamental Capital Humano y Social Alternativo han diseñado, validado e implementado como experiencia piloto en la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú y las Direcciones Territoriales de Chiclayo, Lima y Ayacucho el “Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de personas y Afi nes (RETA)”, que contiene indicadores sobre denuncias, diligencias policiales, lugares, hechos, identi fi cación de personas y tipi fi cación sobre la trata de personas con fi nes de explotación sexual y, en general, sobre los delitos referidos a explotación sexual, explotación laboral y trá fi co de órganos y tejidos humanos, así como del trá fi co ilícito de migrantes, estado de abandono de menores de edad, desaparición y violación sexual; Que, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Fundación Ricky Martin han instalado la línea telefónica 0800-2-3232 contra la trata de personas en la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior; Que, considerando que es política institucional la lucha frontal contra la trata de personas y, en general, la delincuencia organizada, se advierte la necesidad de institucionalizar el “Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de personas y A fi nes (RETA)” a cargo de la Policía Nacional del Perú, e interconectarlo con la línea telefónica 0800-2-3232 contra la trata de personas que funciona en la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN de fecha 1 de marzo de 2004, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior, y el Decreto Supremo Nº 004-2005-IN del 22 de julio de 2005, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1.- Institucionalizar el “Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de personas y A fi nes (RETA)”, cuyo servidor principal está instalado en la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú. Artículo 2.- Encargar a la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y a la Dirección de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú el monitoreo y seguimiento de la implementación progresiva y uso adecuado del “Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de personas y A fi nes (RETA)”. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior la interconexión del “Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de personas y Afi nes (RETA)”, con la línea telefónica 0800-2-3232 contra la trata de personas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 11855-5 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 140-2006-PRE/CONADIS Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia Nº 140- 2006-PRE/CONADIS, publicada en nuestra edición del día 31 de diciembre de 2006. En la página 336716;DICE:FERNANDO CASTAÑEDA Presidente (e)Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad DEBE DECIR:FERNANDO PILCO CASTAÑEDA Presidente (e)Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 11856-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de Embajador a Israel y Palestina, a fin de realizar consultas políticas con las autoridades competentes RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0001/RE Lima, 3 de enero de 2007CONSIDERANDO:Que se hace necesario el viaje del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores a Israel y Palestina, a fi n de realizar consultas políticas con las autoridades competentes; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o fi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006 y su modi fi catoria, el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006;