Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2007 (26/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

338361

Visto el Memorandum Nº 086-2007-MINCETUR/SG/ OGA e Informe Nº 040-2007-MINCETUR/SG/OGA-OASA, de la Oficina General de Administracion; CONSIDERANDO: Que, el mediante el articulo 1º del referido Decreto Supremo Nº 046-2005-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 073-2005-PCM, se aprobo el Plan Piloto para la Implementar las Compras Corporativas Obligatorias en el Estado, el cual comprende la adquisicion o contratacion, entre otros, de los servicios de telecomunicaciones; Que, el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 4132005-PCM, precisa que las modalidades de servicios de comunicaciones que seran contratadas en el MORDAZA del Plan Piloto de Compras Corporativas Obligatorias comprende, entre otros, el servicio de telefonia movil; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 254 y 363-2006-MINCETUR/DM, publicadas el 18 de agosto y 31 de octubre de 2006, respectivamente, por las razones que en las mismas se exponen, se declaro en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de telefonia movil en el MINCETUR y, en consecuencia, se procedio a la contratacion de dicho servicio, en el ultimo caso, hasta los primeros dias del mes de febrero o hasta que se suscriba el contrato respectivo en el MORDAZA de seleccion del Concurso Publico Nº 001-2006/UCCOPCM, convocado por la Unidad de Compras Corporativas Obligatorias de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el Informe del Visto, el Director de Abastecimiento y Servicio Auxiliares de la Oficina General de Administracion manifiesta que esta por vencerse la contratacion referida en el parrafo precedente y que, segun la pagina del web del SEACE, la fecha programada para el otorgamiento de la buena pro del referido Concurso Publico Nº 001-2006/UCCO-PCM fue el dia 13 de diciembre de 2006; sin embargo, dicho MORDAZA de seleccion, para el caso del item respectivo a telefonia movil, se encuentra suspendido como consecuencia de la interposicion de recursos impugnativos, primero de apelacion y posteriormente de revision; Que, en tal razon, el Director de Abastecimiento y Servicios Auxiliares manifiesta que resulta necesario declarar en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de telefonia movil en el MINCETUR, por un plazo de tres (3) meses o hasta la suscripcion del contrato con la empresa que obtenga la buena pro en el MORDAZA de seleccion que se realiza a traves de la Unidad de Compras Corporativas Obligatorias; Que, el servicio de telefonia movil resulta indispensable para el normal funcionamiento de las actividades y servicios que brinda el MINCETUR, puesto que facilita la comunicacion y coordinaciones entre los funcionarios en el ejercicio de sus funciones institucionales; Que, de acuerdo con el inciso c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM y sus modificatorias, estan exonerados del MORDAZA de seleccion correspondiente, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente; entendiendose por dicha figura, de conformidad con el articulo 21º del mismo cuerpo legal, como aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad necesarios, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, en tal sentido, corresponde aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de telefonia movil, bajo la causal de desabastecimiento inminente; Que, en el presente caso, la situacion de desabastecimiento inminente configurada deriva de una causa exogena a la Entidad, como es la suspension del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico Nº 001-2006/UCCO-PCM, en el MORDAZA del Plan Piloto de las Compras Corporativas Obligatorias y no

de la negligencia, inaccion, demora o dolo de funcionarios o servidores del MINCETUR, por lo que no corresponde la determinacion de responsabilidad administrativa; Que, el Director General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo ha dado su conformidad respecto a la disponibilidad presupuestal para la contratacion del mencionado servicio, por la fuente Recursos Ordinarios; De acuerdo con el Memorandum Nº 086-2007MINCETUR/SG/OGA e Informe Nº 040-2007-MINCETUR/ SG/OGA-OASA, de la Oficina General de Administracion, y el Memorandum Nº 029-2007-MINCETUR/SG-AJ e Informe Nº 005-2007-MINCETUR/Ases.-JCM, de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nª 083-2004-PCM y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM y la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Articulo 1º.Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de telefonia movil para el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, por el plazo MORDAZA de tres (3) meses o hasta la suscripcion del contrato derivado del MORDAZA de seleccion convocado dentro del MORDAZA del Plan Piloto de Compras Corporativas Obligatorias del Estado, lo que ocurra primero. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de telefonia movil, hasta por un monto de S/. 15,809.46, (Quince Mil Ochocientos Nueve con 46/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios asignados a este Pliego Presupuestal. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion a traves de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares a contratar el servicio requerido mediante acciones inmediatas, conforme a lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y sus modificatorias. Articulo 4º.- Disponer que se incluya en el contrato u orden de servicio que se derive como consecuencia de la autorizacion para realizar acciones inmediatas, una clausula de resolucion automatica, que se ejecutara con la sola comunicacion de la Entidad una vez que se encuentre consentido el otorgamiento de la buena pro en el MORDAZA de seleccion por Concurso Publico Nº 001-2006/UCCOPCM, que se lleva a cabo en el MORDAZA del Plan Piloto de las Compras Corporativas Obligatorias, si este se realiza MORDAZA de su vencimiento. Articulo 5º.- La Oficina General de Administracion queda encargada de publicar la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano y a traves del SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision, asi como de remitir MORDAZA de la misma y de los Informes que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 19912-1

DEFENSA
Modifican la R.S. Nº 502-2006-DE/FAPCP en lo relativo a nombre de oficial ,
RESOLUCION SUPREMA Nº 022-2007-DE/FAP MORDAZA, 25 de enero de 2007

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