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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de enero de 2007 338787 Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 21885-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican el Coeficiente de Remuneración por Categoría (CRC) de la Categoría Embajador DECRETO SUPREMO Nº 007-2007-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Visto, el Decreto Supremo Nº 16-95-RE de fecha 17 de junio de 1995, que aprueba el sistema de remuneraciones y boni fi caciones por servicio exterior de la República para las distintas categorías del personal diplomático; CONSIDERANDO: Que, con el propósito de mantener el equilibrio presupuestario, el Capítulo II de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, contempla normas de austeridad y racionalidad en el gasto, así como normas de disciplina presupuestaria; Que, con el fi n de adecuar las medidas internas de austeridad y racionalidad en el gasto del Ministerio de Relaciones Exteriores, que permitan fi nanciar los gastos prioritarios e ineludibles, es necesario modi fi car el Coefi ciente de Remuneración por Categoría (CRC) de los funcionarios con categoría de Embajador; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; con el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8. del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; SE DECRETA: Artículo Primero.- Modi fi ca Coe fi ciente de Remuneración por Categoría. Modifíquese de 10.00 a 9.00, el coe fi ciente de Remuneración por Categoría (CRC) de la Categoría Embajador, establecido en literal A) del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 016-95-RE de fecha 17 de junio de 1995, de los embajadores Jefes de Misión de las Embajadas, Consulados y Representaciones Permanentes del Perú en el exterior. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima a los treinta días del mes de enero del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 22010-1Autorizan a la Comisión Nacional de la Juventud efectuar pago de cuota a la Organización Iberoamericana de la Juventud RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 047-2007-RE Lima, 30 de enero de 2007 VISTO: El O fi cio Nº 016-2007-CONAJU-CNJ-OP/P, de 17 de enero de 2007, de la Presidenta de la Comisión Nacional de la Juventud, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota 2007 a la Organización Iberoamericana de la Juventud. CONSIDERANDO: Que el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene fi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota 2007 al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Comisión Nacional de la Juventud; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Comisión Nacional de la Juventud a efectuar el pago de US$ 6,000.00 (SEIS MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), a la Organización Iberoamericana de la Juventud, correspondiente a la cuota 2007. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Comisión Nacional de la Juventud. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 22010-4 Autorizan a ciudadanos peruanos residentes en España para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 048-2007-RE Lima, 30 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que seis (6) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, solicitan autorización del señor