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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (10/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de junio de 2007 346872 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. N° 321-2007-OS/CD.- Declaran fundado en parte recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución OSINERGMIN N° 173- 2007-OS/CD 346918 Res. N° 324-2007-OS/CD.- Aprueban Reglamento de Supervisión de las Actividades Energéticas y Mineras de OSINERGMIN 346921 SEGURO INTEGRAL DE SALUD R.J. N° 0105-2007/SIS.- Aprueban y formalizan pago de prestaciones de salud a diversas Unidades Ejecutoras 346929 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Fe de Erratas Res. N° 102-2007/SUNAT 346933 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Ordenanza N° 012-AREQUIPA.- Crean el Comité de Gestión del Desarrollo Sur Peruano Corredor Interoceánico CGDS Agrario 346933 Ordenanza N° 013-AREQUIPA.- Crean el Consejo Regional de Desarrollo de los Camélidos Sudamericanos de la Región Arequipa CORECSA 346935 Ordenanza N° 014-AREQUIPA.- Autorizan a la Presidencia del Gobierno Regional de Arequipa utilizar ingresos para completar el monto de co financiamiento y garantías de la Concesión de Obras Mayores de A fianzamiento Hídrico y de Infraestructura Irrigacional del Proyecto Majes Siguas - Segunda Etapa 346937 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Ordenanza N° 251-2007/MDB-CDB.- Regulan la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el distrito 346939 Ordenanza N° 256-2007/MDB-CDB.- Disponen rebaja en la tasa correspondiente a la obtención del Carné de Salud como medida de promoción, protección y control de la salud pública 346942 Anexo Ordenanza N° 249-2007/MDB-CDB.- Organigrama Estructural de la Municipalidad 346943MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Ordenanza N° 150.- Establecen la obligación de presentar la declaración jurada masiva del Impuesto Predial y otorgan bene ficios tributarios y administrativos 346944 Ordenanza N° 151.- Prohiben la venta y servicios de cambio de lubricantes, reparación y mantenimiento de vehículos, carpintería, herrería y otros en la vía pública 346949 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Acuerdo N° 039.- Rechazan resolución expedida por la Municipalidad Provincial de Huarochirí que crea dentro de la jurisdicción del Distrito de San Juan de Lurigancho la Municipalidad de Centro Poblado Menor del Anexo 22, Pampa Canto Grande 346950 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Ordenanza N° 063-MDSL.- Aprueban Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008 346951 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza N° 013-2007/MVMT.- Amplían plazo de Bene ficio Tributario establecido en la Ordenanza N° 005-2007/MVMT sobre reducción temporal de derechos por constancia de posesión para moradores de Asentamientos Humanos 346951 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. N° 000021.- Prorrogan autorizaciones otorgadas a empresas de transporte que presten servicio de transporte público interurbano de pasajeros cuya autorización se encuentre por vencer el 30 de junio de 2007 346952 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL AZANGARO Acuerdo N° 008-2007-MPA/RP.- Fijan montos de remuneración mensual del Alcalde y de dieta de Regidores del Concejo Provincial 346953 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO R.A. N° 416-2007-MPCP.- Aprueban la continuación de trámite de prescripción adquisitiva de dominio de terreno solicitado por posesionarios de asentamiento humano 346953 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY N º 29034 LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE LA HOMOLOGACIÓN DE LOS CONTRATOS DE OBRA CON LOS CONTRATOS DE BIENES Y SERVICIOS QUE CELEBREN LAS MYPE CON EL ESTADO PARA PODER OTORGAR LA RETENCIÓN DEL 10% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO COMO GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Artículo 1º- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto hacer extensivo, a los contratos para la ejecución de obras y los contratos de consultoría de obras que celebren las MYPE con el Estado, el bene ficio de optar por la retención del diez por ciento (10%) del monto total del contrato suscrito, en sustitución de la obligación de otorgar la garantía de fiel cumplimiento mediante carta fianza o póliza de caución. No corresponde la retención en los casos de garantías por adelantos. En el caso de los contratos para la ejecución de obras, tal bene ficio sólo será procedente cuando: 1) Por el monto, el contrato a suscribirse corresponda a un proceso de selección de adjudicación de menor cuantía, a una adjudicación directa selectiva o a una adjudicación directa pública; 2) el plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario; y, 3) el pago a favor del contratista considere, cuando menos, dos (2) valorizaciones periódicas en función del avance de la obra. Artículo 2º.- Modi ficación del artículo 21º de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa Modifícase el artículo 21º de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: