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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de junio de 2007 347696 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 171-2006-RE, del 23 de mayo de 2006, se declaró de interés nacional el ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia Pací fico (APEC) durante el año 2008, incluyendo la realización de la XVI Cumbre de Líderes de dicho foro, sus Reuniones Ministeriales, conferencias especializadas y otros eventos que se programen en ese marco; así como todas las actividades preparatorias y conexas que se lleven a cabo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 013-2007- PCM, modi ficada por la Resolución Suprema Nº 098- 2007-RE, se creó la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel (CEAN) APEC-2008, responsable de la preparación y de la organización de la Presidencia del Perú en APEC el año 2008; Que, la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel (CEAN) APEC-2008, como responsable de la organización de la Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia–Pací fico, a realizarse en el Perú en el 2008 y de sus reuniones preparatorias, debe cubrir las necesidades relativas a los servicios informáticos, de documentación y de comunicaciones; Que, las reuniones señaladas en el visto se han coordinado con la Secretaría Internacional de APEC y con la Comisión Australiana del Foro APEC-2007 (Taskforce APEC-2007) y servirán para que los especialistas peruanos recojan la experiencia en materia de Tecnologías de la Información, Comunicaciones, Audiovisuales, Documentación y Página Web, de modo que puedan transferir los conocimientos a la organización del Foro de APEC-2008 que se celebrará en Perú; Que en ese sentido, es importante autorizar el viaje de los asesores de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008 especializados en asuntos técnicos de la organización de la Cumbre; De conformidad con el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o ficiales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; la Resolución Suprema Nº 013-2007-PCM, que creó la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel (CEAN) APEC-2008; la Resolución Suprema Nº 171-2006-RE, que declara de interés nacional el Foro APEC-2008, y la Vigésimo Octava Disposición Final de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, que exceptúa de las medidas de austeridad los eventos programados del Foro APEC- 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Juan Carlos Pacheco Pacheco, Asesor en Informática y Documentación de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel (CEAN) APEC-2008 y Carlos César Salazar Haizen, Jefe de Documentación y Producción Grá fica de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel (CEAN) APEC-2008, a las ciudades de Cairns y Sydney, Australia, del 22 de junio al 10 de julio de 2007 y a la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 11 al 13 de julio de 2007, a fin que participen en diversas reuniones de trabajo vinculadas al Foro de APEC- 2007, que les permitirá conocer la experiencia de los equipos de trabajo en Tecnologías de la Información, Comunicaciones, Audiovisuales, Documentación y Página Web. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 24052 - XVI Cumbre APEC-2008, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de las mismas, de acuerdo con el siguiente detalle:Nombres y ApellidosPasajes US$Lugar de destinoViáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Juan Carlos Pacheco Pacheco4,445.98Australia 240.00 19+2 5,040.00 30.25Singapur 260.00 3+2 1,300.00 Carlos César Salazar Hizen 4,445.98Australia 240.00 19+2 5,040.00 30.25Singapur 260.00 3+2 1,300.00 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las citadas reuniones, los citados funcionarios deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 76365-2 Modifican la R.M. Nº 0662-2007- RE, que autorizó viaje de funcionaria diplomática a EE.UU. para realizar gestiones vinculadas al TLC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0697-RE Lima, 22 de junio de 2007 VISTA: La Resolución Ministerial Nº 0662-2007-RE, de 15 de junio de 2007, que autorizó el viaje de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República, Silvia Elena Alfaro Espinosa, Directora de Negociaciones de Tratados de Libre Comercio de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 18 al 21 de junio de 2007, para que realice gestiones ante las autoridades de ese país relacionadas con la aprobación, por parte del Congreso de los Estados Unidos de América, del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con el Perú; CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global; Que, es conveniente para el interés nacional la continuación de una activa participación del Ministerio de Relaciones Exteriores en las gestiones orientadas a apoyar y promover la aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial entre el Perú y los Estados Unidos de América por parte de las autoridades de los Estados Unidos, con miras a su pronta puesta en vigencia; Que, la Embajada del Perú en Washington ha informado, mediante Mensaje L-WASHINGTON20070822, de 20 de junio de 2007, que debido a la complejidad de la negociación de los textos de la agenda del Acuerdo de Promoción Comercial Perú-Estados Unidos de América, se requiere la presencia de la indicada funcionaria a fin de atender la negociación de dichos textos, hasta el día 23 de junio de 2007, inclusive; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) Nº 0380/2007, de 21 de junio de 2007, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º