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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de marzo de 2007 341856 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la persona a que se re fi ere el Artículo 1° de la presente Resolución Suprema, presentará a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el viaje que se autoriza; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 38935-8 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 045-2007-MINCETUR Lima, 19 de marzo de 2007 Vista la Carta N° C.168.2007/PP.GG de la Gerente General de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú. CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, entidad en proceso de fusión con la Comisión para la Promoción de las Exportaciones - PromPex, es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas y estrategias de promoción del turismo interno y receptivo, así como de promover y difundir la imagen del Perú en materia de promoción turística; Que, acorde con sus funciones, PromPerú tiene previsto llevar a cabo los Workshops “Caravana Turística Norte de Chile 2007°, a realizarse en las ciudades de Arica, Iquique y Antofagasta, República de Chile, los días 27, 28 y 29 de marzo de 2007, dirigidos exclusivamente a profesionales del turismo que venden o tienen previsto vender el destino Perú, permitiendo a través de reuniones de trabajo y negociaciones directas entre tour operadores y agentes de viajes invitados previamente por PromPerú, una difusión personalizada del producto Perú; Que, por ser indispensable para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, la Gerente General de PromPerú solicita se autorice el viaje de las señoritas María Alejandra Rojas Rieckhof y Claricia Tirado Díaz, quienes prestan servicios en la Gerencia de Turismo Receptivo y la Gerencia de Turismo Interno de PromPerú respectivamente, para que en representación de la entidad desarrollen diversas actividades vinculadas a la promoción turística en los workshops antes mencionados; Que, de acuerdo con la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, han quedado prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, el Decreto Supremo N° 012-2003-MINCETUR y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; Con la visación de la Gerente Legal, Gerente de Administración y Finanzas y Gerente General de PromPerú;SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de las señoritas María Alejandra Rojas Rieckhof y Claricia Tirado Díaz, a las ciudades de Arica, Iquique y Antofagasta, República de Chile, del 26 al 30 de marzo de 2007, para que en representación de PromPerú, entidad en proceso de fusión con PromPex participen en los Workshops, a realizarse en dichas ciudades. Artículo 2°.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 × 4½ días x 2 personas) : US$ 1 800,00 - Tarifa Corpac (US$ 30.25 × 2 personas) : US$ 60.50 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la persona a que se re fi ere el Artículo 1° de la presente Resolución Suprema, presentará a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el viaje que se autoriza; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 38935-9 DEFENSA Disponen Llamamientos Ordinarios para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo corres-pondiente al año 2007 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2007-DE/EP Lima, 19 de marzo de 2007 Vista, la Hoja Informativa Nº 001 F-2.c/SD - ALSM/ DIMOV, suscrita por el General de Ejército Comandante General del Ejército. CONSIDERANDO: Que, el artículo 163º de la Constitución Política, establece que el Estado garantiza la seguridad de la Nación, mediante el Sistema de Defensa Nacional, indicando que toda persona natural o jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional de conformidad con la Ley; Que, la Ley Nº 27178, Ley del Servicio Militar y su respectivo Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-DE/SG de 29 de febrero de 2000, establecen los alcances del Servicio Militar en los aspectos referentes a las modalidades, organización, procedimientos y otros; entre los cuales se encuentran los Llamamientos Ordinarios, acto por el cual se convoca a los inscritos para su incorporación voluntaria al “Servicio en el Activo” en los Institutos de las Fuerzas Armadas;