Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2007 (05/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de mayo de 2007 344735 empresa petrolera UNIPETRO ABC SAC., y en cuanto a los viáticos de la Profesora Svitlana Sespedes Valkarsel serán fi nanciados a través de los recursos directamente recaudados de la O fi cina de Posgrado de la Universidad. Artículo 6º.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, los citados funcionarios deberán presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 7º.- Disponer que la O fi cina Central de Logística publique la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley 27619. Regístrese, comuníquese y archíveseROBERTO MORALES MORALES Rector 56432-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Modifican numeral de las Disposiciones Transitorias del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de PETROPERÚ S.A. RESOLUCIÓN Nº 230-2007-CONSUCODE/PRE Jesús María, 2 de mayo de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de la empresa Petróleos del Perú (PETROPERÚ S.A.), se declaró de interés nacional el fortalecimiento y modernización de la Empresa Petróleos del Perú (PETROPERU S.A.) Que, de acuerdo con la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28840, las adquisiciones y contrataciones de PETROPERU S.A. se regirán por su propio Reglamento propuesto por su Directorio y aprobado por el CONSUCODE. Que, mediante Resolución N° 456-2006- CONSUCODE/PRE, del 24.10.2006, el CONSUCODE aprobó el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A y sus documentos complementarios que incluyen el Reglamento de Gestión de Base de Datos de Proveedores Cali fi cados de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., el que entró en vigencia el 6.11.2006. Que, de acuerdo con el numeral 5.1 del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A, esta Entidad identi fi ca, selecciona y registra a sus proveedores en su Base de Datos de Proveedores Cali fi cados, que forma parte del Registro Nacional de Proveedores del CONSUCODE. Que, el numeral 13.1 de las Disposiciones Transitorias del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A indica que durante los seis primeros meses desde el inicio de la vigencia del citado Reglamento, no será condición para participar como postor en los procesos de adquisiciones y contrataciones, estar inscrito en la Base de Datos de Proveedores Cali fi cados de PETROPERÚ. Que, en la sesión de Directorio N.° 013-2007 realizada con fecha 19.4.2007, se informó que desde la vigencia del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A se evaluaron empresas que provean el soporte técnico, económico y legal necesario para la cali fi cación de alrededor de tres mil proveedores que mantienen relaciones comerciales con PETROPERÚ, observándose que para la aplicación del Reglamento de Gestión de Bases de datos de Proveedores cali fi cados de PETROPERÚ resulta conveniente contar con un plazo mayor al consignado en el numeral 13.1 de las Disposiciones Transitorias del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A. Que, en la sesión citada en el considerando precedente, el Directorio de PETROPERÚ acordó modi fi car el plazo consignado en el numeral 13.1 de las Disposiciones Transitorias del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., de modo que donde dice “seis primeros meses” debe decir “dieciocho primeros meses”. Que, a través de la Carta GLOG-1308-2007, recibida el 24.4.2007, a la que se adjunta una copia del acta de la sesión de Directorio N.° 013-2007, de fecha 19.4.2007, PETROPERÚ solicita que este Consejo Superior apruebe la modi fi cación acordada por su Directorio. Que, de acuerdo con la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28840, las modi fi caciones al Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A. deben ser propuetas por el Directorio de PETROPERÚ y aprobadas por el CONSUCODE. De conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28840 y por el numeral 28) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de CONSUCODE, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2006-EF y con la visación de la Gerencia de Normas y Procesos y la Gerencia de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modi fi cación del numeral 13.1 de las Disposiciones Transitorias del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., propuesta por PETROPERÚ, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Durante los dieciocho primeros meses desde el inicio de la vigencia del presente Reglamento, no será condición para participar como postor en los procesos de adquisiciones y contrataciones, estar inscrito en la Base de Datos de Proveedores Cali fi cados de PETROPERÚ. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación. Regístrese y comuníquese.LUIS TORRICELLI FARFÁN Presidente 56031-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre Explosivos y accesorios de voladura y Calzado RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 037-2007/INDECOPI-CRT Lima, 18 de abril de 2007CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones