TEXTO PAGINA: 61
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de mayo de 2007 344739 ponga a disposición del Consejo Regional a fi n de que se deje sin efecto la Ordenanza Regional Nº 038-06-GRA/CR, mientras se proponga el Proyecto de Ordenanza Regional que apruebe la nueva estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – 2007 del Gobierno Regional de Ayacucho, consecuentemente también deberá dejarse sin efecto la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF vigente aprobado por Ordenanza Regional Nº 031-05-GRA/CR; Que, durante la implementación de la vigente Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones, se presentaron hechos que sustentan su modi fi cación con la creación de la O fi cina de Defensa Nacional dependientes de la Alta Dirección; ubicación como Unidades Estructuradas dependientes de la Gerencia General Regional el Servicio de Equipo Mecánico Regional, O fi cina Regional de Estudios e Investigación; la Subgerencia de Supervisión dependiente de la Gerencia Regional de Infraestructura; Subgerencia de MYPES e Inversión y Desarrollo Sectorial como órganos dependientes de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Subgerencias de Sectores Sociales y Promoción del Desarrollo Humano dependientes de la Gerencia Regional de Desarrollo Social; Que, el artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización y demás Leyes de la República; y el literal a) del artículo acotado señala que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con los literales a) y b) del artículo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27783 Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Ley Nº 27902 y Ley Nº 28967; el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR la modi fi catoria de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – R.O.F. del Gobierno Regional de Ayacucho, que consta de siete (7) Títulos, diecinueve (19) Capítulos, veintiún (21) Secciones, ciento veinte (120) Artículos, nueve (9) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales y dos (2) Anexos; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo:- DÉJESE SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 038-06-GRA/CR de fecha 19 de diciembre del 2006 y la Ordenanza Regional Nº 031-05-GRA/CR de fecha 11 de julio del 2005. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil siete. POR TANTO:Mando se Publique y CumplaDado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil siete. ERNESTO MOLINA CHÁVEZ Presidente 55852-1 Ratifican la continuidad de la ejecución de obras de infraestructura, operación, mantenimiento y desarrollo rural del Proyecto “Río Cachi” ORDENANZA REGIONAL Nº 005-07-GRA/CR Ayacucho, 24 de abril del 2007EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de abril del 2007, trató el tema relacionado a precisar los alcances de la Ordenanza Regional Nº 003-07-GRA/CR, a efectos de determinar los mecanismos que garanticen la continuidad y conclusión de las Obras, el Desarrollo Rural y la Operación y Mantenimiento del Proyecto “Río Cachi”; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 191º de la Constitución Política del Estado en concordancia al artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos establecen que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público interno que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobierno Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-07-GRA/CR, de fecha 9 de marzo del 2007, se dispuso la desactivación y liquidación administrativa y fi nanciera del Proyecto “Río Cachi”, con efectividad al 6 de marzo del 2007, así como se encargó al Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho la continuación de la ejecución de las obras pendientes del Proyecto “Río Cachi”; Que, de conformidad a lo establecido por el inciso 40.2 del artículo 40º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces; Que, al haberse dispuesto la desactivación y liquidación administrativa y fi nanciera del Proyecto Especial “Río Cachi”, de conformidad a lo establecido por el Art. 41º, Inc. 41.2, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se realicen de la Unidad Ejecutora 005: Proyecto Especial Río Cachi - PERC a la Unidad Funcional 001: Sede Ayacucho, no están sujetas a las limitaciones establecidas en el inciso 41.1 del referido artículo; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, su modi fi catoria Ley Nº 27902 y la Ley Nº 28968, el pleno del Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros y la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta; ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- RATIFICAR la continuidad de la ejecución de obras de infraestructura, operación, mantenimiento y desarrollo rural del Proyecto “Río Cachi”, dispuesto por el artículo 2º de la Ordenanza Regional Nº 003-07-GRA/CR de fecha 9 de marzo del 2007, hasta su culminación por parte del Gobierno Regional de Ayacucho, a través de la Unidad Ejecutora 001: Sede Ayacucho, las que se desarrollarán exclusivamente en el ámbito rural. Artículo Segundo.- APROBAR, la transferencia de los saldos del Presupuesto del año fi scal 2007 de las metas de la Unidad Ejecutora 005: Proyecto Especial “Río Cachi” a la Unidad Ejecutora 001: Sede Ayacucho, el mismo que garantiza la ejecución de las metas del Proyecto Río Cachi. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Presidente del Gobierno Regional el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ORDENAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional, efectuar las modi fi caciones presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a las