Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2007 (28/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 28 de MORDAZA de 2007

Nº 771-2006-TC-SU del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante legal de la empresa Urgencia Postal S.A, realizo una falsa declaracion en relacion a hechos que le correspondia probar, violando la presuncion de veracidad establecida por Ley, por cuanto, en el Concurso Publico Nº 00072005-RENIEC convocado por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil para la contratacion de servicio de mensajeria a nivel nacional, declaro que dicha empresa no estaba impedida para contratar con el Estado, no obstante encontrarse inhabilitada para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado durante la fecha en que se llevo a cabo el citado concurso; Que, el comportamiento del citado ciudadano, evidencia la presunta comision del delito contra la Administracion Publica - Falsa Declaracion en Procedimiento Administrativo, tipificado en el articulo 411º del Codigo Penal; Que, en atencion a los fundamentos que anteceden y a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del RENIEC, para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Administracion Publica - Falsa Declaracion en Procedimiento Administrativo, en agravio del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MIRANDA. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico del RENIEC, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 64756-4

Que, las Aseguradoras de los Programas de Seguros de Accidentes Personales vienen solicitando los resultados de los Dosajes Etilicos que se les practican a los usuarios implicados, entre ellos el de las personas fallecidas, siendo estos resultados de indole judicial por lo que en virtud a dichas solicitudes la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal, mediante el Oficio Nº 027-2007-MPFN-IML/JN del 18 de enero de 2007, ha tramitado el requerimiento formulado por la Subgerencia de Laboratorio de Toxicologia y Quimico Legal mediante el Oficio Nº 01362007-MP-FN-IML-JN-GECRIM/LATOQUIL, de la inclusion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del servicio de MORDAZA Certificada de Examenes Auxiliares; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 229-2007-MP-FN-OAJ manifiesta que, en virtud a lo dispuesto por el articulo 160º numeral 160.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el articulo 50º numeral 1) de la MORDAZA precitada y la Ley Nº27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, las Aseguradoras tienen las mismas facultades y derechos que cualquier administrado y por tanto se puede hacer extensiva la entrega de los duplicados o copias certificadas que soliciten, haciendose necesaria la inclusion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, del servicio de MORDAZA Certificada de Examenes Auxiliares; Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-EF se modificaron algunos articulos del Capitulo V del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estableciendose en su articulo 149º que los Recursos de Apelacion seran presentados ante y resueltos por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, siendo reforzado por el Acuerdo Nº 004/2007 del citado Tribunal que establece que no sera exigible la MORDAZA del comprobante de pago de la tasa para el tratamiento de los Recursos de Apelacion; Contando con el visto MORDAZA de la Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica, Gerencia Central de Recursos Humanos, Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal, Oficina de Asesoria Juridica, Gerencia General; y, Al MORDAZA de lo establecido en el numeral 36.3 del articulo 36º concordante con los numerales 38.5 y 38.3 del articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico. SE RESUELVE:

MINISTERIO PUBLICO
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio Publico para el ano 2007
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 568 -2007-MP-FN MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Informe Nº 007-2007-MP-FN-GG/GEPRE de fecha 10 de MORDAZA de 2007 de la Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica, relacionado con la actualizacion del TUPA-MP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 570-2006-MP-FN, de fecha 25 de MORDAZA de 2006, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, MORDAZA del Ministerio Publico y mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1132-2006-MP-FN de fecha 19 de setiembre de 2006 se aprobo su modificatoria; Que, los costos de los procedimientos formulados en el TUPA-MP se encuentran sujetos a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), la cual ha sido actualizada por el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Decreto Supremo Nº 213-2006-EF del 27 de septiembre de 2006, con su MORDAZA valor ascendente a S/. 3.450,00 nuevos soles para el ano en curso, debiendo procederse a los ajustes de los costos mencionados;

Articulo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Publico para el ano 2007, el mismo que consta de doce (12) procedimientos. Articulo Segundo.- Las solicitudes de servicio provenientes de otras dependencias del Estado, se regiran por el criterio de colaboracion interinstitucional, establecido por los articulos 77º y numeral 79.2 del articulo 79º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Articulo Tercero.- Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Secretaria General de la Fiscalia de la Nacion, de los Fiscales Superiores Decanos, Gerente General, Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y de la Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica para los fines pertinentes. Articulo Cuarto.- Las Fiscalias Superiores Decanas a traves del Administrador del Distrito Judicial respectivo, dispondran que el TUPA-MP aprobado en el articulo primero de la presente Resolucion, sea publicado en zonas visibles de todas las dependencias Fiscales y Divisiones Medico Legales del Distrito Judicial correspondiente. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Central de Tecnologias de la Informacion la publicacion de la presente Resolucion y su anexo en la pagina web e Intranet de la institucion. Articulo Sexto.- Dejar sin efecto la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 570-2006-MP-FN, quedando vigente el uso del Formato de Solicitud de Acceso a la Informacion Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion

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