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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de mayo de 2007 346064 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionario a México para participar en Seminario sobre Supervisión Basada en Riesgo RESOLUCIÓN SBS Nº 671-2007 Lima, 25 de mayo de 2007EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La convocatoria cursada a esta Superintendencia por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), con el fi n de participar en el Seminario sobre Supervisión Basada en Riesgo, organizado por la citada entidad y el Of fi ce of the Superintendent of Financial Institutions Canada (OSFI), el mismo que se llevará a cabo del 29 de mayo al 1 de junio de 2007 en la ciudad de México D.F., México; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento, dirigido especialmente a supervisores bancarios responsables del monitoreo y/o supervisión in situ de la cartera de instituciones fi nancieras, tiene por fi nalidad facilitar a los asistentes el conocimiento del entorno de la regulación canadiense y su preparación orientada a la aplicación de un proceso de supervisión basado en riesgos, que los guíe a través del desarrollo de actividades analíticas y de investigación a fi n de poder enfrentar de manera satisfactoria situaciones reales; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, al señor José Carlos Antonio Torres Chávez, Intendente de Banca del Departamento de Evaluación Bancaria B de la Superintendencia Adjunta de Banca y Micro fi nanzas, para participar en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-09, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, Nº SBS-DIR-ADM-085-09; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor José Carlos Antonio Torres Chávez, Intendente de Banca del Departamento de Evaluación Bancaria B de la Superintendencia Adjunta de Banca y Micro fi nanzas, a la ciudad de México D.F., México del 28 de mayo al 2 de junio de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (clase económica) US$ 785,92 Viáticos 1 100,00 Tarifa CORPAC 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 65363-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Declaran que el Tribunal carece de competencia para emitir pronunciamiento respecto a la supuesta responsabilidad de SERELCSA E.I.R.L. por la presentación de documentos falsos y/o inexactos ante la Municipalidad Distrital de Cristo Nos Valga RESOLUCIÓN Nº 507-2007-TC-S3 Sumilla: Este Tribunal carece de competencia para emitir su pronunciamiento sobre la supuesta responsabilidad de la Contratista, puesto que no obra en autos información que permita determinar fehacientemente que el contrato en virtud del cual se presentó el expediente técnico cuestionado, ha sido celebrado bajo el amparo de la normativa especial que rige las contrataciones y adquisiciones del Estado, debido a que la Entidad no ha cumplido con remitir la documentación acreditativa correspondiente. Lima, 23 de mayo de 2007 Visto, en sesión de fecha 21 de mayo de 2007 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente Nº 420.2005.TC sobre la aplicación de sanción a la empresa SERELCSA E.I.R.L. por supuesta responsabilidad en la presentación de documentos falsos y/o declaración jurada con información inexacta ante la Municipalidad Distrital Cristo Nos Valga, durante la elaboración del expediente técnico objeto del Contrato de Locación de Servicios del 30 de setiembre de 2004, denominado Replanteo Subestación tipo monoposte de 25 KVA para el suministro eléctrico en media tensión para la Cámara de Saneamiento de San Cristo; y, atendiendo a los siguientes: