Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2007 (28/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, lunes 28 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

346055

ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Autorizan delegacion de facultad para evaluar y declarar viabilidad de Proyectos de Inversion Publica a titulares de pliego de universidades publicas, con montos de inversion iguales o menores a S/. 6'000,000.00
RESOLUCION Nº 261-2007-ANR MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2007 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Decreto Supremo Nº 221-2006-EF de fecha 30 de diciembre de 2006, la Resolucion Directoral Nº 002-2007EF/68.01 publicada el 3 de marzo de 2007, el Oficio Circular Nº 004-2007-EF/68.01 y el Memorando Nº 030-2007-DGPU de la Direccion General de Planificacion Universitaria de la Asamblea Nacional de Rectores de fecha 23 de febrero de 2007, asi como el acuerdo del Pleno de Rectores del 13 de MORDAZA del 2007, realizado en la MORDAZA de Trujillo; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 221-2006-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano del 31 de diciembre de 2006, se establece que el Organo Resolutivo de cada sector conformado para los fines del Sistema Nacional de Inversion Publica puede delegar la atribucion para evaluar y declarar la viabilidad de proyectos de inversion publica (PIP) que se enmarquen en la responsabilidad funcional a su cargo, a favor de los titulares de las entidades clasificadas en su sector de acuerdo al articulo 5º del dicho Decreto Supremo; Que, el articulo 30º, inciso 30.3 de la Ley Nº 28128, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, establecio que la Asamblea Nacional de Rectores esta a cargo del Sector Universidades, con las prerrogativas y obligaciones de la normatividad vigente; Que, las universidades deberan remitir a la Oficina de Programacion e Inversiones (OPI) de la Asamblea Nacional de Rectores, MORDAZA de los proyectos de inversion declarados viables, con la respectiva resolucion y el formato de declaracion de viabilidad; Que, el Decreto Supremo Nº 221-2006-EF dejo sin efecto la Resolucion Nº 540-2004-ANR de fecha 2 de septiembre del 2004 por la cual se delego a los titulares de pliego presupuestal de las universidades publicas, la facultad para declarar la viabilidad de los proyectos de inversion publica con monto de inversion MORDAZA de S/. 6´000,000.00 (Seis millones y 00/100 nuevos soles), de conformidad a lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 372-2004-EF/15; Que, la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF/68.01, establece en su articulo 34º que para que se pueda delegar la facultad de evaluar y declarar la viabilidad de un PIP a una entidad, esta debe cumplir como condiciones minimas: (a) Contar con un equipo de por lo menos dos profesionales especializados en la materia de los proyectos objeto de la delegacion, (b) Dicho equipo debe tener una experiencia minima de dos anos en evaluacion de proyectos, aplicando las normas y metodologia del Sistema Nacional de Inversion Publica, (c) No tener la calidad de Unidad Ejecutora; Que, la Directiva Nº 002-2007-EF/68.01 establece en el numeral 34.2 que la OPI realizara evaluaciones anuales sobre una muestra de los PIP declarados viables en uso de la delegacion otorgada a una Entidad; Que, con el Informe Nº 263-2007-DGAJ de fecha 4 de MORDAZA de 2007, la Direccion General de Asesoria Juridica expone su acuerdo con la alternativa planteada por la Direccion General de Planificacion Universitaria, siempre

y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el articulo 34º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, con la previa comunicacion de los senores titulares de las universidades y expidiendose la resolucion respectiva en cada caso; Que, a la fecha la relacion de universidades adjunta en el Anexo 1º que forma parte integrante de la presente, han acreditado, mediante oficio el cumplimiento de los requisitos contemplados en el articulo 34º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica; Estando al Memorando Nº 203-2007-SE de fecha 9 de MORDAZA de 2007; De conformidad con la Ley Universitaria y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria y del acuerdo del Pleno de Rectores realizado el 13 de MORDAZA de 1007 en la MORDAZA de Trujillo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al senor Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores a delegar a los Titulares de Pliego de las Universidades Publicas del MORDAZA que acrediten con cumplir las condiciones minimas establecidas en el articulo 34º de la Directiva Nº 002-2007-EF/68.01 la facultad para evaluar y declarar la viabilidad de Proyectos de Inversion Publica (PIP) con montos de inversion que MORDAZA iguales o menores a S/. 6´000.000.00 (Seis millones y 00/100 Nuevos Soles), con la responsabilidad de efectuar los respectivos procesos de evaluacion, de acuerdo a lo dispuesto en la normatividad vigente del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP). Articulo 2º.- Delegar la facultad para evaluar y declarar la viabilidad de Proyectos de Inversion Publica (PIP) con montos de inversion que MORDAZA iguales o menores a S/. 6´000.000.00 (Seis millones y 00/100 Nuevos Soles) a los titulares de Pliego de las Universidades Publicas que han cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 34º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, comprendiendose las universidades en la relacion adjunta en el Anexo 1º, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Los titulares del Pliego de las Universidades Publicas que cuentan con la delegacion de facultades para evaluar y declarar la viabilidad de Proyectos de Inversion Publica deberan remitir a la Oficina de Programacion e Inversiones (OPI) de la Asamblea Nacional de Rectores, MORDAZA del PIP declarado viable, el Informe Tecnico, la respectiva resolucion y el Formato de Declaracion de viabilidad. Articulo 4º.- La Oficina de Programacion e Inversiones de la Asamblea Nacional de Rectores realizara evaluaciones anuales sobre una muestra de los PIP declarados viables por cada Universidad en uso de la delegacion de facultades otorgadas. Articulo 5º.- Los proyectos de inversion publica de universidades que tengan observaciones del Ministerio de Economia y Finanzas o de la Asamblea Nacional de Rectores que esten pendientes de resolver, continuaran siendo evaluadas por la OPI de la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 6º.- Hagase de conocimiento la presente resolucion a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y a las Universidades Publicas del pais. Articulo 7º.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA COLONIA MORDAZA Secretario General (e) de la Asamblea Nacional de Rectores ANEXO Nº 1 (R. Nº 261-2007-ANR)
Universidad Documento Fecha Nº Expediente 45281 45381 45295 45385

1. U.N. del MORDAZA Oficio Nº 083-2007-UNS-R 14-marzo-2007 2. U.N. de San MORDAZA MORDAZA Oficio Nº R-103-SR-2007-UNSAAC 12-marzo-2007 del MORDAZA 3. U.N. del Callao Oficio Nº 174-2007-R 14-marzo-2007 4. U.N. MORDAZA MORDAZA de Oficio Nº 145-2007-P-CO-UNAMBA 15-marzo-2007 MORDAZA

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