TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de mayo de 2007 346050 recibida en las Direcciones Regionales o en las Zonas de Trabajo y Promoción del Empleo, según la ubicación geográ fi ca del centro de trabajo. 4. DE LA PRESENTACIÓN EXTEMPORÁNEA DE LA INFORMACIÓN A partir del día siguiente del vencimiento de los plazos establecidos en el cronograma del Anexo Nº 01, los empleadores podrán presentar extemporáneamente el formulario “DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA(S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DE 2007” sólo hasta el miércoles 29 de agosto de 2007, abonando la multa respectiva de acuerdo a la escala establecida en el Anexo Nº 02. Los empleadores efectuarán la presentación extemporánea, mediante una carta simple en la O fi cina de Tramite Documentario, cumpliendo lo establecido en el punto Nº 2 del presente Lineamiento y adjuntando el comprobante de pago original de la multa, abonada a nombre del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el Banco de la Nación (mediante el Sistema de Teleproceso) al código de Multas Nº 5290; para los empleadores del Departamento de Lima. Las Direcciones Regionales deberán precisar el código respectivo o el número de cuenta corriente, donde los empleadores abonarán la multa y el lugar donde efectuarán la presentación. Toda presentación extemporánea del formulario “DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA(S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DE 2007” posterior al 31 de agosto de 2007, origina la obligación de pagar la multa establecida en el Anexo Nº 02 más los intereses que se generen desde el 3 de setiembre de 2007 hasta la fecha efectiva del cumplimiento. El interés aplicable es la tasa de interés moratorio del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo establecida mediante Resolución Ministerial Nº 050-2000-TR. En caso que el empleador realice la presentación extemporánea, después de la visita inspectiva deberá adjuntar copia del pago de la multa que impuso la Ofi cina de Inspecciones por no haber cumplido con la presentación del formulario “DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA(S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DE 2007”, se precisa que en estos casos ya no le es aplicable la multa establecida en el Anexo Nº 02. A partir del 3 de setiembre de 2007, la Autoridad Administrativa de Trabajo a través de la función inspectiva, supervisará el cumplimiento del presente Lineamiento. 5. CONSULTAS- Dirección General de Economía del Trabajo y Productividad Telef. Directo: 315-6022Central: 315-6000 Anexos: 4049 – 4050 - Ofi cina de PRODLAB Central: 315-6000 Anexos 3056 – 3057 – 3058 – 3059 - El formulario se encuentra en la Página Web: www. mintra.gob.pe /planillas2007.php ANEXO Nº 01 CRONOGRAMA PARA LA RECEPCIÓN DE LA “DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA (S) DE PAGO” DEL MES DE JUNIO DE 2007 REGISTRO UNICO DEL CONTRIBUYENTE (ULTIMO DIGITO)FECHA 0 - 1 2 - 34 - 56 - 78 - 95, 6 y 9 de julio 10, 11 y 12 de julio 13, 16 y 17 de julio18, 19 y 20 de julio23, 24 y 25 de julio ANEXO Nº 02 MONTO DE MULTAS QUE DEBERÁN SER ABONADAS POR LOS EMPLEADORES QUE CUENTAN A NIVEL NACIONAL EN TOTAL CON CINCO (5) O MÁS TRABAJADORES Y NO CUMPLIERAN CON PRESENTAR OPORTUNAMENTE EL FORMULARIO “DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA (S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DE 2007 Nº DE TRABAJADORES% UITMONTO DE LA MULTA (En Nuevos Soles) 1 - 4 (*) 5 - 9 10 - 2021 - 50 51 - 100 101 - 500 501 a más3% 5%8% 12%15%25%30% 104.00 173.00276.00414.00518.00863.00 1,035.00 (*)Para los empleadores que cuenten a nivel nacional en total con cinco (5) o más trabajadores y no presentó el formulario de alguna provincia donde tiene menos de cinco (5) trabajadores. UIT: 3,450.00 Nuevos Soles a partir del 1.1.2007 según D.S. Nº 213-2006-EF. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justi fi car. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario O fi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL