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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (08/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de noviembre de 2007 356921 dicho horizonte, la disponibilidad de información estadística para el diseño, monitoreo y evaluación de programas y políticas públicas, en especial de los programas estratégicos del país en sus diferentes niveles, basada en evidencias, así como para el proceso de toma de decisiones de las autoridades del gobierno y de los usuarios en general; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8), del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 604 Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI y el Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM que aprueba su Reglamento; Ley Nº 28522 del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico y el Decreto Supremo Nº 056-2005-PCM, que aprueba su Reglamento y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA:Artículo 1º.- Aprobar el Plan Estratégico Nacional para el Desarrollo Estadístico, para el período 2008 - 2012, que consta de (7) siete capítulos y una sección compuesta por dos anexos, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. El Plan Estratégico Nacional para el Desarrollo Estadístico será publicado en la página web del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI evaluará anualmente el Plan Estratégico Nacional para el Desarrollo Estadístico, basado en resultados, con el propósito de aplicar las medidas correctivas que se presenten durante su vigencia, a fi n de asegurar un soporte efi ciente y efi caz de información estadística a los requerimientos del desarrollo del país, el proceso de toma de decisiones y la integración regional y subregional. Artículo 3º.- Los órganos estadísticos integrantes del Sistema Estadístico Nacional, son responsables de la ejecución del Plan Estratégico Nacional para el Desarrollo Estadístico y de su evaluación en el ámbito que les corresponda. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 129445-4 Autorizan viaje de redactora de la Agencia de Noticias Andina y de Editor Gráfico del Diario Oficial El Peruano a Chile para cubrir participación del Presidente de la República en la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 232-2007-PCM Lima, 7 de noviembre de 2007 Vista, la Carta Nº 334-G0000-EP-2007, del Gerente General de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A.; CONSIDERANDO. Que, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de la participación que realizará el señor Presidente de la República, doctor Alan García Pérez, en la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a llevarse a cabo del 8 al 10 de noviembre de 2007, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile;Que, en tal sentido se ha estimado conveniente autorizar el viaje de los señores Patricia Escudero Ascencio y Jean Pierre Vargas Gianella, Redactora de la Agencia de Noticias Andina y Editor Gráfi co del Diario Ofi cial El Peruano, respectivamente; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán asumidos por Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Patricia Escudero Ascencio, y Jean Pierre Vargas Gianella, Redactora de la Agencia de Noticias Andina y Editor Gráfi co del Diario Ofi cial El Peruano, respectivamente, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 8 al 10 de noviembre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán asumidos por Editora Perú S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 549,56 x 2 personas) US$ 1 099,12 Viáticos (US$ 600,00 x 2 personas) US$ 1 200,00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 60,50(US$ 30,25 x 2 personas) Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas en el artículo 1º de la presente Resolución deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración alguna o liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 129442-1 Autorizan viaje de camarógrafo del IRTP a Chile para cubrir participación del Presidente de la República en la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 233-2007-PCM Lima, 7 de noviembre de 2007Visto, el Ofi cio Nº 147-2007-PE-IRTP, del Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; CONSIDERANDO: Que, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de la participación del Sr. Presidente de la República, doctor Alan García Pérez, en la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a llevarse a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, entre el 8 y el 10 de noviembre de 2007;