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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (08/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de noviembre de 2007 356936 - Del Comité de Gestión Presupuestaria – COGESPRE. Sus funciones son: a. Acordar en reunión de Comité la Programación Trimestral de gastos a nivel de meta presupuestaria teniendo en cuenta la escala de prioridades y crédito presupuestario, establecido por el Pliego en concordancia con el Plan Operativo Institucional. b. Acordar en reunión de comité la distribución de la Asignación Trimestral autorizada del gasto a nivel de meta presupuestaria en concordancia con el Plan Operativo Institucional. c. Acordar en reunión de comité la programación trimestral de gastos de acuerdo al monto de calendario trimestral asignado, en concordancia con los criterios de priorización establecidos por el Pliego, la Unidad Ejecutora y las reales necesidades de las metas presupuestarias. d.En reuniones de comité los responsables de las metas presupuestarias de la Unidad Ejecutora deberán desagregar la distribución de los recursos fi nancieras aprobados a nivel de genérica de gasto. e. Otras funciones que se establezcan mediante directivas internas, o por directivas del Pliego. 2.2.3 Órganos de Asesoramiento- De la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto Sus funciones son:a. Dirigir el proceso de formulación, evaluación y seguimiento de los planes, proyectos y presupuesto del Proyecto Especial, de acuerdo a las normas vigentes. b. Elaborar los manuales y directivas internas que sean necesarias, para el cumplimiento efi ciente de las funciones asignadas al Proyecto Especial, en coordinación con los órganos respectivos. c. Conducir el proceso presupuestario del Proyecto Especial en las fases de formulación, ejecución, seguimiento y evaluación; así como informar sobre el avance presupuestal. d. Desarrollar y aplicar un sistema de seguimiento y evaluación del Proyecto Especial, implementando los indicadores de gestión de actividades, productos y resultados de impacto, que permitan medir la efi cacia y efectividad en el cumplimiento de los objetivos y metas previstas en los Planes Operativos. e. Conducir y coordinar las acciones inherentes a la generación y procesamiento de información estadística interna y externa. f. Elaborar los informes que requieran el Ministerio de Economía y Finanzas y los organismos de los sistemas de Control y Gestión de la Administración Pública, en lo referente al seguimiento de la ejecución de las metas físicas y presupuestales. g. Otras funciones que le asigne el Director Ejecutivo del Proyecto Especial. - De la Ofi cina de Asesoría Jurídica Sus funciones son:a. Resolver los asuntos jurídicos legales inherentes a las actividades del Proyecto Especial. b. Emitir opinión y absolver las consultas que le sean solicitadas por la Dirección Ejecutiva y demás órganos, sobre el contenido, alcances y aplicación de los dispositivos legales relacionados con el Proyecto Especial. c. Visar las resoluciones, contratos y convenios que deba emitir la Dirección Ejecutiva, así como la Ofi cina de Administración o el órgano autorizado. d. Intervenir en las acciones investigatorias y judiciales que demanden su participación profesional en defensa de los intereses del Proyecto Especial, de sus funcionarios y trabajadores, cuando éstos sean emplazados ante cualquier tribunal, autoridad administrativa, judicial o arbitral por el ejercicio de sus funciones. e. Recopilar, ordenar y sistematizar los dispositivos legales relativos al patrimonio cultural de la Nación y en particular, al Proyecto Especial Naylamp Lambayeque. f. Supervisar el cumplimiento de la legislación y normas que rigen los procedimientos técnicos y administrativos, en los diferentes órganos del Proyecto Especial.g. Mantener estrecha coordinación con los Órganos de Defensa Judicial del Estado, en los procesos judiciales y extrajudiciales, en los que el Proyecto Especial sea parte. h. Otras funciones que le asigne el Director Ejecutivo del Proyecto Especial. 2.2.4 Órgano de Apoyo- De la Ofi cina de Administración Sus funciones son: a. Planear, organizar, dirigir y supervisar las actividades administrativas del Proyecto Especial. b. Velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos administrativos. c. Realizar el control previo y concurrente en las acciones de su competencia, en estricto cumplimiento de las normas que rigen el Sistema Nacional de Control. d. Supervisar las operaciones administrativas de todos los órganos del Proyecto Especial, coordinando las acciones pertinentes. e. Suscribir contratos y convenios, por delegación expresa del Director del Proyecto, con organismos públicos y privados, nacionales o extranjeros para el cumplimiento del objetivo del Proyecto Especial. f. Administrar y mantener actualizado el inventario físico valorizado de los bienes y activos del Proyecto Especial y otros correspondientes. g. Proponer, desarrollar, implementar y administrar los sistemas de comunicaciones y aplicaciones requeridas como soporte informático a las actividades técnico - administrativas de los órganos del Proyecto Especial. h. Dirigir, coordinar y controlar los sistemas de personal, abastecimiento, contabilidad y tesorería. i. Dirigir, coordinar y controlar las transacciones administrativas y fi nancieras del Proyecto Especial, cautelando la correcta aplicación legal y presupuestal del egreso. j. Elaborar el plan anual de adquisiciones y contrataciones y sus respectivos informes de evaluación. k. Atender los requerimientos de adquisición y/o contratación de bienes y servicios, formulados por los órganos del Proyecto Especial. l. Proponer a la Dirección del Proyecto, las directivas, normas y procedimientos para la buena administración de los recursos y patrimonio del Proyecto Especial, y difundir las que sean aprobadas por la instancia competente. m. Consolidar anualmente los balances y estados fi nancieros. n. Otras funciones que le asigne el Director Ejecutivo del Proyecto Especial. 2.2.5 Órganos de Línea- De la Dirección de Infraestructura y ProyectosSus funciones son:a. Programar la formulación de los estudios de pre- inversión, estudios básicos y expedientes técnicos, a cargo del Proyecto Especial, con la correspondiente revisión, supervisión. b. Formular, revisar, y supervisar los estudios de preinversión a nivel de perfi l, pre-factibilidad y factibilidad. c. Dar la conformidad a los estudios básicos y expedientes técnicos en coordinación con las instituciones pertinentes, elaborando la documentación técnica exigida por la normatividad vigente. d. Coordinar, gestionar, ejecutar, supervisar y efectuar la liquidación de las obras y proyectos que no se encuentran bajo la dirección técnica de los responsables de los Museos. e. Monitorear y evaluar técnicamente los proyectos que se encuentran bajo la dirección técnica de los responsables de los Museos. f. Programar y ejecutar las obras bajo cualquier modalidad de ejecución presupuestal de conformidad con los expedientes técnicos aprobados. g. Efectuar el seguimiento y monitoreo de los recursos humanos y materiales, empleados en los proyectos de investigación arqueológica. h. Formular y revisar las actas de entrega de terreno, actas de constatación física o actas de entrega de obra, correspondientes a las obras a cargo del Proyecto Especial.