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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (08/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de noviembre de 2007 356922 Que, en tal sentido, se ha estimado conveniente autorizar al señor Luis Ángel Casquino Valenzuela, Camarógrafo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, para que cumpla con la citada labor; Que los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán asumidos por el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del señor Luis Ángel Casquino Valenzuela, Camarógrafo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile del 8 al 11 de noviembre de 2007, para los fi nes a los que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuarán con cargo a los recursos del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 390,00 Viáticos (US$ 200 x 3 días) US$ 600,00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 -------------------- US$ 1 020,25 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona indicada en el artículo 1º de la presente resolución, deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 129442-2 Autorizan viaje de profesionales del INRENA y del SENAMHI a Bolivia para realizar entrenamiento en uso de estaciones de monitoreo de glaciares e interpretación de imágenes satelitales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 234-2007-PCM Lima, 7 de noviembre de 2007Vista la Carta Nº 2164-2007-CONAM/SE, del Secretario Ejecutivo (e) del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM; y, CONSIDERANDO: Que, el Fondo Especial de Cambio Climático del GEF (Fondo Mundial del Ambiente) a través del Banco Mundial viene fi nanciando la preparación de la propuesta suscrita por Bolivia, Ecuador y Perú, a través de un PDF-B (Project Development Facility Block B), para la formulación del denominado Proyecto Regional Andino de Adaptación al Cambio Climático (PRAA); Que, el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), a solicitud de los países participantes, actúa como Coordinación Regional del citado PDF-B, motivo por el cual suscribió un Convenio de Donación no reembolsable con el Banco Mundial, signado con el código GEF-PPG TF 056694, por un monto total de US$ 590 000.00 que viene siendo ejecutado por el CONAM desde septiembre del 2006; Que, como resultado del PDF-B se cuenta actualmente con la aprobación del Proyecto Regional Andino de Adaptación al Cambio Climático con una donación no reembolsable de US$ 6 900 000,00 por parte del GEF y de US$ 865 000,00 por parte del Programa Japonés de Asistencia Técnica PHRD (The Japan Policy and Human Resources Development); Que, el objetivo del Proyecto Regional Andino de Adaptación al Cambio Climático es implementar medidas de adaptación al cambio climático en áreas con problemas de retroceso glaciar así como monitorear zonas glaciares priorizadas en tres países Andinos: Bolivia, Ecuador y Perú, al ser países benefi ciarios del PRAA; Que, el Proyecto Regional Andino de Adaptación al Cambio Climático considera dentro de sus actividades la implementación de estaciones de monitoreo de glaciares en la Región Andina (Ecuador, Colombia, Bolivia y Perú), proporcionándose adicionalmente imágenes del satélite japonés ALOS (Advanced Land Observing Satellite) para el monitoreo de las zonas glaciares priorizadas en dichos países; Que, para el uso efectivo de dichas estaciones e interpretación de las imágenes satelitales, se ha considerado la realización de un entrenamiento, el cual estará a cargo de RESTEC (Remote Sensing Technology Center) de Japón y del Instituto de Hidrología e Hidráulica de Bolivia, el mismo que se realizará del 1 noviembre al 8 diciembre del 2007, en el Instituto de Hidrología e Hidráulica en La Paz, Bolivia; Que, para el caso del Perú se ha determinado la participación de los profesionales Aldrin Contreras Flores y Arnaldo Aldo Tacsi Palacios de la Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) y de Oscar Gustavo Felipe Obando y Miriam Rocío Casaverde Riveros de la Dirección de Hidrología y Recursos Hídricos del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI; Que, en este sentido se hace necesario autorizar el viaje de los citados profesionales, con cargo al Convenio de Donación GEF-PPG TF 056694; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público, la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los ingenieros Aldrin Contreras Flores y Arnaldo Aldo Tacsi Palacios de la Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) y de Oscar Gustavo Felipe Obando y Miriam Rocío Casaverde Riveros de la Dirección de Hidrología y Recursos Hídricos del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI a la ciudad de La Paz, República de Bolivia del 9 de noviembre al 9 de diciembre de 2007, acuerdo a los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 007 - Consejo Nacional del Ambiente- CONAM, Fuente: 13 Donaciones y Transferencias, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US $ 800 x 4 personas) US $ 3,200.00 Viáticos (US $ 120 x 4 personas x 31 días) US $ 14,880.00Total US $ 18,080.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los profesionales autorizados según el artículo 1º de la presente Resolución,