Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2007 (15/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 15 de octubre de 2007

2002-MTC/15.03, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3°.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extenderle la correspondiente Licencia de Operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 119189-1

2007-MTC/12 del 6 de junio del 2007, que otorgo a la empresa AIR PERU INTERNATIONAL S.A.C. (antes AIRPERU INTERNATIONAL S.A.C.), Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo, precisandose que en adelante el titular del Permiso de Operacion es AIR PERU INTERNATIONAL S.A.C., en los siguientes terminos: MATERIAL AERONAUTICO: - Boeing 757-200 El Permiso de Operacion otorgado a la empresa a traves de la Resolucion Directoral Nº 124-2007-MTC/12 del 06 de junio del 2007 tiene caracter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aereas la empresa AIR PERU INTERNATIONAL S.A.C. (antes AIRPERU INTERNATIONAL S.A.C.) debe contar con el Certificado de Explotador correspondiente, asi como sus Especificaciones de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 124-2007-MTC/12 del 6 de junio del 2007, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e) 115647-1

Modifican la R.D. Nº 124-2007-MTC/12, que otorgo permiso de operacion de aviacion comercial a Air Peru International S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 198-2007-MTC/12 MORDAZA, 25 de setiembre del 2007 Vista la solicitud de la empresa AIR PERU INTERNATIONAL S.A.C., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral N° 124-2007MTC/12 del 6 de junio del 2007 se otorgo a la empresa AIR PERU INTERNATIONAL S.A.C. (Antes AIRPERU INTERNATIONAL S.A.C.), Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 18 de junio del 2007; Que, a traves del Documento con Registro N° 054392 del 2 de MORDAZA del 2007 y Documento de Registro N° 2007024423 del 25 de MORDAZA del 2007, la empresa AIR PERU INTERNATIONAL S.A.C. solicita la Modificacion de su Permiso de Operacion, a fin de modificar la razon social (antes AIRPERU INTERNATIONAL S.A.C.) y variar el material aeronautico; Que, segun los terminos de la Memoranda N° 7332007-MTC/12.AL y Nº 814-2007-MTC/12; Memorando N° 3278-2007-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar ­en el extremo pertinenteel Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 124-

Acreditan a Ingenieros Mecanicos y/o Mecanicos Electricistas para que suscriban las Fichas Tecnicas de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales
RESOLUCION DIRECTORAL N° 13468-2007-MTC/15 MORDAZA, 20 de setiembre de 2007 VISTOS: Los expedientes solicitando acreditacion de ingenieros para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales que a continuacion se mencionan: a) Reg. Nº 016409 presentado por el Colegio de Ingenieros del Peru, Consejo Departamental de Piura; b) Reg. Nº 073305 presentado por el Colegio de Ingenieros del Peru, Consejo Departamental de Lima; c) Reg. Nº 008544, 061775 y 080372 presentados por el Colegio de Ingenieros del Peru, Consejo Departamental de Moquegua; d) Reg. Nº 080698 presentado por el Colegio de Ingenieros del Peru, Consejo Departamental de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nros. 005-2004MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC y 037-2006-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, se modifico el articulo 94º del Reglamento Nacional de

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