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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de octubre de 2007 355901 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de funcionarios del INDECOPI a Suiza para participar en la Tercera Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio Colombia/Perú - EFTA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 214-2007-PCM Lima, 23 de octubre de 2007 Vista la Carta Nº 437-2007/GEG-INDECOPI, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y CONSIDERANDO:Que del 28 de octubre al 3 de noviembre de 2007, en la ciudad de Ginebra, Suiza, se llevará a cabo la Tercera Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio Colombia/Perú – EFTA; Que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI es el organismo encargado de tutelar y corregir las distorsiones que afectan la libre competencia en el mercado, así como de proteger los derechos de propiedad intelectual incluidos los signos distintivos, las patentes y los derechos de autor; Que es importante la participación de funcionarios del INDECOPI en las negociaciones, dado que brindarán el apoyo técnico requerido por el Viceministerio de Comercio Exterior en las mesas de negociación que tratan los temas que son de competencia del INDECOPI, los cuales son Propiedad Intelectual, Políticas de Competencia y Defensa Comercial; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Graciela Ortiz Origgi, Presidenta de la Sala de Defensa de la Competencia del INDECOPI, del 28 de octubre al 3 de noviembre de 2007 y de los señores Flavio Nuñez Echaíz, Secretario Técnico de la Sala de Propiedad Intelectual del INDECOPI, Martín Moscoso Villacorta, Jefe de la Ofi cina de Derechos de Autor, Néstor Escobedo Ferradas, Jefe de la Ofi cina de Invenciones y Nuevas Tecnologías y Miguel Ángel Sánchez del Solar Quiñónez, Jefe de la Ofi cina de Signos Distintivos del 27 de octubre al 3 de noviembre de 2007, a la ciudad de Ginebra, Suiza, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos de viaje para la participación en la citada ronda de negociación, serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y ApellidoPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto Graciela Ortiz Origgi 2 300,00 260,00 3+1 1 040,00 30,25 Flavio Nuñez Echaíz 1 800,00 260,00 4+1 1 300,00 30,25Nombre y ApellidoPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto Martín Moscoso Villacorta1 800,00 260,00 4+1 1 300,00 30,25 Néstor Escobedo Ferradas1 800,00 260,00 4+1 1 300,00 30,25 Miguel Ángel Sánchez del Solar Quiñónez1 800,00 260,00 4+1 1 300,00 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios deberán presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuenta por viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros. 123631-2 AGRICULTURA Rectifican error material incurrido en la R.J. Nº 324-2001-INRENA, que establece provisionalmente la Zona de Amortiguamiento del Santuario Histórico de Chacamarca RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 237 -2007-INRENA Lima, 12 de octubre de 2007 VISTO:El Informe Nº 624-2007-INRENA-IANP/DOANP, de fecha 7 de agosto del 2007, mediante el cual la Dirección de Operaciones de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas – DOANP recomienda modifi car la memoria descriptiva de la Zona de Amortiguamiento del Santuario Histórico Chacamarca; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural Nº 324-2001- INRENA, se establece provisionalmente la Zona de Amortiguamiento del Santuario Histórico Chacamarca; Que, el artículo 61º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, señala que las Zonas de Amortiguamiento son aquellos espacios adyacentes a las áreas naturales protegidas, que por su naturaleza y ubicación, requieren un tratamiento especial que garantice la conservación del área, debiéndose delimitar de manera georreferenciada utilizando coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM) y memoria descriptiva, empleando en lo posible accidentes geográfi cos de fácil identifi cación en el terreno; Que, con Resolución Jefatural Nº 466-2002-INRENA, se aprueba el Plan Maestro del Santuario Histórico Chacamarca, precisando los límites de su Zona de Amortiguamiento; Que, de acuerdo al informe del visto, la Resolución Jefatural Nº 324-2001-INRENA contiene un error material en su artículo 1º, que consigna como ubicación del punto Nº 2 del límite norte de la Zona de Amortiguamiento del Santuario Histórico Chacamarca la coordenada UTM 390 06 E, siendo la coordenada correcta 396 006 E; Que, el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Publicación Digital elaborada en Editora Perú Publicada en www.elperuano .com.pe Descargue la Versión Oficial desde www.elperuano .com.pe