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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de octubre de 2007 355914 de Permiso de Operación por el plazo de cuatro (4) años, contados a partir del 24 de mayo del 2007, fecha siguiente al vencimiento de la Resolución Directoral Nº 164-2003-MTC/12 del 23 de mayo del 2003, modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 062-2004-MTC/12 del 6 de mayo del 2004 y Resolución Directoral Nº 129-2006-MTC/12 del 20 de julio del 2006, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO:- Internacional.MATERIAL AERONÁUTICO:- AIRBUS A-319. - AIRBUS A-320.- AIRBUS A-321. BASE DE OPERACIONES:- Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” Lima - Callao. RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AERO- COMERCIALES: A) A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA:De conformidad al “Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América” suscrito el 10 de junio de 1998, se concede: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - MIAMI y vv., con catorce (14) frecuencias semanales. - LIMA - WASHINGTON y vv. con catorce (14) frecuencias semanales. B) A MÉXICO:De conformidad con el “Memorando de Entendimiento sobre Transporte Aerocomercial entre Autoridades Aeronáuticas de los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú” suscrito con fecha 10 de septiembre del 2003, ratifi cada mediante Resolución Ministerial Nº 913-2003-MTC/02”, se concede: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - MÉXICO y vv., con cuatro (4) frecuencias semanales. Bajo el principio de Reciprocidad se concede:- LIMA - MEXICO y vv., con tres (3) frecuencias semanales. C) CENTROAMÉRICA Y SUDAMÉRICA: 1. De conformidad con el Acta de la IV Reunión de Consulta entre Autoridades Aeronáuticas de la República del Perú y la República de Panamá” ratifi cada por Resolución Ministerial Nº 912-2003-MTC/02 y el “Acta de la II Reunión entre las Autoridades Aeronáuticas de las Repúblicas de Perú y Costa Rica” aprobada por Resolución Ministerial Nº 178-2004-MTC/02, se concede: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - PANAMA Y/O SAN JOSE Y/O UNO O MAS PUNTOS EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y vv., con siete (7) frecuencias semanales. (SIN DERECHOS DE TRÁFICO DE QUINTA LIBERTAD DEL AIRE DESDE PANAMA).2.EL SALVADOR , de conformidad con el principio de reciprocidad se concede: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - SAN SALVADOR y vv., con hasta catorce (14) frecuencias semanales. 3.BRASIL , de conformidad al “Acta de la XII Reunión de Consulta entre Autoridades Aeronáuticas de la República Federativa de Brasil y de la República del Perú”, suscrita el 05 de mayo del 2005, ratifi cada por Resolución Ministerial Nº 586-2005-MTC/02, se concede: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - SAO PAULO y/o RIO DE JANEIRO y vv., con catorce (14) frecuencias semanales. 4.ARGENTINA , de conformidad al “Acta de Reunión de Consulta entre Autoridades Aeronáuticas de la República Argentina y de la República del Perú” ratifi cada mediante Resolución Ministerial Nº 816-2005-MTC/02, se concede: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - BUENOS AIRES y vv., con siete (7) frecuencias semanales. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ deben estar provistas de sus Certifi cados de Matrícula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Público de Aeronaves de la Ofi cina Registral de Lima y Callao; de sus Certifi cado de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certifi cado de Seguros, que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- En los casos en que TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos, queda obligada a hacer mención expresa que se trata, según sea el caso, de vuelos en conexión, de código compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las características del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este artículo será sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ deberá presentar los datos estadísticos e informes que correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 5º.- TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ está obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fi n de mantener permanente información del tráfi co aéreo que realizan sus aeronaves. Artículo 6º.- TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y certifi cación de aptitud expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 7º.- El presente Permiso de Operación que por la presente Resolución Directoral se otorga a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; las Regulaciones Aeronáuticas del Perú; y, demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Artículo 8º.- Si la administración verifi case la ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil procederá conforme a lo señalado en el artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 9º.- TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ deberá constituir la garantía global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones Publicación Digital elaborada en Editora Perú Publicada en www.elperuano .com.pe Descargue la Versión Oficial desde www.elperuano .com.pe