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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de octubre de 2007 355907 Empresa Soporte Importe Diario de Provincias Pucallpa – Ahora 11,271Grupo la República S.A. Iquitos – Popular 861Empresa Editorial El Comercio S.A.Gestión 12,139 Empresa Editorial El Comercio S.A.El Comercio 23,814 Diario de Provincias Chiclayo - La Industria 4,626 Correo (nacional) 37,878 Ojo 16,469El Popular 5,490Expreso 8,931La Razón 3,756Media Networks Páginas Amarillas (banner) 13,040 Terra Networks Perú S.A. Terra 21,798Empresa Editorial El Comercio S.A.El Comercio (Portada/ banner)25,430 Media Contacts Artemio 5,511 Grupo la República S.A. La República (portada/ banner)16,226 EPENSA Correo (portada/banners) 16,953 Clear Channel Lima - Panel 64,584Punto corporativo Lima - Banderola edi fi cio 54,492 Mega Plaza Lima CC Mega Plaza - Banderola9,766 Minka Lima CC Minka - Banderola24,218 Producciones publicitarias Piura - Torre Unipolar 14,127 Producciones publicitarias Chiclayo - Torre Unipolar 14,127Producciones publicitarias Trujillo - Torre Unipolar 14,127Publicom Cajamarca - Torre Unipolar 9,688Servicios Especiales Arequipa - Torre Unipolar 9,813Servicios Especiales Cusco - Torre Unipolar 9,813 TOTAL 1 865,424 Artículo 3º.- Las contrataciones a que se refi ere el Artículo 1° de la presente Resolución se realizarán con cargo a la fuente Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, con la fi nalidad de contratar los servicios vinculados al objeto de la presente exoneración. Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina de Logística para que proceda a llevar a cabo las acciones correspondientes para la contratación de los servicios indicados en el artículo precedente, conforme a lo previsto en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 5º.- Disponer, la remisión de la presente Resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, así como publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, dentro del plazo establecido en la ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 122849-1 Autorizan a la Agencia de Pesca del Japón a realizar investigación científica en aguas jurisdiccionales peruanas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 324-2007-PRODUCE Lima, 19 de octubre del 2007 Visto: El escrito de Registro Nº 00069035 del 6 de octubre del 2007; y el escrito de Registro Nº 00069035 adjunto 1 del 17 de octubre del 2007 mediante el cual la AGENCIA DE PESCA DEL JAPÓN, representada en el Perú por OCEANO AGENCIA MARÍTIMA S.A. solicitó la autorización para efectuar investigación científica en aguas jurisdiccionales peruanas, el Informe Técnico Nº 490-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch, la Nota Nº 1798-2007-PRODUCE/DGEPP y la Nota Nº 1801-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, y el Informe N° 043 -2007-PRODUCE/OGAJ-CUP de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que el Estado fomenta la más amplia participación de personas naturales o jurídicas peruanas en la actividad pesquera y propicia, asimismo, la inversión extranjera con la sujeción a las disposiciones pertinentes de la legislación peruana. A tales efectos, el Estado promueve las inversiones privadas mediante la adopción de medidas que contribuyan a alentar la investigación, conservación, extracción, cultivo, procesamiento y comercialización de los recursos pesqueros; Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, establece que el Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de Producción), mediante Resolución Ministerial por plazo determinado, podrá autorizar a instituciones especializadas extranjeras, la realización de actividades de investigación científica o tecnológica en aguas jurisdiccionales peruanas. Para tal efecto, el permiso de pesca a favor de la institución extranjera estará condicionado a la obtención del permiso de navegación conferido por la autoridad marítima, siempre que las investigaciones se ejecuten con la obligatoria participación del personal que designe el Instituto del Mar del Perú – IMARPE; así como, proporcionar al Ministerio de la Producción la información completa relativa a las investigaciones realizadas, en el plazo que establezca la correspondiente Resolución Ministerial; Que, en el marco del Convenio que suscribe el INSTITUTO DEL MAR DEL PERU - IMARPE con la AGENCIA DE PESCA DEL JAPÓN para desarrollar investigación científica en aguas jurisdiccionales del Perú, se ha programado, una Investigación sobre el estado actual y comportamiento del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales del Perú, para la cual se hará uso del buque “KAIYO MARU”, de bandera japonesa, solicitándose para tal efecto, autorización para efectuar investigación científica marina con el fin de recabar información sobre la distribución, concentración y características biológicas de este recurso; Que, mediante Oficio Nº PCD-100-430-2007- PRODUCE/IMP de fecha 28 de setiembre de 2007, el INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ (IMARPE), informa sobre el Convenio que se suscribe con la AGENCIA DE PESCA DEL JAPÓN y que involucra la participación del buque japonés KAIYO MARU, actividad científica que contribuye con la labor del IMARPE y que se realizará en el área marítima comprendida entre los paralelos 04º 00’ LS. – 16º 00’ LS.; Que, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 490-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch de fecha 15 de octubre del 2007, la Nota Nº 1798-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch y la Nota Nº 1801-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Dirección de Consumo Humano Directo informa que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 10 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Procedimiento Nº 10 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Con las visaciones de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y el Despacho Viceministerial de Pesquería;Publicación Digital elaborada en Editora Perú Publicada en www.elperuano .com.pe Descargue la Versión Oficial desde www.elperuano .com.pe