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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (04/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de setiembre de 2007 352593 Tributarias, la referida Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia, resulta necesario expedir la Resolución de Aceptación de la citada donación; Con la visación de la Subjefatura, de la O fi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley del Sistema Nacional de Presupuesto; y en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus modifi catorias y ampliatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación dineraria efectuada por la Corporación Andina de Fomento (CAF), ascendente a la suma de VEINTICINCO MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 25,000.00) según Boleta de Depósito en Moneda Extranjera efectuada el 15 de agosto de 2007, la cual ha sido abonada en la cuenta Aportes y Donaciones del Banco de la Nación en Moneda Extranjera Cta. Cte. Nº 6000-020352, como apoyo a la campaña organizada por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI ante las bajas temperaturas en las zonas alto andinas de los departamentos de Puno, Tacna, Arequipa, Moquegua, Apurímac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Junín y Pasco. Artículo 2º.- Agradecer a la Corporación Andina de Fomento (CAF) por el valioso aporte efectuado a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Oficial El Peruano y remita copia autenticada por el Fedatario a la entidad donante, a la Subjefatura, a la Dirección Nacional de Logística, a las Oficinas de Asesoría Jurídica, de Administración y de Planificación y Presupuesto, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 103116-1 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento de software administrador de base de datos Oracle RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 310-2007-INDECI 23 de agosto de 2007 Vistos: El Informe Técnico Nº 057-2007-INDECI/12.1, del 27.JUL.2007, Memorando Nº 2680-2007-INDECI/12.0, del 31.JUL.2007, Memorando Nº 611-2007-INDECI/8.0, del 11.JUL.2007, Informe Nº 007-2007 (8.1.1) Área de Sistemas del 11.JUL.2007, Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00309-2007, del 25.JUL.2007, el Informe Legal Nº 107-2007-INDECI/12.0, del 10.AGO.2007, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante proceso de selección denominado Licitación Pública Nº 001-2005-INDECI/DNL/12.0, Primera Convocatoria, Adquisición de Programas Informáticos, el INDECI adquirió el software administrador de Base de Datos ORACLE DATABASE 10G ENTERPRISE EDITION CON SPATIAL para dos procesadores a la empresa Sonda del Perú S.A. por el monto total de S/. 478,000.00, conforme a la propuesta técnica y económica que forma parte integrante del Contrato Nº 027-2005-INDECI/12.0, suscrito el 31.AGO.2005 para la adquisición del mencionado software, estando contratado el servicio de soporte técnico hasta el 30.AGO.2007; Que, mediante Informe Nº 007-2007(8.1.1) - Área de Sistemas del 11.JUL.07, se indica que el manejador de Base de Datos Oracle se constituirá como la herramienta estándar que utilizará el INDECI para el mantenimiento y soporte de sus Bases de Datos. Asimismo, se indica que siendo el producto Oracle Database el Manejador de Base de Datos líder a nivel mundial, siempre se encuentra en constantes cambios y mejoras del producto, por lo que se considera necesario contar con un buen respaldo de soporte técnico para mantener en óptimas condiciones la instalación del software y sus actualizaciones, así como poder acceder a las últimas mejoras y bondades del producto; Que, se indica además en el Informe en mención que al proyectar el Oracle como el Manejador de Base de Datos Standard y en atención a la gran inversión realizada por la Institución al adquirir este producto, se recomienda que se renueve anualmente el servicio de soporte técnico para lograr mantener en el tiempo las mismas ventajas y bene fi cios obtenidos al realizar la adquisición. De no realizarse la renovación anual, el actualizar la versión del software le costaría a la institución el precio de una nueva licencia o adquisición, cuyo costo aproximado sería equivalente a S/. 478,000.00 (Cuatrocientos setenta y ocho mil y 00/100 nuevos soles); Que, se señala también en el mencionado Informe que la empresa Sistemas Oracle del Perú es una subsidiaria indirecta de Oracle Corporation en el territorio del Perú y la única empresa autorizada por Oracle Corporation para renovar los servicios de soporte técnico Oracle Latin América, conforme se indica en la Carta S/N de fecha 5.JUL.2007, suscrita por el representante legal de dicha empresa y dirigida al INDECI; Que, conforme a la Propuesta técnica-económica alcanzada por la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A. para la contratación del servicio de Soporte Técnico y Mantenimiento del Software Administrador de Base de Datos Oracle, por el período de un año, el valor referencial asciende al monto total de US$ 22,244.43 (Veintidós mil doscientos cuarenta y cuatro con 43/100 dólares americanos) equivalente a S/. 70,225.67 (Setenta mil doscientos veinticinco con 67/100 nuevos soles), precisando que el monto referencial ha sido calculado de acuerdo al tipo de cambio de S/. 3.157 por dólar, vigente a la fecha de la cotización; Que, mediante Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00309-2007 de fecha 25.JUL.2007, la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto del INDECI ha otorgado opinión favorable de disponibilidad en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, en la Meta 07 de Estadística y Telemática, Cadena de Gasto de 5.3.11.39, por el monto referencial de S/. 71,270.00 (Setenta y un mil doscientos setenta con 00/100 nuevos soles); Que, mediante Informe Técnico Nº 057-2007- INDECI/12.1, de fecha 27.JUL.07, la Dirección Nacional de Logística considera necesaria la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento del software Oracle hasta por el monto referencial total de S/. 70,225.67 (Setenta mil doscientos veinticinco con 67/100 nuevos soles), monto que deberá ser reajustado de acuerdo al tipo de cambio vigente a la fecha de la convocatoria, por el período de un (1) año, mediante un proceso de selección exonerado por tratarse de servicios que no admiten sustitutos y en razón que el servicio es prestado sólo por la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A, empresa subsidiaria de Oracle Corporation; Que, el inciso e) del artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones