NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (04/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de setiembre de 2007 352591 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de auditor de la Gerencia de Auditoría a Panamá para participar en seminario sobre implementación del Control Self - Assesment (CSA) RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 045-2007-BCRP Lima, 29 de agosto de 2007 CONSIDERANDO:Que, se ha recibido invitación de Corporate Knowledge Partners, para participar en el Seminario Taller: Cómo implementar exitosamente el Control Self - Assessment (CSA) que se llevará a cabo entre el 6 y 7 de setiembre del presente año, en la ciudad de Panamá, Panamá. Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la responsabilidad de establecer, mantener y fortalecer una adecuada organización y estructura de su Órgano de Control Institucional, acorde con la misión institucional. Que para el cumplimiento del anterior considerando la Gerencia de Auditoría tiene entre sus objetivos promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, por lo que es necesario dotarla de los recursos para la ejecución de sus acciones y actividades de control. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado en el Directorio en su sesión de fecha 23 de agosto de 2007; Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior a la señorita Mónica Fernández Rabanal, Auditor de la Gerencia de Auditoría a la ciudad de Panamá, Panamá, del 5 al 8 de setiembre, a fi n de participar en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 719,30 Viáticos US$ 800,00 Tarifa única de uso de Aeropuerto US$ 30,25Inscripción US$ 612,50 TOTAL 2 162,05 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDEPresidente 103309-1 Índice de reajuste diario a que se refiere el Art. 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de setiembre de 2007 CIRCULAR Nº 016-07-BCRP Lima, 3 de setiembre de 2007 El índice de reajuste diario, a que se re fi ere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de setiembre es el siguiente: DÍA ÍNDICE 1 6,44862 2 6,44892 3 6,44921 4 6,44951 5 6,44980 6 6,45009 7 6,45039 8 6,45068 9 6,45098 10 6,45127 11 6,45157 12 6,45186 13 6,45215 14 6,45245 15 6,45274 16 6,45304 17 6,45333 18 6,45363 19 6,45392 20 6,45421 21 6,45451 22 6,45480 23 6,45510 24 6,45539 25 6,45569 26 6,45598 27 6,45627 28 6,45657 29 6,45686 30 6,45716 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase.b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). RENZO ROSSINI MIÑÁNGerente General 103310-1 Prorrogan vigencia de la Circular Nº 010-2007-BCRP CIRCULAR Nº 017-2007-BCRP Lima, 3 de setiembre de 2007 Referencia: Prórroga de la fecha de vigencia de la Circular Nº 010-2007-BCRP Con la fi nalidad de que las instituciones fi nancieras puedan culminar la adecuación de sus programas informáticos para enviar su información sobre operaciones cambiarias de acuerdo a los reportes de fi nidos en la Circular Nº 010-2007-BCRP, el Directorio del Banco Central de Reserva del Perú ha dispuesto prorrogar la fecha de entrada en vigencia de la mencionada Circular hasta el 30 de noviembre de 2007. Por lo tanto, las instituciones fi nancieras obligadas a reportar sus operaciones cambiarias, continuarán remitiendo su información conforme a lo señalado en la Circular Nº 008-2001-EF/90, hasta el 29 de noviembre de 2007. RENZO ROSSINI MIÑÁNGerente General 103308-1