Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (29/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de abril de 2008 371490 función al Principio de Conservación del Acto sustentado en las consideraciones precedentes; Que, para estos efectos habrá de tener en consideración que, para el caso que nos ocupa, el vicio no resulta trascendente y, por tanto, se aplica el artículo 14 de la Ley Nº 27444, en razón a que aún cuando el Comité Especial hubiera decidido suspender el Otorgamiento de la Buena Pro a fi n de pedir autorización al Titular de Pliego, no se hubiera impedido o cambiado el sentido de la decisión fi nal de otorgar la Buena Pro al Contratista en el referido Concurso Público, aún cuando su Propuesta Económica superaba el monto del Valor Referencial; Que, con relación a la eventual responsabilidad que pudiera corresponder y asumir a los miembros del Comité Especial de acuerdo con lo establecido en el numeral 14.3 del artículo 14 de la Ley Nº 27444 concordante con el artículo 24 del TUO de la Ley, resulta pertinente indicar que la misma deberá ser evaluada en función a lo que establece la excepción que indica la citada norma, esto es que la enmienda se produzca sin pedido de parte y antes de su ejecución; Que, es preciso mencionar que si bien la conservación del otorgamiento de la Buena Pro y la aprobación de la asignación sufi ciente de recursos son dos actos diferenciados, en atención al Principio de Economía previsto en el numeral 6 del artículo 3 del TUO de la Ley, se ha considerado concentrar ambos en un solo acto administrativo, debiendo tenerse en cuenta que la aprobación de la conservación del acto debe realizarse mediante Resolución Ministerial, puesto que dicha facultad que es consecuencia de la Declaración de Nulidad de Ofi cio es indelegable, de acuerdo con el artículo 57 del TUO de la Ley; Que, si bien la facultad para aprobar la asignación sufi ciente de recursos ha sido delegada en el Secretario General de acuerdo con el literal e) del artículo 5 de la Resolución Ministerial Nº 008-2008-VIVIENDA, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 058-2008-VIVIENDA, el Despacho Ministerial puede reasumir dicha facultad por avocación y con el debido sustento, en vía de aplicación analógica de los artículos 67, 69 y 70 de la Ley Nº 27444, de acuerdo a lo previsto en el artículo IV del Título Preliminar del Código Civil; Que, asimismo, estando a lo dispuesto en el numeral 7.4 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE - “Publicación de Avisos Referidos a Procesos de Selección”, aprobada por Resolución Nº 118-2001/CONSUCODE/PRE, y en razón a que la conservación del acto deviene de la declaración de nulidad de ofi cio, la Resolución respectiva debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” dentro de los cinco (5) días hábiles de su expedición; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, así como en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Conservar el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 001-2007-VIVIENDA-OGA-UE001 - “Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia para los Locales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, a la empresa SECURITY ZAK S.A., efectuado por el Comité Especial en el acto público llevado a cabo el día 10 de enero del 2008, en contravención de lo establecido en el artículo 33 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Aprobar la Asignación Sufi ciente de Recursos para la Buena Pro del Concurso Público Nº 001-2007-VIVIENDA-OGA-UE001 - “Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia para los Locales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, otorgada a la empresa SECURITY ZAK S.A. y hasta por la suma de S/. 58,316.35 (Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Dieciséis con 35/100 Nuevos Soles). Artículo 3º.- Encargar al Viceministro de Construcción y Saneamiento efectuar las acciones necesarias para determinar las responsabilidades a que hubiera lugar. Artículo 4º.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano” dentro de los cinco (5) días de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 194266-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Designan integrantes de la Sala Penal Nacional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 072-2008-CE-PJ Lima, 26 de marzo 2008VISTO:El Ofi cio Nº 006-2008-VC-SPN cursado por el Vocal Coordinador de la Sala Penal Nacional, proponiendo la designación de las doctoras Susana Ynes Castañeda Otsu y Miluska Giovanna Cano López, Vocal Titular y Juez Especializado Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, respectivamente, como Vocales de la Sala Penal Nacional; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 045-2008-CE-PJ de fecha 14 de febrero del año en curso, este Órgano de Gobierno amplió la competencia material de la Sala Penal Nacional y de los Juzgados Penales Supraprovinciales de Lima, para conocer procesos por delitos de terrorismo, tráfi co ilícito de drogas, lavado de activos, secuestro y extorsión; con las precisiones establecidas en la mencionada resolución; Segundo: Que, al respecto, el Vocal Coordinador de la Sala Penal Nacional informa que la carga procesal se viene incrementando por la remisión de expedientes de las diferentes Salas y Juzgados a nivel nacional; lo que ha determinado la necesidad de constituir un Colegiado adicional para dar atención oportuna a los expedientes, motivo por el cual propone la designación de las mencionadas magistradas; En consecuencia, existiendo razones justifi cadas, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a las doctoras Susana Ynes Castañeda Otsu y Miluska Giovanna Cano López, Vocal Titular y Juez Especializado Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, respectivamente, como integrantes de la Sala Penal Nacional. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina Descargado desde www.elperuano.com.pe