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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (07/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de agosto de 2008 377689 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, a través del Viceministerio de Turismo, tiene a su cargo la promoción, supervisión y gestión de los Centros de Innovación Tecnológica - CITE artesanales y turísticos, de conformidad con el artículo 10º de la Ley Nº 27267 – Ley de Centros de Innovación Tecnológica, modifi cada por Ley Nº 27890; Que, mediante Acto de Donación, de fecha 21 de julio de 2008, el Instituto Italo – Americano (I.I.L.A.), con sede en Italia, a través de su Secretario General, el señor Embajador Paolo Bruni, ha realizado una donación de máquinas, equipos, instrumentos y materiales, por un valor aproximado de ȯ 15,559.64 (Quince mil quinientos cincuenta y nueve con 64/100 Euros) a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a fi n de que sean destinados a promover y desarrollar los CITEs artesanales y turísticos; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 021- 2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28905 – Ley de facilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior, dispone que las donaciones de mercancías provenientes del exterior serán aprobadas mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, en consecuencia, se requiere dictar el acto de administración que formalice la aceptación de la donación efectuada por el Instituto Italo – Americano; De conformidad con la Ley Nº 27790 – Ley de Organización y Funciones del MINCETUR y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, la Ley Nº 28905 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-EF. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el Instituto Italo – Americano (I.I.L.A.), a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, consistente en máquinas, equipos, instrumentos y materiales, por un valor aproximado de ȯ 15,559.64 (Quince mil quinientos cincuenta y nueve con 64/100 Euros), cuyo detalle se consigna en el Anexo 1, en diez (10) folios, que visado y sellado forma parte de la presente Resolución, para ser destinada a la promoción y desarrollo de los Centros de Innovación Tecnológica artesanales y turísticos, que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MINCETUR. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución, a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y a la Contraloría General de la República para su conocimiento y fi nes correspondientes, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de su emisión. Asimismo, remítase copia de la presente Resolución a la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo, para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 234872-1 Designan representantes del Ministerio ante Comisión Especial que conforma el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 126-2008-MINCETUR/DM Lima, 1 de agosto de 2008 Visto el Ofi cio N° 003-2008/PCE-LEY28933, del Presidente de la Comisión Especial de la Ley N° 28933. CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 28933 – Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, dispone en el artículo 4º que dicho Sistema está conformado por el Coordinador, la Comisión Especial y todas las Entidades Públicas que suscriban acuerdos señalados en el literal a) del párrafo 3.1 del artículo 3° o que representen al Estado Peruano en la suscripción de tratados señalados en el literal b) del párrafo 3.1 del artículo 3°, de la misma Ley; Que, la mencionada Comisión Especial está integrada por miembros permanentes y no permanentes; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -MINCETUR integra dicha Comisión como miembro no permanente, para los casos de controversias surgidas en aplicación de los tratados señalados en el literal b) del párrafo 3.1 del artículo 3º, de la Ley Nº 28933; Que, en atención al documento del Visto es necesario designar a los representantes, titular y alterno, del MINCETUR ante la Comisión Especial; De conformidad con la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley N° 28933; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señorita ANA AMPUERO MIRANDA y el señor JAIME DUPUY ORTIZ DE ZEVALLOS, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comisión Especial que conforma el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión a que se refi ere la Ley N° 28933. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 234872-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil para el otorgamiento de la subvención por pérdidas materiales a la población damnificada del sismo del 15 de agosto de 2007 DECRETO SUPREMO Nº 102-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia Nº 023-2007 en su artículo 2° literal B. dispuso la entrega de una subvención por pérdidas materiales destinada a aliviar el efecto de la destrucción total de las viviendas a consecuencia del sismo ocurrido el 15 de agosto de 2007 en las zonas declaradas en emergencia a través del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y modifi catorias por el monto de S/. 6 000,00, cuyo otorgamiento se viabiliza a través de las disposiciones dictadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil –INDECI y su fi nanciamiento se ejecuta con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia consignada en el presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a los artículos 3° y 4° del citado Decreto de Urgencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 091-2007-PCM se aprueba el Reglamento para la entrega de la referida subvención por pérdidas materiales, el cual establece un procedimiento por etapas en donde participan el Banco de Materiales S.A.C. y el Fondo MIVIVIENDA S.A. a través de Programas de Viviendas promovidos por el Estado en el marco del citado reglamento; Que, el INDECI ha solicitado recursos para continuar con el otorgamiento de la subvención por pérdidas materiales para la atención del requerimiento de bonos efectuado por el Banco de Materiales S.A.C Descargado desde www.elperuano.com.pe