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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (07/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de agosto de 2008 377704 Otorgan concesión temporal a Petrolera Monterrico S.A. para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generación de energía eléctrica en futura central eólica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 352-2008-MEM/DM Lima, 25 de julio de 2008 VISTO: El Expediente Nº 21160808, sobre otorgamiento de concesión temporal de central de generación para desarrollar estudios en la Central Eólica El Alto, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por PETROLERA MONTERRICO S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 03023975 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, PETROLERA MONTERRICO S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1784648, de fecha 23 de mayo de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica El Alto, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en los distritos de El Alto, Lobitos y Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de petición de solicitud de concesión temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolución fue publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” los días 16 y 17 de junio de 2008, en cumplimiento del artículo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23º de la Ley de Concesiones Eléctricas, el titular de la concesión temporal asume la obligación de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 144-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de PETROLERA MONTERRICO S.A., que se identifi cará con el código Nº 21160808, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica El Alto, para una capacidad instalada estimada de 200 MW, los cuales se realizarán en los distritos de El Alto, Lobitos y Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán las áreas delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56). VÉRTICE ESTE NORTE 1 474 771,19 9 527 834,84 2 475 689,07 9 528 079,34 3 476 337,71 9 527 822,61 4 477 909,00 9 528 540,00 5 475 786,00 9 530 369,006 477 895,00 9 532 405,00 7 479 915,00 9 530 897,00 8 479 126,60 9 529 096,839 483 395,00 9 523 220,0010 486 339,00 9 520 060,4611 486 339,00 9 510 004,0012 481 787,53 9 510 004,0013 481 661,53 9 509 866,0014 481 481,53 9 509 601,0015 475 181,53 9 509 601,0016 475 181,53 9 510 601,0017 473 350,51 9 510 601,0018 473 350,51 9 512 325,0019 474 440,00 9 514 140,00 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 233119-1 INTERIOR FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0691-2008-IN Mediante Ofi cio N° 2646-2008-IN/0601 el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0691-2008-IN, publicada en la edición del 05 de agosto de 2008. DICE: “Artículo Único.- .....Hernán Octavio LOPEZ ORBEGOZO.....” DEBE DECIR:“Artículo Único.- .....Hernán Octavio LOPEZ ORBEGOSO.....” 235269-1 JUSTICIA Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional Penitenciario RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 139-2008-JUS Lima, 6 de agosto de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe