Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2008 (07/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 133º del Decreto Legislativo Nº 654 - Codigo de Ejecucion Penal, el Instituto Nacional Penitenciario es una institucion publica descentralizada del Sector Justicia. Tiene autonomia normativa, economica, financiera y administrativa. Forma pliego presupuestal propio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, el cual establece su nueva estructura organizacional acorde a la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Que, los articulos 14º y 15º de los "Lineamientos para Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica" aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, establece que tratandose de Organismos Publicos, la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal se efectuara por Resolucion Suprema refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca la entidad, previo informe favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Instituto Nacional Penitenciario ha elaborado un Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, el mismo que cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, contenida en su Informe Nº 043-2004-PCM, y el Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Instituto Nacional Penitenciario, que como Anexo forma parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Publicar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario (www.inpe.gob.pe). Articulo 3º.- Deroguense todas las disposicionies que se opongan a lo dispuesto por la presente Resolucion Suprema. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 235390-3

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Disponen la reubicacion directa definitiva de ex trabajador del MIMDES en el Equipo Zonal Ica del FONCODES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 348-2008-MIMDES MORDAZA, 4 de agosto de 2008 VISTOS: El Informe Nº 081-2008-MIMDES-OGRH/ORP elaborado por la Oficina de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y el Memorando Nº 163-2008-MIMDES/OGRH del Director General de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27803 - Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las

comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promocion de la Inversion Privada y en las entidades del Sector Publico y Gobiernos Locales se dispuso que los ex trabajadores cuyos ceses hayan sido considerados irregulares, optaran excluyentemente, entre otros, por el beneficio de la reincorporacion o reubicacion laboral; Que, el articulo 11 de la Ley Nº 27803 dispone la reincorporacion y/o reubicacion directa en las entidades de origen de cada ex trabajador cesado irregularmente u obligado a renunciar compulsivamente, siempre que existan plazas presupuestadas vacantes de caracter permanente, pudiendo ser utilizadas para dicho fin todas aquellas que se hubieran generado a partir del 2002, hasta la conclusion efectiva del programa extraordinario de acceso a beneficios; Que, de acuerdo a lo establecido en la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 014-2002TR las entidades publicas se encuentran obligadas a coadyuvar con el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo-MTPE para la oportuna y eficaz implementacion y ejecucion del Programa Extraordinario de Acceso a Beneficios contemplados en la Ley Nº 27803; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0292007-TR publicada el 07 de febrero de 2007, emitida por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo - MTPE se aprueba la reubicacion directa laboral en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, de 4 ex trabajadores cuya nomina obra en el literal d) del Anexo que forma parte de la citada Resolucion; Que, mediante Memorando Nº 163-2008-MIMDES/ OGRH, el Director General de la Oficina General de Recursos Humanos eleva el Informe Nº 081-2008MIMDES-OGRH/ORP elaborado por la Oficina de Remuneraciones y Pensiones, mediante el cual se informa que se ha determinado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue reubicado al Programa Nacional Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social a partir del 14 de noviembre de 2007, una vez que presento la resolucion judicial firme que aprueba el desistimiento del MORDAZA judicial iniciado contra el MIMDES, en la Plaza Nº 713 del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP que se encontraba vacante y presupuestada a partir del 14 de febrero de 2007; Que, respecto a la reubicacion directa definitiva del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contemplado en el literal d) del Anexo de la Resolucion Ministerial Nº 029-2007-TR, conforme a lo dispuesto por el articulo 12 de la Ley Nº 27803, modificado por el articulo 2 de la Ley Nº 28299, la reincorporacion o reubicacion, se debe considerar como un MORDAZA vinculo laboral, ya sea como nombrado bajo el regimen laboral de la Administracion Publica regulado por el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico o contratado a plazo indeterminado en el regimen laboral de la actividad privada regulado por el Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR; Que, habiendose individualizado e identificado la plaza CAP, asi como la Unidad Organica y el Programa Nacional de destino; y a efectos de materializar la reubicacion directa ordenada por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo-MTPE, es necesario emitir el acto que declare la reubicacion definitiva, asi como la condicion laboral en el MORDAZA vinculo laboral del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contemplado en el literal d) del Anexo de la Resolucion Ministerial Nº 029-2007-TR, considerando que el citado senor ha acreditado su desistimiento en el MORDAZA judicial iniciado contra el MIMDES, conforme a lo senalado en el numeral 3.3.3 de los "Lineamientos del MORDAZA de Reubicacion de la Ley Nº 27803", aprobados por Resolucion Ministerial Nº 107-2006-TR; Con la visacion del Director Ejecutivo del Programa Nacional Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social, Director General de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27803

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